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Documento BOE-A-2004-12142

Orden JUS/2075/2004, de 18 de junio, por la que se nombra funcionario del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia a don Emilio José Blanco Quiza.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 29 de junio de 2004, páginas 23866 a 23866 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2004-12142

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de la Resolución de 8 de junio de 2004,

recaída en el recurso de reposición número 128/2004, interpuesto

por don Emilio José Blanco Quiza, contra la Orden

JUS/129/2004, de 12 de enero (B.O.E. del día 30), por la que

se nombran funcionarios del Cuerpo de Agentes de la

Administración de Justicia a los aspirantes que superaron las pruebas

selectivas convocadas por Orden JUS/1380/2002, de 30 de abril,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Proceder a rectificar la Orden JUS/129/2004, de

12 de enero (B.O.E. del día 30), por la que se nombran funcionarios

del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, a los

aspirantes que superaron las pruebas selectivas convocadas por

Orden JUS/1380/2002, de 30 de abril, incluyendo en la misma

a don Emilio José Blanco Quiza, con el número 194 bis, a efectos

de su integración en el escalafón, y con el número 74 bis en

el subescalafón del ámbito territorial de Cataluña, que por su

puntuación de 167,44 puntos le corresponden.

Segundo.-Don Emilio José Blanco Quiza, deberá solicitar

destino, conforme lo dispuesto en la Resolución de 24 de octubre

de 2003 (B.O.E. de 10 de noviembre), por la que se hacía pública

la oferta de plazas a los aspirantes que figuraban en la Resolución

de 25 de junio de 2003 (B.O.E. de 9 de julio), ámbito Cataluña.

Tercero.-En el plazo de veinte días naturales, contados a partir

de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado,

don Emilio José Blanco Quiza, deberá presentar en el Registro

General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia,

calle de la Manzana, número 2, o por los medios previstos en

el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los documentos siguientes:

A) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función

de Agentes de la Administración de Justicia, expedido por el

Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda

al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún Régimen

de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales

del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos

correspondientes de las Comunidades Autónomas.

B) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de

incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento

disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas

o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de

funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera

sido rehabilitado, según modelo publicado en anexo.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder

presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá

acreditar que posee las condiciones exigidas en la convocatoria

mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

En el supuesto de que el aspirante tuviera la condición de

funcionario público estará exento de justificar aquellas condiciones

y requisitos ya demostrados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo

de que dependa, en la que se acredite su condición y cuantas

circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si en el plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentare

la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece

de alguno de los requisitos establecidos en la base 2.1 de la

convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición

en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano

Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos

casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de junio de 2004.-P.D. (Orden JUS/1825/2003,

de 26 de junio, el Director General de Relaciones con la

Administración de Justicia, Ricardo Bodas Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Medios Personales al Servicio

de la Administración de Justicia.

ANEXO

Don ................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

de ................... años de edad, con D.N.I. número ...................,

declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo de Agentes de la Administración de

Justicia, que no he sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las

causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las

disposiciones orgánicas.

En ..........................., a ...... de ........................... de 2004.

El declarante

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