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Documento BOE-A-2004-11252

Resolución de 27 de mayo de 2004, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural, con la categoría de monumento, a favor del Pazo de Cadaval-Urzaiz, en el ayuntamiento de Nigrán, provincia de Pontevedra.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2004, páginas 22155 a 22156 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2004-11252

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Patrimonio Cultural, en el ejercicio de las competencias atribuídas por el Decreto 8/1998, de 8 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (modificado parcialmente por los Decretos 225/1998, de 17 de julio y 72/2002, de 7 de marzo),

Y, en virtud de lo dispuesto por el título I de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de patrimonio cultural de Galicia, así como por el Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

Vistos los informes de los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de los órganos consultivos de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo en materia de bienes de interés cultural que resultan preceptivos, resuelve:

Primero.

Incoar expediente para la declaración de bien de interés cultural a favor del Pazo de Cadaval-Urzaiz, en el Ayuntamiento de Nigrán, con la categoría de monumento.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por dicha incoación de la manera que se especifica literal y graficamente en los anexos I y II, respectivamente.

Tercero.

Notificarle esta resolución al ayuntamiento de Nigrán, al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado, al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia y a los demás interesados.

Cuarto.

Por tratarse de un bien inmueble y, de conformidad con el artículo 35 de la Lei 8/1995, de 30 de octubre, de patrimonio cultural de Galicia, quedan en suspenso las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como los efectos de las ya otorgadas. La suspensión dependerá de la resolución o caducidad del expediente incoado.

Las obras que, por causa de fuerza mayor, interés general o urgencia, tuvieran que realizarse con carácter inaplazable precisarán, en todo caso, de autorización de los órganos competentes de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Quinto.

Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado, abriéndose un período de información pública de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2004.–El Director General, Ángel Sicart Giménez.

ANEXO I

El contorno de protección del Pazo de Cadaval-Urzaiz de Nigrán (Pontevedra) queda definido por la línea que une los puntos 1-2-3-4-5-6-7, estando el punto 1 situado en la carretera 550 de Pontevedra a Camposancos, frente a la entrada al Club Náutico de Vigo y al restaurante-asador «Los Abetos».

1-2: Linea recta, en dirección SE hasta la encrucijada del camino que va a Priegue y el que baja a Grolos.

2-3: Tramo del camino que va a Priegue, bajando hasta el lavadero en la pista de ascenso a San Román.

3-4: Tramo del camino que baja por el camino de Piñeiro, coincidiendo con el regato, hasta la carretera de Panxón a Vincios.

4-5: Linea recta hasta el extremo SE de la finca del Pazo de Cadaval continuando por la pista cara al sur unos 100 metros.

5-6: Pista que en dirección oeste pasa por detrás del Pazo de Cadaval (Camiño do Xurdán) e sale a la carretera de Panxón a Vincios a la altura del acceso a la iglesia de las Angustias.

6-7: Camino de subida a la carretera C-550 que pasa por delante de la iglesia de las Angustias.

7-1: Tramo de la carretera C-550 de Pontevedra a Camposancos, en dirección Norte hasta cerrar la delimitación.

ANEXO II

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