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Documento BOE-A-2004-1048

Resolución de 23 de diciembre de 2003, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la realización del Proyecto Ciudad Digital con actuaciones básicas en Avilés y actuaciones complementarias en el Concejo de Carreño (Candás).

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2004, páginas 2101 a 2107 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2004-1048

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y El Gobierno del Principado de Asturias para la realización del proyecto de Ciudad Digital con actuaciones básicas en Avilés y actuaciones complementarias en el Concejo de Carreño (Candás), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 23 de diciembre de 2003.–El Secretario de Estado, Carlos López Blanco.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Gobierno del Principado de Asturias para la realización del proyecto de Ciudad Digital con actuaciones básicas en Avilés y actuaciones complementarias en el Concejo de Carreño (Candás)

En Madrid, a 28 de noviembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excelentísimo Sr. D. Juan Costa Climent, Ministro de Ciencia y Tecnología, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 1122/2003, de 3 de septiembre, y actuando en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra, el Excelentísimo Sr. D. Vicente Álvarez Areces, Presidente del Principado de Asturias, nombrado para dicho cargo en virtud del Real Decreto 85/2003 de 4 de julio, y autorizado para la suscripción del presente Convenio por acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias de 3 de noviembre de 2002.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN

1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la sociedad de la información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

2. La iniciativa e-Europe, aprobada por el Consejo Extraordinario de la Unión Europea, celebrado en marzo del 2000 en Lisboa, y su Plan de Acción «e-Europe 2005» aprobado en junio de 2002, incluye la difusión y acercamiento de la sociedad de la información a los ciudadanos, entre sus líneas de acción prioritarias.

3. El Ministerio de Ciencia y Tecnología ha puesto en marcha el Programa de Ciudades Digitales como un programa de telecomunicaciones cuyo objetivo es la promoción e implantación de la sociedad de la información, en un entorno local, incluyendo temas tales como teleadministración, comercio/negocio electrónico, teletrabajo, teleformación, telemedicina, gestión de servicios de uso público, aplicaciones para colectivos con requerimientos especiales, cultura, turismo y ocio, entorno doméstico y móvil, etc. Todo ello basado en redes de telecomunicaciones de alta velocidad.

4. Este Programa a su vez, forma parte, en cuanto a las actuaciones que se realizarán en las Comunidades Autónomas objetivo 1, del Programa Operativo para la Sociedad de la Información, financiado por FEDER de la Unión Europea, que se desarrolla durante el período 2000-2006, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los Fondos Estructurales europeos. Dado que el Principado de Asturias es zona objetivo 1, el retorno será el 50% de la aportación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

5. El Gobierno del Principado de Asturias es consciente del reto que supone la incorporación efectiva a la Sociedad de la Información y, en este sentido, ha propiciado el establecimiento de un marco político de consenso para favorecer el desarrollo de una iniciativa estratégica que favorezca la consecución de estos objetivos de una forma rápida y eficaz.

En las políticas del Gobierno del Principado de Asturias para el desarrollo de la Sociedad de la Información se contempla la realización de experiencias en la misma línea planteada por el Programa de Ciudades Digitales del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

6. Este convenio fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 21 de noviembre de 2003 a propuesta del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El gasto derivado del mismo, al ser de carácter plurianual ha obtenido la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, tal y como dispone el artículo 74.4 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

7. El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aprobó el Convenio en su reunión de 3 de noviembre de 2003, a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública, así como la preceptiva financiación plurianual.

8. El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Gobierno del Principado de Asturias, consideran de interés la colaboración mutua para llevar a cabo proyectos de implantación de la Sociedad de la Información en Asturias.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto plasmar las condiciones con arreglo a las cuales se llevará a cabo la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y el Gobierno del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Economía y Administración Pública, para la realización de las actuaciones básicas del Proyecto de Ciudad Digital en la ciudad de Avilés, y de las actuaciones complementarias en el Concejo de Carreño (Candás); con el fin de promover e impulsar la implantación de la sociedad de la información en dichos entornos locales con los incentivos previstos en este programa de telecomunicaciones. Es fundamental conseguir un efecto de demostración que pueda servir para inducir, propiciar y orientar otras iniciativas en el resto del Principado de Asturias y de España, y que los ciudadanos, empresas e instituciones, se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la sociedad de la información, mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones.

Los destinatarios de este Proyecto son todos los habitantes, empresas e instituciones de los mencionados entornos locales.

Segunda. Convenios y acuerdos sobre aportaciones al Proyecto.

El Gobierno del Principado de Asturias establecerá los correspondientes convenios con el Ayuntamiento de Avilés y el Ayuntamiento de Carreño, para la ejecución del Proyecto, objeto de este Convenio.

Asimismo, el Gobierno del Principado de Asturias obtendrá el compromiso de participación de las Juntas de obras de los Puertos de Avilés y Gijón, con sus aportaciones financieras.

El Gobierno del Principado de Asturias enviará una copia de los convenios con las Corporaciones Locales y de los documentos sobre dichos compromisos a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Tercera. Dirección del Proyecto.

El Ente encargado de la dirección del Proyecto será la Consejería de Economía y Administración Pública por encargo expreso del Gobierno del Principado de Asturias. Dicha Consejería designará un funcionario de la misma como Director del Proyecto. Este Director del Proyecto emitirá un informe técnico y económico cada dos meses sobre la evolución, perspectivas y grado de cumplimiento de los objetivos del Proyecto.

Para la gestión del proyecto el Gobierno del Principado de Asturias y los Ayuntamientos de Avilés y Carreño podrán contar con los servicios de la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Aplicada y la Tecnología (FICYT), así como con otros servicios de consultoría y asistencia técnica de empresas, asociaciones o fundaciones, que consideren necesarios.

Los gastos de consultoría, asistencia técnica u otros gastos de gestión serán imputables al Proyecto. No serán imputables al Proyecto los gastos de personal, viajes, etc, realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas.

Los gastos de preparación del Proyecto realizados entre el 21 de marzo de 2002 (fecha en que fueron entregados el documento base y el convenio tipo del Programa de Ciudades Digitales a los representantes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas), y la fecha de entrada en vigor del convenio, serán imputables al Proyecto. No serán imputables los gastos de personal, viajes, etc, realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas.

Cuarta. Contratos, convenios y otros acuerdos para la ejecución del Proyecto.

El Gobierno del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Avilés y el Ayuntamiento de Carreño establecerán los contratos, convenios, acuerdos, etc, necesarios para la ejecución del Proyecto, objeto de este Convenio, en la parte financiada por las Administraciones Públicas.

La Administración del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Avilés y el Ayuntamiento de Carreño podrán transferir fondos a la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Aplicada y la Tecnología (FICYT), para que ésta contrate o establezca convenios destinados a la ejecución del Proyecto. Los contratos que establezca la fundación FICYT, en el ámbito de este Convenio, deberán cumplir los principios de publicidad y concurrencia que rigen la contratación administrativa; que se señalan en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Quinta. Presupuesto del Proyecto y aportaciones de las entidades participantes.

El presupuesto del Proyecto es de siete millones trescientos mil euros (7.300.000 A).

Las aportaciones, por años, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, del Principado de Asturias, así como las aportaciones que contenga el Convenio que suscribirá el Gobierno del Principado de Asturias con las Corporaciones Locales implicadas son las siguientes (en miles de euros), para el conjunto de actuaciones descritas en la cláusula sexta:

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 900 720 690 690 3.000
Principado de Asturias. 550 650 590 200 1.990
Ayuntamiento de Avilés. 350 250 200 200 1.000
Ayuntamiento de Carreño. 0 10 10 10 30
 Total Administraciones Públicas. 1.800 1.630 1.490 1.100 6.020

Las aportaciones de otras entidades al Proyecto son las siguientes (en miles de euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Autoridades Portuarias. 410 410 400 0 1.220
Cámara de Comercio. 0 0 20 10 30
Operadoras. 0 30 0 0 30
 Total otras Entidades. 410 440 420 10 1.280
  Presupuesto total del proyecto. 2.210 2.070 1.910 1.110 7.300

El Ministerio de Ciencia y Tecnología transferirá al Gobierno Regional los fondos con cargo a la partida presupuestaria 20.14.521B.751 de los Presupuestos Generales del Estado.

El Gobierno del Principado de Asturias realizará sus aportaciones con cargo a las partidas presupuestarias 13.121E.610.09 y 1503.421A.610.05 de sus Presupuestos Generales.

El compromiso del conjunto de transferencias y pagos por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología estará condicionado a la justificación de las aportaciones, y de las actividades, gastos y pagos previstos en este Convenio por parte del Gobierno del Principado de Asturias, y a la justificación por parte de la misma de las aportaciones y las actividades, gastos y pagos de los Ayuntamientos de Avilés y de Carreño. Las aportaciones de otras entidades y agentes no supondrán compromiso a los efectos indicados anteriormente de transferencia y pago por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología realizará un pago inicial a la firma de este Convenio de novecientos mil euros (900.000 A), que corresponde al 30% de su aportación total.

Las aportaciones anuales del Ministerio de Ciencia y Tecnología se harán de acuerdo con los importes indicados para cada actuación en la cláusula sexta. Estas transferencias anuales se gestionarán, en general, a principios de cada año, salvo la transferencia inicial del año 2003.

La Administración del Principado de Asturias enviará cada dos meses a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, los certificados y justificantes de gastos y pagos realizados en los dos últimos meses, correspondientes a las actuaciones financiadas por las Administraciones Públicas, para los gastos y pagos realizados por la Administración del Principado de Asturias.

La Administración del Principado de Asturias enviará a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, los certificados y justificantes de gastos y pagos recibidos el último mes, correspondientes a las actuaciones financiadas por las Administraciones Públicas, para los gastos y pagos realizados por el Ayuntamiento de Avilés y el Ayuntamiento de Carreño.

En ambos casos, su suma total anual será la indicada en la cláusula sexta.

En los convenios que establezca la Administración del Principado de Asturias con los Ayuntamientos de Avilés y de Carreño se incluirá el compromiso de dichos Ayuntamientos de enviar cada dos meses a la Administración del Principado de Asturias los certificados de sus gastos y pagos realizados los dos últimos meses.

Entre otras finalidades, con ello se podrá cumplir con lo establecido en la Resolución de marzo de 2002 de la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial (B.O.E. n.77, de 30-3-2002).

En el caso de que las actuaciones con aportación de las Administraciones Públicas se realizaran parcialmente o con un coste total de todas las actuaciones inferior al previsto, las aportaciones globales de cada Administración Pública se reducirán proporcionalmente a las indicadas en este Convenio.

Al final del Proyecto se realizará la liquidación sobre las bases anteriores, teniendo en cuenta las modificaciones que apruebe la Comisión Mixta de Control y Seguimiento, incluyendo la reasignación de fondos entre actuaciones o la ejecución de otras actuaciones que complementen las programadas en el presente Convenio.

Sexta. Contenido del Proyecto.

Se consideran incluidas en el Proyecto todas las actuaciones financiadas por todas las entidades públicas y privadas. El conjunto de las actuaciones constituye el Proyecto objeto de este Convenio.

Podrán incluirse como gastos imputables al proyecto los costes de adquisición de equipos, programas y sistemas electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, así como el material fungible, y los costes de los servicios de telecomunicaciones correspondientes al Proyecto.

No se incluirán como gastos imputables al Proyecto los costes de compra o edificación de inmuebles, adecuación, restauración, reformas, etc., el alquiler de los mismos, los costes de mobiliario, enseres e instalaciones (excepto las de telecomunicaciones), ni los gastos generales de mantenimiento y de operación (limpieza, electricidad, etc.).

Las actuaciones son las siguientes, con sus presupuestos y aportaciones anuales.

A) Actuaciones en el municipio de Avilés.

Actuación 1. Plataforma de Servicios Digitales B2B en el Puerto de Avilés (Extensión Puerto de Gijón).

1. Descripción: Creación de una plataforma digital capaz de facilitar el comercio portuario entre los diversos actores presentes en el puerto: Autoridad Portuaria, Capitanía Marítima, Administración de Aduanas, Estibadores y Consignatarios.

La plataforma albergará los siguientes contenidos:

Información General:

Servicio de noticias portuarias.

Información estática de los puertos.

Información pública del ámbito comercial de los puertos.

Información de la Plataforma Digital.

Oferta de servicios de operadores portuarios.

Comercio electrónico: Será un área privada que actuará de Ventanilla Única para la petición de servicios portuarios.

Gestión de Atraques: Preavisos de llegada, Solicitudes de atraque y Autorizaciones.

Gestión de Mercancías: Declaraciones Sumarias, Manifiestos de Carga y Descarga, Notificación de Mercancías Peligrosas.

Solicitud de servicios portuarios directos: Grúas, Básculas, Suministro de agua, Suministro de electricidad, Vigilancia tinglados, Ocupación de superficie, Servicios eventuales.

Servicios especializados a cargadores finales y operadores logísticos: Seguimiento de movimiento de buques y mercancías, contratación on-line de servicios de transporte y logística.

Sistema de Información Geográfica (GIS): Plano de localización de buques en puerto, instalaciones y recursos portuarios.

Servicios de comunicación entre usuarios del sistema: Mensajes electrónicos y tablón de anuncios.

Facturación electrónica.

Información interna de la plataforma digital: Estadísticas de uso del sistema por cada usuario, estadísticas de uso global, registro de incidencias...

Gestión del usuario: Cambios de datos informativos del usuario, solicitud de cambio de contraseña...

Tramitación Administrativa: Esta área es totalmente restringida a los administradores del sistema.

Configuración y mantenimiento del sistema.

Control de altas y bajas para el acceso al área privada.

Control de seguridad.

Registro de actividad.

2. Aportaciones (en miles de euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 400 0 0 0 400
Principado de Asturias. 0 200 200 0 400
Autoridades Portuarias. 400 400 400 0 1.200
 Total. 800 600 600 0 2.000

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles de euros):

2004 2005 2006 2007 Total
400 200 200 0 800

Actuación 2. Plataforma basada en realidad virtual (3D) con servicios lúdico-educativos.

1. Descripción: Desarrollo de una plataforma, basada en realidad virtual (3D), con servicios lúdicos educativos y orientada a niños entre 3 y 12 años y a su entorno familiar (padres, hermanos y abuelos). La Plataforma consta pues de contenidos y servicios para cuatro comunidades de usuarios. Dispondrá de representación tridimensional y navegabilidad en puntos de interés. La adaptación gráfica será diferente para cada grupo destinatario. Será esta una actuación emblemática del proyecto por lo que se describe con mayor extensión.

1.a) Servicios orientados a los más pequeños.

Patrimonio histórico cultural de la ciudad.

Patrimonio natural de la comarca.

Oficios (representación tridimensional y navegable de las actividades singulares del entorno: siderurgia, pesca...).

Servicios al ciudadano (orientado a enseñar a los más pequeños los servicios de la ciudad a través entornos tridimensionales y juegos lúdicos-educativos).

Ayuda a tus mayores.

Espacios de participación para niños.

1.b) Servicios orientados a los hermanos.

Juegos.

Música y deporte.

Educación sexual.

Colaboración con ONG, asociaciones...

Espacios de participación (fotos, cuentos, maquetas de música, cortos de vídeo...).

1.c) Servicios orientados a padres.

Educación en valores.

Prevención de drogas.

Relaciones familiares.

Participación social.

Salud y alimentación.

Educación especial

Panel de expertos.

Espacios de debate.

Espacio virtual para APAS y AMPAS con herramientas de generación de contenidos.

1.4) Servicios para los abuelos.

Espacios de participación.

Videoemail.

Juegos de siempre (damas, ajedrez...).

Acomoda el hogar.

Todos los servicios tendrán acceso desde entornos tridimensionales navegables. Sus contenidos serán dinámicos y buen número de ellos autoadministrables.

2. Aportaciones (en miles de euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Principado de Asturias. 350 190 200 0 740
Autoridades Portuarias (Avilés). 10 10 0 0 20
 Total. 360 200 200 0 760

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles de euros):

2004 2005 2006 2007 Total
350 190 200 0 740

Actuación 3. Proyecto piloto de e-administración tipo A2A2C (administración local y regional) centrado en tramitaciones que afectan al ciudadano.

1. Descripción: Esta actuación tiene el objetivo de poner en relación ambas administraciones electrónicamente para un piloto que permita la tramitación electrónica de un número limitado de trámites administrativas que afectan al ciudadano y a las dos administraciones citadas (local y regional). Además, se complementará el piloto con la implantación de una Tarjeta Inteligente (en una grupo de población acotado de Avilés), que sirva de autentificación del usuario y de firma digital o electrónica.

2. Aportaciones (en miles de euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Principado de Asturias. 200 100 100 120 520
Ayuntamiento de Avilés. 350 250 200 200 1.000
 Total. 550 350 300 320 1.520

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles de euros):

2004 2005 2006 2007 Total
550 350 300 320 1.520

Actuación 4. Promoción e implantación de comercio electrónico en Pymes.

1. Descripción: Se realizará una actuación dirigida a Pymes y orientada al asesoramiento e implantación de TIC en las mismas. Para ello se creará un centro de soporte desde donde se realizarán acciones de sensibilización, difusión y captación de Pymes para asesorarlas en la implantación de soluciones tecnológicas y de plataformas de comercio electrónico. Desde el proyecto se dispondrá de un market-place autogestionable para que las Pymes puedan ofrecer y gestionar sus productos. El mencionado Market-place se incorporará a la plataforma 3D descrita en la actuación 2. Al menos deberán de participar en el mismo un mínimo de 20 empresas. En la actuación colaborará la Cámara de Comercio de Avilés.

2. Aportaciones (en miles de euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 50 100 0 0 150
Principado de Asturias. 0 0 60 80 140
Cámara de Comercio de Avilés. 0 0 20 10 30
 Total. 50 100 80 90 320

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles de euros):

2004 2005 2006 2007 Total
50 100 60 80 320

Actuación 5. Proyecto Piloto de Red Inalámbrica libre para el sector hostelero y espacio públicos singulares.

1. Descripción: Creación de una red inalámbrica de acceso a Internet en espacios públicos (bibliotecas, casas cultura...) y empresas del sector hostelero (restaurantes, hoteles y cafeterías) basada en wireless (protocolo 812.11b),y orientada a proporcionar acceso libre a Internet con portátiles y PDAs. Los puntos de acceso libre (asignarían automáticamente IP a los dispositivos inalámbricos detectados en su radio de acción) permitirán que cualquier ciudadano pueda utilizar el acceso a la red sin configuración alguna de su dispositivo. El proyecto piloto pretende aportar valor añadido a los servicios ofrecidos tradicionalmente por los hosteleros mediante la creación de una red de acceso libre que se complementará con los accesos públicos desde telecentros, y se encaminará hacia la conectividad total de la ciudad.

La actuación financiará la conectividad de banda ancha con los operadores de telecomunicaciones existentes, así como los puntos de acceso para la distribución de la señal inalámbrica en los locales y espacios públicos que se adhieran al proyecto. Las operadoras aportarán la infraestructura de acceso (moden y cuota de alta), las empresas la cuota de conexión y el proyecto los puntos de acceso inalámbricos y la asistencia técnica. 2. Aportaciones (en miles de euros):

2. Aportaciones (en miles de euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Principado de Asturias. 0 100 0 0 100
Operadoras Telecomunicaciones. 0 30 0 0 30
 Total. 0 130 0 0 130

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles de euros):

2004 2005 2006 2007 Total
0 100 0 0 100

Actuación 6. Programa de infraestructuras, conectividad y alfabetización digital de la población.

1. Descripción: La actuación tendrá tres acciones bien diferenciadas aunque interrelacionadas. Se agrupan bajo la misma actuación porque todas ellas están orientadas a facilitar el acceso a servicios digitales a la población:

a) Equipamiento y conectividad para familias. Promover la adquisición de ordenador y conexión a Internet en hogares (con preferencia los que tienen hijos en edad escolar) y hasta agotar la partida presupuestaria destinada a ello. Se realizarán acuerdos con operadoras de telecomunicaciones y fabricantes de hardware para proporcionar precios de equipos y conexión muy competitivos. El 60% del coste de la actuación se destinará a ello.

b) Crear una red de centros de acceso público en Avilés consistentes en telecentros o puntos de acceso en centros públicos (bibliotecas, casas de cultura...). A ello se destinará el 20% de la financiación de la actuación para equipamiento, infraestructura tecnológica y conectividad.

c) Realizar un proceso de alfabetización digital de la población aprovechando la infraestructura de accesos públicos de la ciudad (telecentros, equipamientos de colegios, bibliotecas...). La alfabetización digital se realizará mediante acciones presenciales y de teleformación. Se utilizará los materiales del Proyecto «INTERNET PARA TODOS» del Ministerio de Ciencia y Tecnología. El 20% de la financiación de la actuación se destinará a la alfabetización digital.

Las cuatro acciones de la actuación supondrán la creación de un centro de soporte y apoyo técnico a los ciudadanos, con un equipo humano que ayude a los ciudadanos a la configuración de equipos y, al mismo tiempo, realicen la alfabetización digital.

2. Aportaciones (en miles euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 50 50 50 150 300

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles euros):

2004 2005 2006 2007 Total
350 520 590 540 2.000

Actuación 7. Difusión del proyecto global.

1. Descripción: Para que el proyecto de Avilés Ciudad Digital tenga implantación social será necesario realizar una fuerte campaña de difusión y divulgación tanto en la propia ciudad como en el exterior para su visibilidad externa.

2. Aportaciones (en miles de euros):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 350 520 590 540 2.000

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles de euros):

2004 2005 2006 2007 Total
50 50 50 150 300

Actuaciones complementarias en el Concejo de Carreño (Candás).

Las actuaciones que se llevarán a cabo en el Conejo de Carreño son las siguientes, con sus correspondientes presupuestos:

1. Plataforma basada en realidad virtual (3D) con servicios lúdico-educativos. Se realizará una adaptación gráfica al pueblo de Candás para su representación en 3D. Compartirá con Avilés contenidos genéricos, dispondrá de sistemas de automantenimiento de información específica y permitirá la creación de redes ciudadanas locales. Se destinará a ello el 60% de la financiación prevista para Carreño.

2. Promoción e implantación de comercio electrónico en Pymes. Market-Place para Pymes del entorno local de Carreño que se integrará en la Plataforma de 3D. Se destinará el 20% de la financiación.

3. Proyecto Piloto de Red Inalámbrica libre en la Ciudad Residencial de Perlora. Lo que permitirá disponer de conectividad en todo el espacio de la ciudad residencial aportando un valor añadido a los servicios turísticos y de ocio ofrecidos por la misma y ubicada en el Concejo de Carreño. Se destinará el 20% de la financiación.

Aportaciones (en miles de euros):

Proyecto Participantes 2003 2004 2005 2006 Total
Plataforma 3D Lúdico-educativa. MCYT. 50 50 50 0 150
  Principado. 0 30 0 0 30
Comercio Electrónico PYMES. Principado. 0 30 30 0 60
Red Inalámbrica Perlora. Ayto. Carreño. 0 10 10 10 30
  Total. 50 120 90 10 270

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración del Principado de Asturias (en miles de euros):

2004 2005 2006 2007 Total
50 120 90 10 270

Cuadro resumen de aportaciones presupuestarias (en miles de euros)

Actuaciones en el municipio de Avilés

Actuación

Presupuesto

total

MCyT Principado de Asturias Ayto. Avilés Ayto. Carreño Autoridades Portuarias (Avilés) Cámara de Comercio Operadoras de Telecomunic.
Plataforma Puertos. 2.000 400 400     1.200    
Plataforma Lúdico-educativa. 760   740     20    
e-administración. 1.520   520 1.000        
Comercio electrónico PYMES. 320 150 140       30  
Piloto de Red Inalámbrica Libre. 130   100         30
Infraestructura, Conectividad y Alfabetización. 2.000 2.000            
Difusión. 300 300            
  Total. 7.030 2.850 1.900 1.000   1.220 30 30

Actuaciones en el municipio de Carreño (miles de euros)

Actuación

Presupuesto

total

MCyT Principado de Asturias Ayto. Avilés Ayto. Carreño

Autoridades

Portuarias

(Avilés)

Cámara de Comercio Operadoras de Telecomunic.
Plataforma 3D Lúdico-educativa. 180 150 30          
Comercio Electrónico PYMES. 60   60          
Red Inalámbrica Perlora. 30       30      
 Total. 270 150 90   30      
  Presupuesto total. 7.300 3.000 1.990 1.000 30 1.220 30 30

Se considera que las actuaciones más relevantes serán las de: Plataforma de Puertos (Actuación n.º 1), Plataforma de Realidad Virtual con servicios lúdico-educativos (Actuación n.º 2) y el Proyecto Piloto de e-Administración (Actuación n.o 3), en las cuales se hará un especial esfuerzo con objeto de que se alcancen resultados sobresalientes y constituyan una referencia importante para su difusión como proyectos demostradores.

Se considera muy importante que las actuaciones tengan el mayor grado posible de innovación, y que las soluciones que se adopten sean competitivas en el mercado internacional.

Las actuaciones correspondientes al sector privado deberán basarse, en general, en planteamientos que en el futuro sean viables sin aportaciones de las Administraciones Públicas.

Séptima. Información, documentación y revisión de las actividades.

La Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, podrá requerir en determinadas actuaciones del Proyecto y en cualquiera de las fases del mismo (puesta en marcha, definición del pliego de especificaciones, convocatoria de concurso, adjudicaciones, contrataciones, convenios, acuerdos, seguimiento y recepción de obra, etc.) toda la información y documentación elaborada sobre el tema, así como la revisión de las actividades previstas o en ejecución relacionadas con el mismo.

La Administración del Principado de Asturias suministrará la información y documentación indicada, y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de dichas actividades.

En el caso de que la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información emita un informe previo a las actividades relacionadas con una determinada actuación, la Administración del Principado de Asturias analizará la viabilidad y conveniencia de proceder de acuerdo con el contenido del informe. Si la Administración del Principado de Asturias considerara que no es conveniente proceder según el contenido del informe de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, lo comunicará a dicha Dirección General antes de llevar a cabo estas actividades, con objeto de llegar a un acuerdo sobre dicho tema.

El Gobierno del Principado de Asturias, enviará al Ministerio de Ciencia y Tecnología toda la documentación requerida por la Intervención General del Estado, el Tribunal de Cuentas, el Congreso, el Senado, la Comisión de la Unión Europea, o cualquier otro organismo competente, y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de las actividades relacionadas con la misma.

Cuando se produzca algún hecho de consideración que pueda afectar al cumplimiento del calendario de las aportaciones o a la ejecución prevista del Proyecto, la Administración del Principado de Asturias lo comunicará a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para su análisis en la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Estos compromisos se incluirán en los convenios de la Administración del Principado de Asturias con el Ayuntamiento de Avilés y el Ayuntamiento de Carreño.

Octava. Disponibilidad del contenido de este Convenio y de los resultados del Proyecto como demostradores, para su difusión.

El contenido de este Convenio podrá ser utilizado por la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para otras iniciativas, proyectos y convenios, del Programa de Ciudades Digitales.

El Gobierno del Principado de Asturias se compromete a poner a disposición de las personas y entidades interesadas, las realizaciones y resultados conseguidos por el Proyecto, dado el objetivo básico de alcanzar la máxima difusión de dichas realizaciones y resultados.

Estos compromisos se incluirán en el convenio de la Administración del Principado de Asturias con los Ayuntamientos de Avilés y de Carreño.

Novena. Utilización de los desarrollos de diseño específico en el Proyecto.

Con objeto de incentivar su expansión e implantación, en general, se tratará de que los desarrollos y aplicaciones que se realicen específicamente para este Proyecto puedan ser utilizados sin coste adicional en cualquier otro municipio del Principado de Asturias. Este compromiso se incluirá en el convenio de la Administración del Principado de Asturias con los Ayuntamientos de Avilés y de Carreño.

Décima. Participación en el foro de ciudades digitales.

Una vez constituido el foro de ciudades digitales para el intercambio de información, conocimientos y experiencias, la Administración del Principado de Asturias, con el Ayuntamiento de Avilés y el Ayuntamiento de Carreño designarán la representación que considere conveniente para su participación en dicho foro.

Undécima. Notificación a la Comisión de la Unión Europea.

La Administración del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Avilés y el Ayuntamiento de Carreño tramitarán, en su caso, las notificaciones o autorizaciones que procedan ante la Comisión de la Unión Europea, en cumplimiento de lo previsto en el Tratado de la CE y, en particular, en los artículos 87 y 88 de dicho Tratado. Asimismo, se tendrá en cuenta la normativa comunitaria en materia de acumulación de ayudas y, en general, los Reglamentos de los Fondos Estructurales.

Duodécima. Referencia al Ministerio de Ciencia y Tecnología y a la Comisión de la Unión Europea.

En las acciones de difusión del Proyecto, el Gobierno del Principado de Asturias citará al Ministerio de Ciencia y Tecnología y a la Comisión de la Unión Europea (Programa Operativo para la Sociedad de la Información 2000-2006, financiado por FEDER), como Administraciones que han cofinanciado este Proyecto, en todas las referencias a las actividades y resultados del mismo. Este compromiso se incluirá en los convenios de la Administración del Principado de Asturias con los Ayuntamientos de Avilés y de Carreño.

Esto supondrá una referencia a la cofinanciación de la Unión Europea, al contenido de las actuaciones conjuntas y al papel de la Unión Europea en la aplicación de sus fondos.

Decimotercera. Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Con el fin de asegurar un adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del presente Convenio, para su ejecución y financiación, se establece una Comisión Mixta de Control y Seguimiento cuyas funciones serán:

a) Realizar la supervisión y seguimiento de los trabajos y acciones contemplados en el presente Convenio, y su financiación.

b) Interpretar el contenido del presente Convenio y su aplicación.

c) Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.

Serán vocales de la Comisión los siguientes:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, como Presidente de esta Comisión.

Dos representantes de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Un representante de la Delegación del Gobierno en Asturias.

Dos representantes designados por la Administración del Principado de Asturias.

Un representante del Ayuntamiento de Avilés.

Un representante del Ayuntamiento de Carreño.

El Secretario de la Comisión Mixta, con voz pero sin voto, será un representante de la Administración del Principado de Asturias.

La Comisión podrá solicitar la asistencia, en calidad de invitados, de representantes de otras entidades participantes.

La representación de los Ayuntamientos de Avilés y de Carreño se recogerá en los convenios de la Administración del Principado de Asturias con dichos Ayuntamientos.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento se reunirá con la periodicidad que la misma determine y como mínimo dos veces al año.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Proyecto que se planteen en su ejecución. En ningún caso estas modificaciones supondrán la variación del importe de la aportación total del Ministerio de Ciencia y Tecnología expresada en el presente Convenio.

Decimocuarta. Entrada en vigor y duración.

El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia de cuatro años, con la salvedad incluida en la cláusula tercera sobre gastos de preparación del Proyecto.

En el caso de que se considere conveniente, se valorará, en su momento, la posibilidad de prorrogar el mismo de mutuo acuerdo.

La decisión de prórroga se adoptará con una antelación mínima de tres meses sobre la fecha de finalización de la vigencia del Convenio, y por un período máximo de prórroga de dos años Dicha prórroga deberá ser expresa, y determinará las cuantías que sean necesarias para dar cumplimiento a los objetivos del convenio de colaboración. Para la aprobación de la misma se cumplimentarán los mismos trámites formales y procedimentales que se llevan a cabo para la suscripción de este Convenio.

Decimoquinta. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.

El presente Convenio de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas, tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decimosexta. Causas de resolución y efectos de la misma.

El presente Convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de un mes.

En el supuesto de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento sobre las bases indicadas en la cláusula quinta.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Ministro de Ciencia y Tecnología, Juan Costa Climent.–El Presidente del Principado de Asturias, Vicente Alvarez Areces.

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