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Documento BOE-A-2004-15081

Resolución de 19 de julio de 2004, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se da publicidad al acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Villa de Becerril de Campos (Palencia), bien de interés cultural con categoría de conjunto histórico.

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 13 de agosto de 2004, páginas 29123 a 29123 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2004-15081

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión de 1 de julio de 2004 acuerda declarar la Villa de Becerril de Campos (Palencia), como Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 12 del Real Decreto 64/94, de 21 de enero por el que se modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 19 de julio de 2004.–El Secretario General, Jesús Ignacio Sesé Sánchez.

ANEXO
Acuerdo 86/2004, de 1 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Villa de Becerril de Campos (Palencia) bien de interés cultural, con categoría de Conjunto Histórico

Becerril conserva restos de su antigua muralla de perímetro casi circular, una puerta de entrada de arco apuntado flanqueada por dos cubos y restos de otro, así como un buen número de templos y ermitas. La Plaza Mayor de la villa con soportales, testigo de la importante vida del concejo, mantiene en gran parte su estructura primitiva.

La Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 6 de marzo de 1974, incoó procedimiento para la declaración de la Villa de Becerril de Campos (Palencia), como Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico.

Con fecha 19 de marzo de 1997, la Universidad de Valladolid informa favorablemente la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el R.D. 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y en el Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoría de Conjunto Histórico, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 1 de julio de 2004, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Se declara la Villa de Becerril de Campos (Palencia), Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico.

Segundo.

La zona afectada por la declaración comprende el área definida por los siguientes límites: comenzando en el cruce de la carretera de Monzón con la calle Arroyo, una línea que sigue el eje de la calle Arroyo y su prolongación por el de la calle Barbacana hasta el camino de Circunvalación, continúa por el eje de este último en dirección oeste y el de la calle del Río, hasta encontrarse con la carretera de Monzón, siguiendo el eje de dicha carretera hasta el punto de origen.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 1 de julio de 2004.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Silvia Clemente Municio.

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