Contido non dispoñible en galego
A efectos de lo previsto en el artículo 36.3 de la Ley 14/2003,
de 26 de mayo, de modificación de la Ley 50/1981, de 30 de
diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio
Fiscal,
Este Ministerio, a propuesta del Fiscal General del Estado,
acuerda convocar concurso de traslados para la cobertura de las
plazas que figuran como anexo I de la presente orden.
El presente concurso se sujetará a las siguientes bases:
Primera.-Podrán tomar parte en este concurso todos los
Fiscales de segunda categoría y abogados fiscales de tercera categoría
que llevasen más de dos años desde la fecha de toma de posesión
en la plaza a la que hubieran accedido voluntariamente excepto
los que se encontrasen en alguna de la siguientes circunstancias:
a) Aquellos en los que no concurran los requisitos
establecidos en cada caso.
b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 39.3 de la Ley 50/1981, en redacción dada por la Ley 14/2003,
de 26 de mayo, respecto a las Fiscalías donde estaban destinados,
mientras subsistan las causas que determinaron su traslado.
c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado
por ellos.
d) Los suspensos, mientras sea efectiva la suspensión.
Segunda.-Cada solicitante realizará una única solicitud, según
el modelo que figura en el anexo II de esta orden, en la que hará
constar por orden de preferencia las plazas a las que desea acceder.
Carecerá de validez aquellas instancias que se formulen de manera
condicionada o no aparezcan correctamente cumplimentadas en
todos sus extremos.
Tercera.-Las solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Ministro de
Justicia, se presentarán en el plazo de diez días naturales, a contar
desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín
Oficial del Estado, en el Registro de la Fiscalía General del Estado
(paseo de la Castellana, 17, 28071 Madrid), en el del Ministerio
de Justicia (calle Manzana, 2, 28015 Madrid), o ante el Fiscal
Jefe del destino actual, en cuyo caso éste deberá comunicar al
día siguiente de la finalización del plazo al Fiscal General del
Estado el número de solicitudes presentadas, remitiendo de inmediato
todas ellas, o informando si no hubiera ninguna.
Cuarta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento
del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del
Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe
correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una
vez evacuado, elevará al Ministerio de Justicia la propuesta de
los traslados que procedan, a la que acompañará tanto las
instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.
Quinta.-Recibida la propuesta, este Ministerio elevará al
Consejo de Ministros o resolverá directamente, según proceda, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto
Orgánico del Ministerio Fiscal, adjudicando los correspondientes
destinos.
Sexta.-En aplicación de lo establecido en la regla 4.a de la
disposición transitoria primera del Real Decreto 391/l989, de 21
de abril, las plazas incluidas en el apartado I ("Plazas de 2.a
categoría para Fiscales o Abogados Fiscales") que hubieran de quedar
desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden
de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a los Abogados
Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran destinados
en la Fiscalía o, en su caso, en la adscripción permanente a las
que dichas plazas pertenezcan.
Séptima.-Contra la presente Orden que pone fin a la vía
administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al
de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, según dispone
la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Madrid, 27 de mayo de 2004.-P. D. (Orden JUS/1825/2003,
de 26 de junio), el Director general de Relaciones con la
Administración de Justicia, Ricardo Bodas Martín.
ANEXO I
I. Plazas de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales
Comunidad Autónoma de Andalucía
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Una
plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Algeciras de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Cádiz: Dos plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Ceuta de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Cádiz: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Lucena de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Tres plazas de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de
Fiscal.
Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Melilla de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Aragón
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza
de Fiscal.
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de
Asturias: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Langreo de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Adscripción Permanente de Manacor de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Canarias
Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos plazas
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:
Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León:
Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de León: Una plaza de
Teniente Fiscal.
Adscripción Permanente de Ponferrada de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de León: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Salamanca: Una plaza
de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos
plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza
de Fiscal.
Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de El Prat de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Gava de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Blanes de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Galicia
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza
de Fiscal.
Adscripción Permanente de Vigo de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Pontevedra: Una plaza de Fiscal.
Comunidad de Madrid
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de
Madrid: Tres plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid:
Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas de
Fiscal.
Comunidad Foral de Navarra
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Navarra: Una plaza
de Fiscal.
Comunidad Valenciana
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana: Dos plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Alzira de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de
Fiscal.
Adscripción Permanente de Torrevieja de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza
de Fiscal.
Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Fiscal.
II. Plazas de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales,
a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial
Comunidad de Madrid
Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una
plaza de Fiscal.
III. Plazas de 3.a categoría para Abogados Fiscales
exclusivamente
Comunidad Autónoma de Andalucía
Adscripción Permanente de Baza de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de El Ejido de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía
de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Linares de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Osuna de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Sevilla: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Dos Hermanas de la Fiscalía de
la Audiencia Provincial de Sevilla: Tres plazas de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Aragón
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Alcañiz de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Adscripción Permanente de Avilés de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears:
Dos plazas de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Canarias
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:
Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Ocaña de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Toledo: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Adscripción Permanente de Ponferrada de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de León: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una
plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Galicia
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Tres plazas
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Vigo de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Pontevedra: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad de Madrid
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de
Madrid: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de
Murcia: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Cartagena de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Dos plazas
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Cieza de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza de Abogado
Fiscal.
Comunidad Valenciana
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Alzira de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Dos plazas de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Gandia de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Tres plazas
de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Alcoy de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Elx de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Cinco
plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Barakaldo de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Abogado
Fiscal.
Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Tres plazas de Abogado Fiscal.
ANEXO II (Ver imagen página 22212)
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