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Documento BOE-A-2004-11275

Orden JUS/1854/2004, de 27 de mayo, por la que se convoca concurso de traslado para la cobertura de plazas vacantes en el Ministerio Fiscal.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 17 de junio de 2004, páginas 22209 a 22212 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2004-11275

TEXTO ORIGINAL

A efectos de lo previsto en el artículo 36.3 de la Ley 14/2003,

de 26 de mayo, de modificación de la Ley 50/1981, de 30 de

diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio

Fiscal,

Este Ministerio, a propuesta del Fiscal General del Estado,

acuerda convocar concurso de traslados para la cobertura de las

plazas que figuran como anexo I de la presente orden.

El presente concurso se sujetará a las siguientes bases:

Primera.-Podrán tomar parte en este concurso todos los

Fiscales de segunda categoría y abogados fiscales de tercera categoría

que llevasen más de dos años desde la fecha de toma de posesión

en la plaza a la que hubieran accedido voluntariamente excepto

los que se encontrasen en alguna de la siguientes circunstancias:

a) Aquellos en los que no concurran los requisitos

establecidos en cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en el

artículo 39.3 de la Ley 50/1981, en redacción dada por la Ley 14/2003,

de 26 de mayo, respecto a las Fiscalías donde estaban destinados,

mientras subsistan las causas que determinaron su traslado.

c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado

por ellos.

d) Los suspensos, mientras sea efectiva la suspensión.

Segunda.-Cada solicitante realizará una única solicitud, según

el modelo que figura en el anexo II de esta orden, en la que hará

constar por orden de preferencia las plazas a las que desea acceder.

Carecerá de validez aquellas instancias que se formulen de manera

condicionada o no aparezcan correctamente cumplimentadas en

todos sus extremos.

Tercera.-Las solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Ministro de

Justicia, se presentarán en el plazo de diez días naturales, a contar

desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín

Oficial del Estado, en el Registro de la Fiscalía General del Estado

(paseo de la Castellana, 17, 28071 Madrid), en el del Ministerio

de Justicia (calle Manzana, 2, 28015 Madrid), o ante el Fiscal

Jefe del destino actual, en cuyo caso éste deberá comunicar al

día siguiente de la finalización del plazo al Fiscal General del

Estado el número de solicitudes presentadas, remitiendo de inmediato

todas ellas, o informando si no hubiera ninguna.

Cuarta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento

del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del

Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe

correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una

vez evacuado, elevará al Ministerio de Justicia la propuesta de

los traslados que procedan, a la que acompañará tanto las

instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.

Quinta.-Recibida la propuesta, este Ministerio elevará al

Consejo de Ministros o resolverá directamente, según proceda, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto

Orgánico del Ministerio Fiscal, adjudicando los correspondientes

destinos.

Sexta.-En aplicación de lo establecido en la regla 4.a de la

disposición transitoria primera del Real Decreto 391/l989, de 21

de abril, las plazas incluidas en el apartado I ("Plazas de 2.a

categoría para Fiscales o Abogados Fiscales") que hubieran de quedar

desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden

de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a los Abogados

Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran destinados

en la Fiscalía o, en su caso, en la adscripción permanente a las

que dichas plazas pertenezcan.

Séptima.-Contra la presente Orden que pone fin a la vía

administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de

reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al

de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los

Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, según dispone

la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Madrid, 27 de mayo de 2004.-P. D. (Orden JUS/1825/2003,

de 26 de junio), el Director general de Relaciones con la

Administración de Justicia, Ricardo Bodas Martín.

ANEXO I

I. Plazas de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales

Comunidad Autónoma de Andalucía

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Una

plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Algeciras de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Cádiz: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Ceuta de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Cádiz: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Lucena de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Tres plazas de

Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de

Fiscal.

Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Melilla de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza

de Fiscal.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de

Asturias: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Langreo de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Adscripción Permanente de Manacor de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos plazas

de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:

Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León:

Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de León: Una plaza de

Teniente Fiscal.

Adscripción Permanente de Ponferrada de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de León: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Salamanca: Una plaza

de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos

plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza

de Fiscal.

Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de El Prat de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Gava de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Blanes de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza

de Fiscal.

Adscripción Permanente de Vigo de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Pontevedra: Una plaza de Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de

Madrid: Tres plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía

del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid:

Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas de

Fiscal.

Comunidad Foral de Navarra

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Navarra: Una plaza

de Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Alzira de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Una plaza de

Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de

Fiscal.

Adscripción Permanente de Torrevieja de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza

de Fiscal.

Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Fiscal.

II. Plazas de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales,

a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial

Comunidad de Madrid

Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una

plaza de Fiscal.

III. Plazas de 3.a categoría para Abogados Fiscales

exclusivamente

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de Baza de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de El Ejido de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía

de la Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Linares de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Osuna de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Sevilla: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Dos Hermanas de la Fiscalía de

la Audiencia Provincial de Sevilla: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Alcañiz de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Adscripción Permanente de Avilés de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears:

Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:

Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Ocaña de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Toledo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Adscripción Permanente de Ponferrada de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de León: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una

plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Tres plazas

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Vigo de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Pontevedra: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de

Madrid: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de

Murcia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Cartagena de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Dos plazas

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Cieza de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Alzira de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Gandia de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Tres plazas

de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Alcoy de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Elx de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Cinco

plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Barakaldo de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Tres plazas de Abogado Fiscal.

ANEXO II (Ver imagen página 22212)

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