El artículo 42 del Estatuto del Consejo de Seguridad, aprobado por el Real Decreto 1157/1982, de 30 de abril, establece que el Director Técnico puede cesar, entre otras causas, a petición propia.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de junio de 2004,
Vengo en disponer el cese, a petición propia, de don José Ignacio Villadóniga Tallón como Director Técnico de Seguridad Nuclear del Consejo de Seguridad Nuclear, agradeciéndole los servicios prestados.
Dado en Madrid, a 18 de junio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Industria, Turismo y Comercio,
JOSÉ MONTILLA AGUILERA
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