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Documento BOE-A-2004-11253

Resolución de 4 de mayo de 2004, de la Dirección General de Patrimonio y Museos, de la Consejería de Cultura, por la que se determina incoar expediente para la delimitación del entorno de la zona arqueológica de Valeria (Cuenca), declarada bien de interés cultural.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2004, páginas 22157 a 22158 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2004-11253

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica correspondiente,

Esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:

Primero.

Incoar expediente para la delimitación del entorno de la zona arqueológica de Valeria (Cuenca), declarada bien de interés cultural, en virtud de Real Decreto 3191/1977, de 28 de octubre.

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos (calle Trinidad, número 8, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de Valeria (Cuenca), que según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en el espacio delimitado en esta resolución, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Patrimonio y Museos).

Cuarto.

Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Quinto.

Promover la publicación del presente acuerdo en el D.O.C.M. y en el B.O.E., a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 5 y 6, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 4 de mayo de 2004.‒El Director general, José Miguel del Castillo Abánades.

ANEXO
Delimitación del entorno

La delimitación del entorno de la zona arqueológica de Valeria (Cuenca) vendría definida por:

Polígono 518:

Parcelas: 5050 a 5059, ambas inclusive.

Parcelas: 5061 a 5073, ambas inclusive.

Parcelas: 5075 a 5105, ambas inclusive.

Parcela: 5106, a y b.

Parcelas: 5107 a 5171, ambas inclusive.

Parcelas: 9501 a 9504, ambas inclusive.

Parcela: 5172, a y b.

Parcelas: 5173 a 5182, ambas inclusive.

Parcela: 5183, a y b.

Parcela: 5184, a y b.

Parcelas: 5185 a 5218, ambas inclusive.

Parcelas: 5226 a 5231, ambas inclusive.

Parcelas: 5242 a 5258, ambas inclusive.

Parcelas: 5263 a 5288, ambas inclusive.

Parcela: 5289, a y b.

Parcelas: 5290 a 5295, ambas inclusive.

Parcelas: 5300 a 5309, ambas inclusive.

Parcelas: 5311 y 5312.

Parcelas: 5315 a 5318, ambas inclusive.

Parcelas: 5321, 5323 y 5324.

Parcelas: 5331 a 5333, ambas inclusive.

Parcelas: 5296 a 5299, ambas inclusive.

Polígono 519:

Parcela: 10.

Parcela: 9002.

Parcela: 1003.

Parcelas: 85 a 99, ambas inclusive.

Parcela: 100, a y b.

Parcela: 1007, a.

Parcelas: 144 a 150, ambas inclusive.

Parcela: 1005.

Parcela: 108, a y b.

Parcelas: 109 a 142, ambas inclusive.

Parcelas: 101 a 107, ambas inclusive.

Parcela: 1001, a, b y c.

Parcela: 1002, a.

Parcelas: 1010 a 1012, ambas inclusive.

Parcelas: 5001 a 5072, ambas inclusive.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

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