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Documento BOE-A-2004-1491

Resolución 2/2004, de 16 de enero, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al protocolo entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de Illes Balears.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2004, páginas 3113 a 3114 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2004-1491

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 22 de diciembre de 2003 el Protocolo entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con el Hospital Militar «General Weyler y Laviña» situado en la ciudad de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Protocolo, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 16 de enero de 2004.‒El Subsecretario, Víctor Torre de Silva y López de Letona.

ANEXO
Protocolo entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el hospital militar «General Médico Weyler y Laviña» situado en la ciudad de Palma de Mallorca

En Palma de Mallorca, a 22 de diciembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte la Honorable Señora Doña María Rosa Estarás Ferragut, Vicepresidenta y Consejera de Relaciones Institucionales del Gobierno Balear.

De otra el Ilustrísimo Señor Don Víctor Torre de Silva y López de Letona, Subsecretario de Defensa.

INTERVIENEN

La primera, en nombre y en representación de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, en virtud del Decreto 7/2003, de 30 de junio, del Presidente de las Islas Baleares, que le confiere su nombramiento.

El segundo, en nombre y representación del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, actuando por delegación de firma conferida, expresamente para este acto.

Las partes intervinientes se reconocen recíprocamente capacidad legal bastante para la formalización del presente Protocolo, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.

Que la Directiva 197/1998, de 30 de julio, del Ministro de Defensa sobre la Sanidad Militar supuso el inicio de un proceso de racionalización y modernización de la Red Sanitaria Militar para adecuar su estructura y medios a las necesidades de las Fuerzas Armadas profesionales y a su principal razón de ser, el apoyo sanitario a la Fuerza en las operaciones militares.

Segundo.

Que los estudios realizados en el ámbito de racionalización de las estructuras aconsejaron reducir el número de centros hospitalarios militares y constituir una Red Sanitaria Militar única dependiente de la

Subsecretaría de Defensa, más orientada a la vertiente operativa que a la asistencial, a fin de lograr el uso conjunto de sus instalaciones, aumentar su capacidad de respuesta para el apoyo logístico operativo, y mejorar la eficiencia en la gestión de los recursos que se le asignen.

Tercero.

Que con motivo de la referenciada reestructuración de la Red Sanitaria Militar, el Ministro de Defensa ha declarado transferibles dos edificios del Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña» situado en la ciudad de Palma de Mallorca.

Cuarto.

El Ministerio de Defensa es titular en pleno dominio de los bienes inmuebles denominados «Hospital Militar» e «Iglesia Castrense», inscritos en el Registro de la Propiedad número 5 de Palma de Mallorca. El Hospital Militar se levanta sobre los terrenos correspondientes a las siguientes fincas registrales:

Finca n.º 3921, tomo 1733 del Archivo, libro 161 del Ayuntamiento de Palma, Sección I, folio 208. Superficie: 4.178,49 m2.

Finca n.º 5237, tomo 2508 del Archivo, libro 198 del Ayuntamiento de Palma, Sección I, folio 217. Superficie: 55,00 m2.

Finca n.º 5874, tomo 2742 del Archivo, libro 215 del Ayuntamiento de Palma, Sección I, folio 16. Superficie: 307,00 m2.

Por lo tanto, la extensión superficial registral total del conjunto hospitalario asciende a 4.540,49 m2.

La Iglesia de Santa Margarita (Iglesia Castrense) se levanta sobre los terrenos del antiguo Almacén del Material de Ingenieros y constituye la siguiente finca registral del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca n.º 5.

Finca n.º 3922, tomo 1733 del Archivo, libro 161 del Ayuntamiento de Palma, Sección I, folio 213. Superficie: 564,00 m2.

Luego la extensión total registral del conjunto del Hospital e Iglesia asciende a 5.104,49 m2.

El inmueble denominado Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña», está compuesto por edificios independientes situados en las calles Olmos 2 y San Miguel 71, y un edificio central. Con el fin de enajenar los edificios de c/ Olmos, 2 y c/ San Miguel, 71, se va a proceder a la agrupación de las tres fincas registrales del Hospital Militar y posterior segregación, de la finca agrupada, de dos parcelas A y B en las que se levantan dichos edificios.

Quinto.

Que uno de los criterios que rigen el proceso de racionalización de la Red Sanitaria Militar es que los centros hospitalarios militares declarados transferibles, entre ellos dos edificios del Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña», continúen con carácter general desarrollando una actividad sanitaria en beneficio de la población civil, preferentemente integrados en la red asistencial pública.

Sexto.

Que el Gobierno Balear tiene el mayor interés en avanzar en el desarrollo de la Red Asistencial Pública y sociosanitaria en las Islas Baleares.

Séptimo.

Que dentro del marco de colaboración que preside las relaciones del Ministerio de Defensa con la Comunidad Autónoma de Illes Balears, ambas Administraciones exponen su decidida voluntad de formalizar un acuerdo sobre el Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña» de Palma de Mallorca, que permita satisfacer de forma equilibrada las necesidades de equipamiento sanitario y, en su caso, sociosanitario de la Comunidad Autónoma y las inversiones de modernización de la Red Sanitaria Militar del Ministerio de Defensa.

En consecuencia, las Administraciones actuantes formulan en este documento la presente declaración de intenciones que se comprometen a hacer efectivas a través de un Convenio, que se formalizará entre la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa y la Comunidad Autónoma de Illes Balears, en un plazo no superior a seis meses a contar desde la firma del presente Protocolo, con sujeción a las siguientes.

BASES

Primera.

El Ministerio de Defensa desafectará, declarará la alienabilidad y pondrá a disposición de la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa dos parcelas del Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña», sobre las que están construidas dos edificaciones de carácter hospitalario, sin conexión inmediata, una vez segregadas de la finca agrupada, aludida en el último párrafo del exponiendo cuarto, e inscritas como fincas registrales independientes, que tendrán la siguiente descripción:

Parcela A: Urbana, parcela de forma irregular de cabida 723,86 metros cuadrados situada en c/ Olmos n.o 2 con vuelta a c/ San Miguel, en la que está construido un edificio destinado a Hospital Militar y dispone de un patio interior con acceso directo desde c/ San Miguel y con acceso de paso de carruajes desde c/ Olmos. El edificio forma parte de un conjunto hospitalario militar, tiene cuatro plantas sobre rasante, semisótano y sótano. Dicho edificio se comunica con el edificio central del conjunto hospitalario a través de un edificio de conexión con dos pasillos, uno en planta baja y el otro en planta primera. El semisótano y cada una de las cuatro plantas sobre rasante tienen una superficie de 475,68 m2. El sótano tiene una superficie de 67,48 m2. En conjunto, la superficie asciende a 2.445,88 m2 construidos. En c/ Olmos se encuentra la puerta principal de acceso y una puerta para carruajes que comunica con el patio existente entre el edificio y la Iglesia Castrense. Tiene además una entrada directa al edificio desde el paso de carruajes y otra desde el patio mencionado. Linda al Norte con la Iglesia de Santa Margarita (Iglesia Castrense) y finca resto; Este, calle San Miguel; Sur, calle Olmos; Oeste, inmueble de particulares.

Parcela B: Urbana, parcela de forma irregular de cabida 738,18 m2, situada en c/ San Miguel n.o 71, en la que está construido un edificio destinado a Hospital Militar y dispone de un patio interior. El edificio forma parte de un conjunto hospitalario militar, tiene seis plantas, ático y sótano; las plantas sobre rasante tienen una superficie construida de 3.677,35 m2; el sótano tiene una superficie de 536,44 m2. En conjunto, la superficie construida asciende a 4.213,79 m2. Tiene una puerta de acceso desde la c/ San Miguel y otra en el lateral sur del edificio, en la zona de entrada al edificio central. Linda al Norte con inmueble de particulares e inmueble de la Mutua General de Seguros; Este, calle San Miguel; Sur, finca resto; y Oeste, finca resto.

Segunda.

El Ministerio de Defensa se compromete a vender a la Comunidad Autónoma de Illes Balears y ésta a comprar, las parcelas A y B del Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña», aludidas en el último párrafo del exponendo Cuarto y descritas en la Base Primera de este Protocolo, formalizándose la enajenación onerosa a través del oportuno Convenio entre la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa y la Administración Autonómica que suscribe y los correspondientes documentos públicos, una vez tramitados los pertinentes procedimientos por ambas Administraciones.

Los servicios del Hospital han sido instalados concibiendo las edificaciones como un conjunto, por lo que la red de agua de abastecimiento, la red de gas, los contadores eléctricos generales y el grupo electrógeno, el sistema contraincendios, las comunicaciones entre edificios y los accesos y salidas de emergencia entre las distintas zonas, así como cualquier otro servicio general que se considere necesario, deben adaptarse a la situación que se crea con la nueva titularidad de las fincas resultantes.

Las obras necesarias para la modificación de las instalaciones y servicios, accesos y salidas, así como para la constitución de servidumbres se harán de mutuo acuerdo entre los titulares de las fincas resultantes y los gastos necesarios serán por cuenta y cargo de los adquirentes.

Tercera.

El precio total de la compraventa que ahora se prepara se fija en siete millones doscientos cuarenta mil euros (7.240.000 €), (1.204,6 millones de pesetas).

Por razón de la cuantía, el Convenio de transferencia a suscribir entre la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa y el Gobierno Balear puede ser autorizado por el Ministro de Defensa.

El pago del indicado precio se efectuará en cinco anualidades a partir de la firma del Convenio, previéndose en las respectivas Leyes anuales de Presupuestos y devengando las cantidades atrasadas el interés legal correspondiente.

Dentro de los límites de los valores de tasación del inmueble resultantes del informe de la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, Sociedad Anónima (SEGIPSA), el precio de venta se fija en la referida cantidad de 7.240.000 €, en atención al compromiso que adquiere la Comunidad Autónoma Illes Balears en favor de los beneficiarios del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), con arreglo a cuanto se previene en el párrafo segundo de la Base Quinta del presente Protocolo.

Cuarta.

La transmisión del pleno dominio del citado Hospital Militar al Gobierno Balear, y cuantos Acuerdos se adopten en el Convenio, se llevarán a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, así como con sujeción a lo dispuesto en el Estatuto de la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa aprobado por Real Decreto 1687/2000, de 6 de octubre y a cuanta Legislación urbanística, tanto en el ámbito estatal como autonómico y local sea de aplicación.

Quinta.

La Comunidad Autónoma de Illes Balears dedicará los dos edificios del Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña», una vez que haya adquirido su propiedad, a usos sanitarios o, en su caso, sociosanitarios o administrativos relacionados con dichos usos y los deberá mantener dedicados a estos usos, al menos, durante un período de diez años, a contar desde la fecha de firma del Convenio de transferencia. La Comunidad Autónoma Illes Balears se compromete a reservar el quince por ciento de la capacidad total de las plazas del Centro de Personas Mayores Asistidas, que proyecta ubicar en los edificios que se enajenarán, para que sea utilizado por los beneficiarios del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) o de la entidad similar que pudiera sustituir o suceder al citado Instituto. El desarrollo de este compromiso de hará mediante Convenio específico entre el ISFAS y la Comunidad Autónoma Illes Balears.

Sexta.

El Ministerio de Defensa ofertará al personal civil laboral de los grupos 1, 2, 3, 4 y 5 del área sanitaria y asistencial, con titulación sanitaria, que presta servicios en el Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña», la posibilidad de continuar trabajando en el ámbito del Ministerio sin merma de sus condiciones laborales, o en su defecto, ser transferido a la Comunidad Autónoma de Illes Balears.

Dicha oferta afectará tanto al personal que se encuentre prestando servicios efectivos en el momento de la suscripción del presente Protocolo, como a aquel que tuviera derecho a reserva de puesto en cualquier supuesto de los contemplados en los artículos 48, 55, 56 b), respectivamente, del Convenio Colectivo único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado (B.O.E, núm. 287, de 1 de diciembre de 1998).

La Comunidad Autónoma de Illes Balears, por su parte, asumirá la transferencia del citado personal civil laboral que opte por esa posibilidad y podrá destinarlo a un puesto de su misma categoría en otros centros públicos dependientes del Gobierno Balear en la Isla de Mallorca, y con carácter voluntario en otras Islas del Archipiélago.

El personal se transferirá a la Comunidad Autónoma de Illes Balears mediante Real Decreto, que incluirá las dotaciones económicas correspondientes a los Artículos 13 y 16 del Capítulo 1 que igualmente se transferirán con carácter indefinido.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el primer párrafo de este apartado y el posterior desarrollo de este aspecto en el correspondiente Real Decreto de transferencias, el personal al que se hace referencia en los párrafos precedentes, que pueda verse afectado por el proceso de consolidación de empleo en las categorías del Grupo sanitario y asistencial que se inicien en el Ministerio de Defensa durante el presente año 2003 conservará el derecho de participar en las convocatorias previstas en dichos procesos, siempre de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases.

En esos supuestos la Comunidad Autónoma de Illes Balears se compromete a reconocer las consecuencias que el referido proceso tenga respecto del citado personal en su situación administrativa y cambio de su relación jurídica.

Séptima.

Mientras no se produzca la efectividad de la transferencia de personal, mediante la aprobación del precitado Real Decreto, el personal referenciado continuará percibiendo sus retribuciones directamente del Ministerio de Defensa.

Octava.

El Ministerio de Defensa, consciente de la necesidad que la población tiene del uso de las instalaciones, permitirá desde la firma del presente documento el acceso de personal del Gobierno Balear al Hospital Militar «General Médico Weyler y Laviña» para realizar estudios e informes sobre las instalaciones a fin de que el proceso de transferencia del inmueble y posterior uso del mismo, en la forma que se determine, se realice en el más breve plazo posible.

Novena.

La ejecución del presente Protocolo y formalización de las intenciones en él recogidas, mediante la suscripción del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Illes Balears y la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, aludido en la Base Segunda de este documento, se llevará a cabo en un plazo no superior a seis meses a contar desde la fecha de la firma del presente Protocolo.

En prueba de conformidad se firma el presente documento en el lugar y fechas señalados «ut supra».‒Por la Comunidad Autónoma Illes Balears, María Rosa Estarás Ferragut.‒Por el Ministerio de Defensa, Víctor Torre de Silva y López de Letona.

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