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Documento BOE-A-2004-13216

Orden de 23 de junio de 2004, de la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en la Consejería de Economía y Hacienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 15 de julio de 2004, páginas 25915 a 25917 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2004-13216

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2.N) de la Ley

de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública,

dispongo:

Primero.-Convocar concurso de méritos para la provisión del

puesto de trabajo que figura en el Anexo I de la presente

convocatoria, el cual se ajustará a lo dispuesto en la Orden de la

Consejería de Presidencia de 19 de febrero de 2001, parcialmente

modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2003 "por la

que se aprueban las bases generales que regirán los concursos

de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la

Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria reservados

a funcionarios de carrera no docentes", publicadas,

respectivamente, en los "Boletines Oficiales de Cantabria", números 40,

de 26 de febrero de 2001 y 234, de 4 de diciembre de 2003.

Segundo.-Podrán participar en la presente convocatoria los

funcionarios de carrera que reúnan los requisitos establecidos en

la base primera de la Orden de la Consejería de Presidencia de

19 de febrero de 2001, parcialmente modificada por la Orden

de 27 de noviembre de 2003, y los establecidos para el desempeño

del puesto de trabajo relacionado en el Anexo I de la presente

convocatoria.

Tercero.-La valoración de los méritos para la adjudicación

de la plaza se efectuará de acuerdo con lo establecido en la base

segunda de la Orden de la Consejería de Presidencia de 19 de

febrero de 2001, parcialmente modificada por la Orden de 27

de noviembre de 2003. Se valorarán los cursos que figuran

recogidos en el Anexo I a esta convocatoria, que necesariamente

habrán sido impartidos por el C.E.A.R.C., I.N.A.P., centros

oficiales de las distintas Comunidades Autónomas y los impartidos

en planes de formación continua de los empleados públicos.

Cuarto.-Quienes deseen tomar parte en el presente concurso,

presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que

será entregado gratuitamente en las Secretarías Generales de cada

Consejería y en el Registro General de la Administración de la

Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Casimiro Sainz, número 4,

39003 -Santander), y que se ajustará al modelo publicado como

Anexo II a esta convocatoria, en el plazo de quince (15) días hábiles

contados desde el siguiente a la última publicación de la misma,

ya sea en el "Boletín Oficial de Cantabria" o en el "Boletín Oficial

del Estado".

Las solicitudes irán dirigidas al Excelentísimo Sr. Consejero

de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, y se

presentarán por triplicado en el citado Registro General o, en su

caso, en cualesquiera de los lugares y medios señalados en los

artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

de 27 de noviembre).

Junto al Anexo II, solicitud de participación, deberá presentarse

la siguiente documentación:

1. Anexo III. Certificación de méritos. Para los funcionarios

pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma

de Cantabria la presentación de solicitud de participación sirve,

asimismo, como solicitud de emisión de este certificado.

Los participantes de otras Administraciones Públicas deberán

aportar dicho Anexo conforme a lo previsto en la base tercera

de la Orden de 19 de febrero de 2001, parcialmente modificada

por la Orden de 27 de noviembre de 2003 (publicadas,

respectivamente, en los "Boletines Oficiales de Cantabria", números 40,

de 26 de febrero de 2001 y 234, de 4 de diciembre de 2003),

o bien, aportar copia que ponga de manifiesto que lo han

solicitado.

No obstante, para aquellos que estuvieran destinados en

comisión de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma

de Cantabria, la Dirección General de Función Pública expedirá,

además, un certificado de sus datos administrativos desde la fecha

de toma de posesión en el puesto que ocupen en comisión de

servicios hasta la fecha de finalización del plazo de presentación

de solicitudes. La presentación de solicitud de participación en

el concurso sirve como solicitud de emisión de este certificado.

En el Anexo III se certificarán los méritos no específicos cuyos

documentos acreditativos figuren en el Registro de Personal a la

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los datos relativos a méritos específicos u otras circunstancias

personales y administrativas de los concursantes, se acreditarán

mediante documentos originales o fotocopias compulsadas

presentándose junto con la solicitud de participación y deberán

poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación

de instancias.

Quinto.-La Comisión de Valoración tendrá la composición

prevista en la base quinta de la Orden de 19 de febrero de 2001,

parcialmente modificada por la Orden de 27 de noviembre

de 2003.

Sexto.-Contra la presente Orden podrá interponerse recurso

de alzada ante el Consejo de Gobierno de Cantabria, en el plazo

de un mes desde el día siguiente a su publicación.

Santander, 23 de junio de 2004.-El Consejero, José Vicente

Mediavilla Cabo.

ANEXOS (Ver imágenes páginas 25916 a 25917)

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