Contido non dispoñible en galego
Por Resolución de 8 de junio de 2004 (B.O.E. núm. 153, de 25 de junio), la Dirección General de la Policía nombró Inspectores alumnos a los opositores aprobados en la oposición de ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, convocada por la de 24 de septiembre de 2003 y dispuso que aquellos oportunamente serían convocados para la realización del curso de formación y el módulo de formación práctica.
En su virtud esta Dirección General dispone:
Que los mencionados Inspectores alumnos se incorporen al Centro de Formación de la División de Formación y Perfeccionamiento, de la Dirección General de la Policía (Avda. Juan Carlos I, núm. 46, Ávila), para la realización del curso de formación y el módulo de formación práctica en los términos establecidos en el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril y las bases de la convocatoria, el día 16 de septiembre de 2004, a las 09.00 horas, fecha en que surtirá efecto el repetido nombramiento de Inspectores alumnos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Disposición Adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el art. 116 y concordantes de aquella Ley o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 6 de julio de 2004.‒El Director general, Víctor García Hidalgo.
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