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Documento BOE-A-2004-12055

Orden ECI/2050/2004, de 21 de junio, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de vacantes de personal docente en el exterior, convocado por Orden ECD/227/2004, de 29 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2004, páginas 23549 a 23557 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-12055

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD 227/2004, de 29 de enero (Boletín Oficial

del Estado de 10 de febrero), se convocó concurso público de

méritos para la provisión de puestos vacantes de funcionarios

docentes en el exterior, y por Resolución de 7 de mayo de 2004

(Boletín Oficial del Estado de 21 de mayo), se aprobaron las listas

definitivas de admitidos y excluidos, las puntuaciones definitivas

de la fase general y los idiomas definitivamente acreditados y se

procedió a convocar a los candidatos que superaron la fase general

para la realización de la fase específica.

Realizada la fase específica y concluido el proceso de selección,

la Comisión de Selección, en cumplimiento de lo preceptuado

en el apartado 1 de la base octava de la Orden de convocatoria,

ha remitido a esta Subsecretaría la propuesta de resolución del

concurso, conteniendo la relación de candidatos seleccionados,

con indicación de los puestos adjudicados y las puntuaciones

obtenidas por cada uno de ellos.

Cumplidos todos los trámites y requisitos del concurso previstos

en la Orden de convocatoria.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Ordenar la exposición a partir del día 28 de junio

de 2004, en el Servicio de Información del Ministerio de Educación

y Ciencia, en las Direcciones Provinciales del Departamento en

Ceuta y Melilla; en las Delegaciones y Subdelegaciones del

Gobierno, de la lista de candidatos que han realizado la fase específica

prevista en la base sexta B) de la Orden de convocatoria, con

indicación de las puntuaciones obtenidas en cada parte de esta

fase y la total alcanzada en el concurso de méritos.

Segundo.-Adscribir temporalmente, de acuerdo con la base

octava de la Orden de convocatoria, a los profesores relacionados

en el anexo a la presente Orden a los puestos y por los períodos

que se especifican, con indicación así mismo de los puestos que

han resultado desiertos por falta de candidatos que reunieran los

requisitos exigidos.

Los profesores que han resultado seleccionados deben realizar

un curso de formación que tendrá lugar el día 7 de julio de 2004

en la sede del Ministerio de Cultura, en el Auditorio de Plaza

del Rey n.o 1 y que comenzará a las 8,45 horas.

Tercero.-La adscripción de los profesores dependientes de las

Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas

quedará condicionada a la autorización del centro directivo

autonómico correspondiente.

Cuarto.-Los profesores a que se refiere esta Orden tomarán

posesión en sus destinos ante el órgano competente, que remitirá

las certificaciones de toma de posesión, con carácter de urgencia,

a la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de Recursos

Humanos, a los efectos de tramitar la formalización del documento

de inscripción de la toma de posesión en el Registro Central de

Personal.

Quinto.-A los profesores adscritos les será de aplicación el

régimen económico contenido en la base decimocuarta de la Orden

de convocatoria, estando, así mismo, obligados a cumplir el

régimen de dedicación previsto en la base decimocuarta de la citada

Orden.

Las liquidaciones de haberes de los Profesores adscritos

deberán ser remitidas a la Habilitación Central del Ministerio de

Educación y Ciencia, a los efectos de ser incluidos en la nómina de

personal en el extranjero.

Sexto.-La documentación presentada por los participantes en

el concurso de méritos podrá ser retirada, durante el mes de

octubre de 2004. A tal efecto podrán acudir personalmente o delegar

en otra persona, debidamente autorizada, siempre que no se haya

interpuesto recurso por el propio interesado o terceros que

pudieran afectarle. Si la documentación no se retirase en el plazo

señalado, se entenderá que el participante renuncia a su recuperación,

decayendo, por tanto, en su derecho a ello.

Séptimo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y

contra la misma cabe interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo,

conforme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica

6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde

el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano

que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Madrid, 21 de junio de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden

ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE del 6), el Subsecretaio,

Fernando Gurrea Casamayor.

Ilmo. Sr. Secretario General Técnico.

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