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Documento BOE-A-2004-12709

Orden ECI/2226/2004, de 1 de julio, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos vacantes de Asesores Técnicos en el exterior por funcionarios docentes, convocado por Orden ECD/226/2004, de 29 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 7 de julio de 2004, páginas 25084 a 25084 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-12709

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/226/2004, de 29 de enero (Boletín Oficial

del Estado del 10 de febrero), se convocó concurso público de

méritos para la provisión de puestos vacantes de asesores técnicos

en el exterior por funcionarios docentes, y por Resolución de 7

de mayo (Boletín Oficial del Estado del 19), se aprobaron las listas

definitivas de admitidos y excluidos, las puntuaciones definitivas

de la fase general y los idiomas definitivamente acreditados y se

convocó para la realización de la fase específica.

Realizada la fase específica y concluido el proceso de selección,

la Comisión de Selección, en cumplimiento de lo preceptuado

en el apartado 1 de la base octava de la Orden de convocatoria,

ha remitido a la Subsecretaría la propuesta de resolución del

concurso, conteniendo la relación de candidatos seleccionados, con

indicación de los puestos adjudicados y las puntuaciones obtenidas

por cada uno de ellos.

Cumplidos todos los trámites y requisitos del concurso previstos

en la Orden de convocatoria.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Ordenar la exposición a partir del día 8 de julio,

en el Servicio de Información del Ministerio de Educación y

Ciencia, en las Direcciones Provinciales del Departamento en Ceuta

y Melilla; en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno,

de la lista de candidatos que han realizado la fase específica

prevista en la base sexta B) de la Orden de convocatoria, con

indicación de las puntuaciones obtenidas en cada parte de esta fase

y la total alcanzada en el concurso de méritos.

Segundo.-Destinar como Asesores Técnicos, de acuerdo con

la base décima de la convocatoria, a los profesores relacionados

en el anexo a la presente Orden, que desempeñaran sus funciones

en el puesto adjudicado durante el primer año, en régimen de

comisión de servicios, e indicar los puestos que han resultado

desiertos por falta de candidatos que reunieran los requisitos

exigidos.

Los profesores que han resultado seleccionados deben realizar

un curso de formación que tendrá lugar los días 14 y 15 de julio

de 2004 en la sede del Ministerio de Educación y Ciencia,

Subdirección General de Cooperación Internacional.- P.o del Prado

n.o 28, Salón de Actos de la planta baja. y que comenzará a

las 8,45 horas.

Tercero.-La adscripción de Asesores Técnicos dependientes

de las Administraciones educativas de las Comunidades

Autónomas quedará condicionada a la autorización del centro directivo

autonómico correspondiente.

Cuarto.-Los profesores a que se refiere esta Orden tomarán

posesión en sus destinos ante el órgano competente, que remitirá

las certificaciones de toma de posesión, con carácter de urgencia,

a la Subsecretaría , a los efectos de formalizar el documento de

inscripción de la toma de posesión en el Registro Central de

Personal.

Quinto.-A los Asesores Técnicos a que se refiere esta Orden,

les será de aplicación el régimen económico y de dedicación

especial contenidos en las bases de la convocatoria.

Las liquidaciones de haberes de los Profesores adscritos

deberán ser remitidas a la Habilitación Central del Ministerio de

Educación y Ciencia, a los efectos de ser incluidos en la nómina de

personal en el extranjero.

Sexto.-La documentación presentada por los participantes

podrá ser retirada durante el mes de octubre de 2004. A tal efecto

podrán acudir personalmente o delegar en otra persona,

debidamente autorizada, siempre que no se haya interpuesto recurso

por el propio interesado o terceros que pudieran afectarle. Si la

documentación no se retirase en el plazo señalado, se entenderá

que el participante renuncia a su recuperación, decayendo, por

tanto, en su derecho a ello.

Séptimo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y

contra la misma cabe interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo,

conforme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica

6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde

el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano

que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Madrid, 1 de julio de 2004.-La Ministra, P.D.: Orden

ECI/1217/2004, de 3 de mayo (BOE del 6), el Subsecretario,

Fernando Gurrea Casamayor.

Ilmo. Sr. Secretario General Técnico.

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