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Documento BOE-A-2004-13393

Orden TAS/2384/2004, de 9 de julio, por la que se declara el mes de agosto como inhábil a efectos de plazos en los concursos de provisión de puestos de trabajo convocados en el ámbito de los Organismos Autónomos adscritos a este Departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 17 de julio de 2004, páginas 26148 a 26148 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-13393

TEXTO ORIGINAL

Las convocatorias de los diferentes concursos de provisión de puestos de trabajo, de acuerdo al artículo 39 y siguiente del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, deberán resolverse en el plazo de tres meses.

A la vista de las comunicaciones efectuadas por algunos Presidentes de las Comisiones de Valoración de los referidos concursos que han puesto de manifiesto la dificultad que entraña el mes de agosto para la normal continuidad de dichos procesos selectivos así como poder cumplimentar todos los trámites legalmente establecidos, es por lo que:

Este Ministerio en uso de las facultades que le están conferidas resuelve:

Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de plazos en los siguientes concursos de provisión de puestos de trabajo convocados por este Ministerio dentro del ámbito de los Organismos Autónomos adscritos a este Departamento:

Concurso específico C/117, convocado por Orden TAS/865/2004 de 22 de marzo (BOE del 2 de abril) para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Concurso específico C/120, convocado por Orden TAS/2095/2004 de 16 de junio (BOE del 30) para la provisión de puestos de trabajo en el Fondo de Garantía Salarial.

Madrid, 9 de Julio de 2004.–El Ministro, P. D. (O. M. 21.5.96, BOE del 27 y Disposición Adicional Sexta del R. D. 1600/2004, de 2 de julio, BOE del 3), la Subsecretaria, Aurora Domínguez González.

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