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Documento BOE-A-2004-13347

Resolución de 1 de julio de 2004, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 16 de julio de 2004, páginas 26071 a 26076 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-13347

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley

Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo

sucesivo LOU) y en el artículo 14 del Real Decreto 774/2002,

de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación

nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes

Universitarios y el régimen de Concursos de Acceso respectivos (en

adelante RDH) y a tenor de lo establecido en el Reglamento de

Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la

UNED, aprobado por Resolución del Consejo de Gobierno de fecha

31 de marzo de 2004 (BICI de 31 de mayo www.uned.es/bici).

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que

se relacionan en el Anexo I de esta Resolución, con arreglo a

las siguientes bases:

Primera.-El presente concurso se regirá por lo dispuesto en

la LOU, el RDH y el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos

Docentes Universitarios de la UNED y, con carácter supletorio,

se aplicará lo previsto en la legislación general de funcionarios

civiles del Estado.

Segunda.-Para ser admitido a este concurso se requieren los

siguientes requisitos generales:

a) Nacionalidad: ser español. No obstante, podrán participar

en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de

alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional

de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados

Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por

España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la

Unión Europea y de cualquiera de los Estados a los que, en virtud

de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así

como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún

años o mayores de edad que vivan a sus expensas.

Asimismo, podrán participar los habilitados de nacionalidad

extranjera no comunitaria, cuando se cumplan los requisitos

previstos en el apartado 4 del artículo 15 del RDH.

En el momento de presentación de la solicitud de participación

en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así

como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas,

conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001,

de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la

Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales

de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre

circulación de trabajadores.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos

en la convocatoria se realizará por medio de los documentos

correspondientes, certificados por las autoridades competentes de

su país traducidos al español, que será la lengua oficial en que

tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

los setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del Servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya

nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,

en su Estado, el acceso a la Función Pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercera.-Además de los requisitos generales, los candidatos

deberán cumplir con los requisitos específicos que se señalan en

el artículo 15 del RDH, en los términos regulados en el mismo.

Asimismo, no podrán participar en este concurso de acceso

a las plazas de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad

quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el

artículo 17.7 del RDH, es decir, aquellos que no hayan desempeñado

durante al menos dos años la plaza anteriormente obtenida por

el concurso de acceso a que se refiere el artículo 14 del RDH.

Los requisitos enumerados en la presente Base y en la Base

Segunda, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso

remitirán la correspondiente solicitud a la Rectora de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38,

28015 Madrid, por cualquiera de los procedimientos establecidos

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la

Ley 4/1999, de 13 de enero ( en lo sucesivo LRJ-PAC), en el

plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de

publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia

debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en

el Anexo II, en la que se manifieste que se reúnen todas y cada

una de las condiciones exigidas, acompañada de fotocopia

compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento que

acredite la nacionalidad en el caso de no ser la española.

Los aspirantes deberán justificar haber abonado la cantidad de

25,51 euros en concepto de derechos de examen y formación de

expediente en la cuenta corriente número 0049-0001-54-2211438387

del Banco Santander Central Hispano, adjuntando a la solicitud

uno de los ejemplares del recibo de ingreso.

Estarán exentos del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al

33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la oficina bancaria

a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la

Rectora dictará, en el plazo máximo de quince días hábiles, una

Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos

y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de

admitidos y excluidos, las cuales indicarán respecto de estos

últimos, la causa de exclusión, se publicará en el Tablón de Anuncios

de Secretaría General (calle Bravo Murillo, 38, Madrid) y en la

dirección de Internet: www.uned.es/voap . En dicha Resolución

se señalará el plazo de 10 días hábiles para subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión u omisión. Finalizado dicho plazo,

la Rectora dictará una Resolución aprobando la lista definitiva

de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma

anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá

interponer recurso en los términos previstos en el artículo 107

de la LRJ-PAC.

Sexta.-La composición de las Comisiones son las que figuran

en el Anexo III de esta convocatoria.

En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento

de las mismas se estará a lo previsto en el Reglamento de

Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED.

La Comisión deberá constituirse dentro de los dos meses

siguientes a la fecha de publicación de su composición. Para ello,

el Presidente titular de la Comisión una vez realizadas las consultas

pertinentes con los restantes miembros, convocará a los titulares

y en su caso suplentes, para proceder al acto de constitución de

la misma fijando lugar y fecha. Simultáneamente, el Presidente

de la Comisión dictará resolución convocando a todos los

candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con

señalamiento de día, hora y lugar de su celebración. Ambas

resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una

antelación mínima de diez días naturales respecto a la fecha del acto

para la que son convocados.

Séptima.-En el acto de presentación, que será público, los

candidatos entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente

documentación: Historial Académico, Docente e Investigador, así

como el desarrollo docente de la asignatura o asignaturas objeto

del concurso, todo ello por sextuplicado ejemplar, así como un

ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo

consignado en el mismo. El desarrollo docente comprenderá una

propuesta razonada de los objetivos, programa y metodología de

la asignatura o asignaturas objeto de la convocatoria.

En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo,

el orden de actuación de los candidatos y se fijará el lugar, fecha

y hora del comienzo de la prueba, circunstancia que se hará pública

por la Comisión en los locales de celebración de la misma.

Asimismo, se fijará el plazo durante el cual los candidatos podrán

examinar la documentación presentada por los demás aspirantes.

La prueba comenzará en el plazo máximo de diez días hábiles

a contar desde el siguiente al acto de presentación.

Octava.-Los concursos de acceso constarán de una única

prueba, que será pública y se realizará en el local que, al efecto, habilite

la UNED.

En el caso de que haya un único candidato, la Comisión podrá

acordar por mayoría la no celebración de la prueba, procediendo

a la valoración de los méritos aportados en base a la

documentación presentada.

La prueba consistirá en la exposición oral de los méritos,

historial académico, docente e investigador y desarrollo docente

durante un tiempo máximo de sesenta minutos por cada candidato.

Seguidamente la Comisión debatirá con el candidato acerca de

su curriculum y de los méritos alegados, durante un tiempo máximo

de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará

al Presidente un informe en que conste la valoración razonada

de la Comisión o de cada uno de los miembros sobre cada uno

de los concursantes, ajustado, en todo caso, a los criterios

previamente establecidos por la Comisión, que se adjuntará al acta

de la prueba.

Novena.-La propuesta de provisión de plaza o plazas se

realizará por el sistema de votación, en el plazo máximo de setenta

y dos horas a partir del momento de la finalización de la prueba.

A estos efectos la Comisión hará pública una resolución

formulando su propuesta y el voto de cada uno de sus miembros.

En los cinco días hábiles siguientes a la finalización de la

actuación de la Comisión, el Secretario de la misma entregará en la

Secretaría General de la UNED el expediente administrativo del

concurso, que, en todo caso, incorporará el acta de constitución

de la Comisión y de cada una de las sesiones, el acta que recoja

los criterios utilizados para la valoración de las pruebas, los

informes, en que conste la valoración razonada de la Comisión, así

como el acta de propuesta de provisión de los concursantes que

proceda, ordenados según sus méritos, así como los restantes

informes y documentos que se hubieran generado durante las

actuaciones de la Comisión.

Las Comisiones que juzguen los concursos de acceso

propondrán a la Rectora, motivadamente, y con carácter vinculante, una

relación de todos los candidatos por orden de preferencia para

su nombramiento, sin que en ningún caso pueda efectuarse mayor

número de nombramientos que el de plazas convocadas.

Los concursantes podrán presentar reclamación ante la Rectora

contra las propuestas de las Comisiones de concursos de acceso

de habilitados, en el plazo máximo de diez días contados a partir

del siguiente al de su publicación. De ser admitida a trámite la

reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta que se dicte

resolución definitiva.

La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el

Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes

Universitarios de la UNED.

Décima.-El concursante propuesto deberá presentar, en los

veinte días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión,

en la Secretaría General de esta Universidad, o por cualesquiera

de los demás procedimientos señalados en el artículo 38.4 de

la LRJ-PAC, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada de DNI o documento equivalente

de no ser de nacionalidad española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño

de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de

la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados

Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por

España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,

deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo

7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido

objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en

su Estado, el acceso a la Función Pública.

d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos

exigidos en la presente convocatoria.

El que tuviera la condición de funcionario público de carrera

en activo estará exento de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y

cuantas circunstancias consten en su Hoja de Servicios.

Undécima.-Los nombramientos propuestos por la Comisión

serán efectuados por la Rectora de la UNED, después de que el

concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos

establecidos en el artículo 5 del RDH en el plazo establecido. En

el caso de que el concursante no presente oportunamente la

documentación requerida, no podrá ser nombrado, quedando anuladas

todas sus actuaciones, procediendo la Rectora al nombramiento

del siguiente concursante en el orden de prelación formulado.

Los nombramientos serán igualmente comunicados al

correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de

Registro de Personal e inscripción en los cuerpos respectivos, publicados

en el Boletín Oficial del Estado y comunicados a la Secretaría

General del Consejo de Coordinación Universitaria. El

nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área

de conocimiento.

En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente

de la publicación del nombramiento, el candidato propuesto

deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la

condición de funcionario del cuerpo docente universitario de que

se trate, con los derechos y deberes que le son propios.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,

se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la

Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir

del día siguiente a la publicación de esta Resolución, o, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excma. y Magfca.

Sra. Rectora de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde

el día siguiente a la publicación de esta Resolución.

Madrid, 1 de julio de 2004.-La Rectora, P. D. (Resolución

de 23 de abril de 2002, "Boletín Oficial del Estado" de 8 de mayo),

el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Miguel

Ángel Sebastián Pérez.

ANEXO I

94.1 Cuerpo al que pertenece: Catedráticos de Universidad.

Área de conocimiento: Química Física. Departamento al que está

adscrita: Ciencias y Técnicas Fisicoquímicas. Actividades docentes

e investigadoras en "Prácticas: Técnicas instrumentales

fisicoquímicas" y "Técnicas de caracterización de polímeros" de la titulación

de Licenciado en Ciencias (Sección de Químicas). Líneas de

investigación preferentes: "Mecánica estadística de sistemas

poliméricos", "Modelización y simulación numérica de moléculas de

cadena" y "Dispersión de luz dinámica".

94.2 Cuerpo al que pertenece: Profesores Titulares de

Universidad. Área de conocimiento: Antropología Social.

Departamento al que está adscrita: Antropología Social y Cultural.

Actividades docentes e investigadoras en "Antropología Social" de la

titulación de Licenciado en Filosofía (Plan de 2001) y

"Antropología General" de la titulación de Licenciado en Filosofía (Plan

de 1980).

ANEXO II (Ver imágenes páginas 26074 a 26075)

ANEXO III

Número de plaza: 94.1.

Cuerpo al que pertenece: Catedráticos de Universidad.

Área de conocimiento: Química Física.

Comisión titular:

Presidente: Don Arturo Horta Zubiaga, Catedrático de

Universidad (Universidad Nacional de Educación a Distancia).

Vocales:

Don Javier Núñez Delgado, Catedrático de Universidad

(Universidad Complutense de Madrid).

Don José García de la Torre, Catedrático de Universidad

(Universidad de Murcia).

Don Enrique Sáiz García, Catedrático de Universidad

(Universidad de Alcalá de Henares).

Secretaria:

Doña María Pilar Tarazona Lafarga, Catedrática de Universidad

(Universidad de Alcalá de Henares).

Comisión suplente:

Presidente: Doña Raquel Navarro Delgado, Catedrática de

Universidad (Universidad Nacional de Educación a Distancia).

Vocales:

Don Juan Antonio Rodríguez Renuncio, Catedrático de

Universidad (Universidad Complutense de Madrid).

Don Francisco García Blanco, Catedrático de Universidad

(Universidad Complutense de Madrid).

Don Jesús Santamaría Antonio, Catedrático de Universidad.

(Universidad Complutense de Madrid).

Secretario:

Don Ramón González Rubio, Catedrático de Universidad

(Universidad Complutense de Madrid).

Número de plaza: 94.2.

Cuerpo al que pertenece: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Antropología Social.

Comisión titular:

Presidente: Don Honorio M. Velasco Maillo, Catedrático de

Universidad (Universidad Nacional de Educación a Distancia).

Vocales:

Doña Paz Sofía Moreno Feliú, Profesora Titular de Universidad

(Universidad Nacional de Educación a Distancia).

Don Secundino Valladares Fernández, Profesor Titular de

Universidad (Universidad Complutense de Madrid).

Don Victoriano Bretón Solo de Zaldívar, Profesor Titular de

Universidad (Universidad de Lleida).

Secretario:

Doña Eugenia Ramírez Goicoechea, Profesora Titular de

Universidad (Universidad Nacional de Educación a Distancia).

Comisión suplente:

Presidente: Don Ignacio Terradas Saborit, Catedrático de

Universidad (Universidad de Barcelona).

Vocales:

Don Joaquín Sergio Rodríguez Campos, Profesor Titular de

Universidad (Universidad de Santiago de Compostela).

Don Miguel María López Coira, Profesor Titular de Universidad

(Universidad Complutense de Madrid).

Don Pablo Palenzuela Chamorro, Profesor Titular de

Universidad (Universidad de Sevilla).

Secretario:

Don Ángel Díaz de Rada Brun, Profesor Titular de Universidad

(Universidad Nacional de Educación a Distancia).

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