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Documento BOE-A-2004-13017

Resolución de 30 de junio de 2004, de la Universidad de Huelva, por la que se nombra a don Ricardo José Arribas de Paz Catedrático de Escuela Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 13 de julio de 2004, páginas 25602 a 25602 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-13017

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso convocado por Resolución de esta Universidad de fecha 7 de noviembre de 2001 (BOE de 26 de noviembre), y de conformidad con lo previsto en la Disposición transitoria octava, apartado 2, de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de acuerdo con lo que establece la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a don Ricardo José Arribas de Paz, con DNI 50.403.097-T, Catedrático de Escuela Universitaria de esta Universidad del área de conocimiento de «Proyectos de Ingeniería», adscrita al Departamento de «Ingeniería de Diseño y Proyectos».

Esta resolución agota la vía administrativa y será impugnable en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, como establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998 citada.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto que recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999.

Huelva, 30 de junio de 2004.‒El Rector, Antonio Ramírez de Verger Jaén.

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