Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-11153

Resolución de 19 de mayo de 2004, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo, correspondientes al Grupo D.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 15 de junio de 2004, páginas 21840 a 21848 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-11153

TEXTO ORIGINAL

Vacantes los puestos de trabajo de Personal de Administración

y Servicios que se relacionan en el Anexo I, dotados

presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención

a las necesidades del servicio.

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por el

artículo 20, en relación con el 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001,

de 21 de diciembre, de Universidades, y por el artículo 35 de

los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real

Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 31

de julio); de acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, según la redacción dada por la Ley 23/1988,

de 28 de julio, en la relación de puestos de trabajo de la

Universidad; y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado, ha resuelto

convocar concurso para cubrir los citados puestos vacantes con

arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad

Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos

y Escalas clasificados en el grupo D comprendido en el artículo

25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción del personal

docente e investigador, sanitario, de Correos y

Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte Aéreo y

Meteorología.

2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que

se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios

en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de

la situación de suspenso que hayan cumplido el período de

suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de

familiares.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones

a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de

28 de julio.

4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades

Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si

han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular (artículo 29, 3, c), o para el cuidado de familiares, de la

Ley 30/1984) sólo podrán participar si han transcurrido dos años

desde que fueron declarados en dicha situación.

6. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán

instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto

o puestos de trabajo solicitados que no suponga una modificación

exorbitante en el contexto de la Organización. La Comisión de

Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,

la información que estime necesaria en orden a la adaptación

aducida, así como el dictamen de los Órganos Técnicos de la

Administración Laboral, Sanitaria o de los competentes del

Ministerio de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad

Autónoma correspondiente, respecto de la procedencia de la

adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y

funciones del puesto en concreto.

Tercera.-Los puestos de trabajo que pueden solicitarse se

detallan en el Anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos

de adscripción a Grupo que se señalan en el Anexo I y a Cuerpo

o Escala de los referidos en la Relación de Puestos de Trabajo

de esta Universidad.

Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de

acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se

detalla:

4.1 Méritos Específicos: máximo 10 puntos.

4.1.1 Por tener destino en la misma Facultad/Escuela o, en

su caso en el mismo Servicio, o en el mismo Departamento, que

la plaza objeto de concurso 1,25 puntos por año, más 0,1 por

cada mes completo.

4.2 Grado personal consolidado: máximo 20 puntos.

4.2.1 Superior o igual al nivel del puesto solicitado: 20 puntos.

4.2.2 Inferior en 1 ó 2 niveles: 18 puntos.

4.2.3 Inferior en 3 o más niveles: 5 puntos.

4.3 Valoración del trabajo desarrollado en tareas

administrativas: Se valorará en función del tiempo y de las unidades

administrativas donde se hayan prestado los servicios con arreglo a

las siguientes puntuaciones y con un máximo de 30 puntos. Se

establece el límite de los últimos 10 años para valorar este

apartado.

4.3.1 Por servicios prestados en la UNED en la misma

Sección1, nivel 22, del puesto convocado.

Cuando el puesto convocado no dependa de una Sección,

nivel 22, se valorará la unidad inmediatamente superior de

dependencia del mismo, siempre que los puestos desempeñados por

el solicitante no estén adscritos a ninguna Sección, nivel 22.

3,75 puntos por año trabajado más 0,31 por cada mes

completo.

4.3.2 Por servicios prestados en la UNED en el mismo Servicio

del puesto convocado. A estos efectos, cuando el puesto

convocado no dependa de un Servicio, se considerará equiparable al

mismo las siguientes unidades:

Biblioteca.

CSI.

Gerencia2.

Asesoría Jurídica.

Archivo.

2,80 puntos por año trabajado más 0,23 por cada mes

completo.

1 A estos efectos se entiende por Sección:

En cada una de las facultades/Escuelas, se considerarán dos Secciones:

Los Negociados dependientes de cada Sección de Gestión Académica, nivel 22,

es decir, Negociados de Alumnos, Negociados de Gestión Académica y Jefaturas

Técnicas Administrativas de ambos.

La Administración de cada Facultad, Sección nivel 24, que la formarán todas

las Unidades dependientes del administrador de la Facultad, a excepción de las

del punto anterior.

Cada Sección de la Biblioteca.

2 Puestos que figuran en la página 5986 (BOE n.o 38, de 13/02/03) de la

RPT de personal funcionario de la UNED, actualmente en vigor.

4.3.3 Por servicios prestados en la UNED en la misma Área3

del puesto convocado:

1,90 puntos por año trabajado más 0,16 por cada mes

completo.

4.3.4 Por servicios prestados en la UNED en distinta Área3

del puesto convocado:

1,20 puntos por año trabajado más 0,10 por cada mes

completo.

La valoración del trabajo desarrollado se realizará en función

de las áreas históricas vigentes en cada momento en relación con

los puestos de trabajo.

4.3.5 Por servicios prestados en otras Administraciones:

0,1 puntos por año trabajado más 0,008 por cada mes

completo.

A aquellos funcionarios que de forma permanente hubieran

desarrollado tareas en unidades que en el momento de su puesta

en funcionamiento no estuvieran incluidas en la RPT, se les

computará el tiempo de servicios prestados a los efectos de valoración

del trabajo desarrollado, desde el momento de su incorporación

a la unidad.

Las personas que ejerzan funciones con carácter no definitivo,

se les valorará ese tiempo como prestado en el puesto de origen

que tuvieran con carácter definitivo.

En los casos de puestos de trabajo que hayan tenido un cambio

de adscripción al servicio o al área, se seguirá el criterio de valorar

los puestos ocupados, de acuerdo al certificado histórico que

deberá elaborar la Sección de Personal. Este certificado podrá ser

complementado, en su caso, con la información que el Servicio de

Personal facilite a las Comisiones de Valoración, en base al

informe, recabado a estos efectos, de los responsables de las Unidades

y con el currículum vitae de los aspirantes.

4.4 Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán

los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el

área de actividad a la que se opta, impartidos por Organismos

e Instituciones Oficiales dependientes de las Administraciones

Públicas.

4.4.1 Los referidos cursos se valorarán con un máximo de

15 puntos a razón de:

0,08 puntos por hora lectiva.

4.4.2 Los cursos de formación y perfeccionamiento se

acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente

compulsada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será

necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido

impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del P.A.S.

4.5 Antigüedad en la Administración: Se valorará por tiempo

de servicios con un máximo de 25 puntos y a razón de:

4.5.1 Por año de antigüedad en la UNED:

1,25 puntos más 0,10 por cada mes completo.

4.5.2 Por año de antigüedad en otras Administraciones

públicas:

0,40 puntos más 0,03 por cada mes completo.

Quinta.-La propuesta de Resolución para cada una de las

plazas convocadas, deberá recaer sobre la persona candidata que

haya obtenido la mayor puntuación.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo

dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de

Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del

Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate

3 Las Áreas a valorar son las siguientes:

Gestión Económico Financiera.

Gestión Académica.

Servicios Generales.

Biblioteca.

una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante

cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la letra

"S", prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial

del Estado de 6 de febrero), por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 29 de enero.

Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del

modelo que figura como Anexo IV de esta Resolución. Dicho

certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia

de personal de cada Organismo, o por la Sección de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate

de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado

de familiares.

En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán

expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que

figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General

de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de

la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,

asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales

certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del

Ministerio u Organismo donde tuvieran su último destino

definitivo.

Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la

terminación de su período de suspensión.

3. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

4. Los expectantes de destino por supresión del puesto

aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General

de la Función Pública.

Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este

concurso, dirigidas a la Excma. Sra. Rectora Magnífica de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo

publicado como Anexo II de esta Resolución y se presentarán

en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente

al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención

al Público (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de

Educación a Distancia sitas en la c/ Bravo Murillo, 38 (28015

Madrid); Edificio de Humanidades c/ Senda del Rey s/n y Pabellón

de Gobierno, Ciudad Universitaria s/n (28040 Madrid), bien en

las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley, 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación

que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,

adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos

respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o

justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.

Los anexos a presentar son los siguientes:

Anexo II: Solicitud de participación.

Anexo III: Puesto solicitado, por orden de preferencia

Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.

Anexo V: Currículum Vitae profesional.

3. En el supuesto de estar interesados en las vacantes que

se anuncian en este concurso dos funcionarios, por razones de

convivencia familiar, aunque pertenezcan a distintos Cuerpos o

Escalas, podrán condicionar su petición, al hecho de que ambos

obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso

contrario, anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los

concursantes que se acojan a esta petición condicional deberán

acompañar a su instancia una fotocopia de la petición del otro, y

expresarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud.

Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente

Comisión:

Titulares:

Presidente: D. José Antonio Merino Lobo-Jefe Servicio de

Secretaría General.

Vocales:

D.a Julia González Mangada-Jefa Sección de Información.

D. Ángel López Gómez-Jefe Sección de Comunicaciones.

D.a Ana Porras del Río-Puesto Base Facultad Ciencias.

Secretaria: D.a Rosa M.a Carreras Sanz-Jefa Sección de Títulos

Oficiales.

Suplentes:

Presidente: D. Ramón Escuder Cabreja-Jefe Servicio de Alumnos.

Vocales:

D.a Olga Álvarez Rodríguez-Jefa Sección de Gestión de

Institutos.

D. Diego León Lucas-Jefe Sección de Gestión Económica y

Ventas.

D.a María Mercado Martínez-Puesto Base E.T.S.U.I.

Informática.

Secretaria: D.a Rosa M.a Pascual Villar-Jefa Sección de

Recursos y Asuntos Generales.

Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación

de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para

el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto

si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar

el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre

ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción

realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del

plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del

otro puesto.

2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto

de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.

Décima.-El plazo para la Resolución del Concurso será de

cinco meses, contados desde el día siguiente al de la finalización

de la presentación de solicitudes.

Undécima.-1. Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la resolución del Rectorado, determinando el puesto de trabajo

que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será de tres días, si radica en la misma localidad, o de un mes,

si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que

resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al

servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse

desde el día siguiente a dicha publicación.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez

finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido

concedidos a los interesados.

4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como

de servicio activo.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de

reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad,

en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su

publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a su publicación.

Madrid, 19 de mayo de 2004.-La Rectora, María Araceli Maciá

Antón.

ANEXO I

Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid

Complemento

Específico

-Euros

N.o

orden Denominacióndelpuesto Descripción Nivel Adsc.

grupo

1 Puesto Base Servicio de Información J/P. Puesto Base de Atención al Público adscrito al

Servicio de Información, bajo la dependencia orgánica

del Servicio de Información y funcional del Jefe/a

de Sección de Información.

16 7.095,84 D

2 Puesto Base Servicio de Información J/P. Puesto Base de Atención al Público adscrito al

Servicio de Información, bajo la dependencia orgánica

del Servicio de Información y funcional del Jefe/a

de Sección de Información.

16 7.095,84 D

3 Puesto Base Servicio de Información J/P. Puesto Base de Atención al Público adscrito al

Servicio de Información, bajo la dependencia orgánica

del Servicio de Información y funcional del Jefe/a

de Sección de Información.

16 7.095,84 D

4 Puesto Base Servicio de Información J/P. Puesto Base de Atención al Público adscrito al

Servicio de Información, bajo la dependencia orgánica

del Servicio de Información y funcional del Jefe/a

de Sección de Información.

16 7.095,84 D

5 Puesto Base Servicio de Información J/P. Puesto Base de Atención al Público adscrito al

Servicio de Información, bajo la dependencia orgánica

del Servicio de Información y funcional del Jefe/a

de Sección de Información.

16 7.095,84 D

6 Puesto Base Servicio de Secretaría General J/P. Puesto Base adscrito al Servicio de Secretaría

General, bajo la dependencia orgánica del Servicio de

Secretaría General y funcional del Jefe/a de

Sección de Registro General.

16 7.095,84 D

7 Puesto Base Facultad de Derecho J/P. Puesto Base adscrito a la Facultad de Derecho, bajo

la dependencia orgánica del Administrador/a de

la Facultad y funcional del Jefe/a de Negociado

de Secretaría 1 y de Secretaría 2.

16 7.095,84 D

ANEXO V

Currículum vitae

A) Datos personales:

Apellidos:

Nombre:

Documento nacional de identidad:

Domicilio (calle):

Domicilio (localidad):

Código postal:

Teléfono:

B) Datos profesionales:

Cuerpo o Escala:

Nivel de complemento de destino:

Grado consolidado:

Historial profesional (con breve descripción de tareas):

C) Datos académicos y aptitudes:

Títulos:

Cursos:

Idiomas:

Otros:

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid