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Documento BOE-A-2004-15141

Resolución de 19 de julio de 2004, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se da publicidad al acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Villa de Sequeros (Salamanca), bien de interés cultural con categoría de Conjunto Histórico.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 16 de agosto de 2004, páginas 29225 a 29226 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2004-15141

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión de 1 de julio de 2004 acuerda declarar la Villa de Sequeros (Salamanca), como Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 12 del Real Decreto 64/94, de 21 de enero por el que se modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 19 de julio de 2004.–El Secretario General, Jesús Ignacio Sesé Sánchez.

ANEXO
Acuerdo 87/2004, de 1 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Villa de Sequeros (Salamanca) bien de interés cultural, con categoría de Conjunto Histórico

Situada en la comarca serrana al sur de Salamanca, la villa de Sequeros, es un interesante ejemplo de arquitectura popular que comparte junto a otros conjuntos históricos declarados de la zona de la sierra, como La Alberca, Mogarraz, Miranda del Castañar y San Martín del Castañar, las características y tipología constructivas típicas de la arquitectura serrana.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 2 de abril de 2002, incoó procedimiento para la declaración de la Villa de Sequeros, como Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, la Universidad de Salamanca informó favorablemente la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en el art. 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoría de Conjunto Histórico, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 1 de julio, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Se declara la Villa de Sequeros (Salamanca) Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico.

Segundo.

Zona afectada por la declaración. Se declara conjunto histórico el espacio comprendido entre las siguientes polilíneas:

A) Carretera SA-515 desde su intersección con la prolongación del límite Oeste de la parcela P 7-344-20 hasta su intersección con la prolongación del límite Este del Parque de las Jaceras o del Barrero.

B) Lindero Este del Parque del Barrero hasta su encuentro con el lado Norte del Camino del Mirador de la Cruz. Continúa por este lado del Camino al Mirador hasta la intersección con la línea de cota 928 que rodea el Mirador de la Cruz hasta su encuentro con el lado Sur del Camino al mirador de la Cruz y continúa por este lado hasta su encuentro con el límite Este de la Parcela P 3-48. Sigue por el lindero Este de la Parcela P3-49 y atravesando la prolongación de la calle de los Prados prosigue por los linderos Sur Este de las parcelas P 4-34, P 4-33, P 4-32, P 4-31, 23-89-7 y P 4-29.

C) Límites Sur de las Parcelas P 4-29, n.37. de la calle Profetisa Juana y la propia calle hasta su encuentro con el límite Sur de la Parcela P 4-10. Sigue por los límites sur de las Parcelas P 4-9, P 4-8, P 4-1, calle de la Iglesia P 4-246, P 4-256, P 4-255, P 4-251, P 4-257, P 4-259, P 4-260, P 4-261, P 4-266, P 4-272, P 4-275, P 4-278. Continúa con la unión del vértice Sur-Oeste de la Parcela P 4-278 con el vértice Sur-Este de la Parcela P 4-242, continuando por los límites Sur-Oeste y Sur de las parcelas P 4-242, P 4-244, calle Estella y límites Este, Sur y Oeste de las parcelas P 7-375, P 3-378, P 3-379 Y P 3-377 y línea que une el vértice Noroeste de la Parcela P 3-377 con el vértice Sur Oeste de la Parcela P 3-372.

D) Linderos Oeste de las Parcelas P 7-372, P 7-371, línea imaginaria desde el vértice Noroeste de esta última parcela (P 7-371) hasta el vértice Sur-Oeste de la Parcela P 7-368, siguiendo por los linderos Oeste de las Parcelas P 7-368, P 7-370 y P 7-369, prolongación de las calles Eras, lindero Sur, siguiendo por los límites Oeste de las Parcelas P 7-334, P 7-345 y P 7-344, hasta su encuentro con la Carretera SA-515.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de UN MES, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de DOS MESES. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, a 1 de julio de 2004.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Silvia Clemente Municio.

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