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Documento BOE-A-2004-1045

Resolución de 29 de diciembre de 2003, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Comunidad Autónoma de Canarias para la realización del Proyecto La Palma Digital en la isla de La Palma.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2004, páginas 2068 a 2075 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2004-1045

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Gobierno de Canarias para la realización del Proyecto

La Palma Digital en la isla de La Palma, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 29 de diciembre de 2003.–El Secretario de Estado, Carlos López Blanco.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Gobierno de Canarias para la realización del Proyecto La Palma Digital en la isla de La Palma

En Madrid, a 23 de diciembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan Costa Climent, Ministro de Ciencia y Tecnología, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 1122/2003, de 3 de septiembre y actuando en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra, el Excmo. Sr. D. Luis A. Soria López, Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, según nombramiento efectuado por Decreto 264/2003, de 12 de julio, actuando en nombre y representación del Gobierno de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29,1k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN QUE

1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la sociedad de la información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

2. La iniciativa e-Europe, aprobada por el Consejo Extraordinario de la Unión Europea, celebrado en marzo del 2000 en Lisboa, y su Plan de Acción «e-Europe 2005» aprobado en junio de 2002, contemplan la difusión y acercamiento de la Sociedad de la Información a los ciudadanos, entre sus líneas de acción prioritarias.

3. El Ministerio de Ciencia y Tecnología ha puesto en marcha el Programa de Ciudades Digitales como un programa de telecomunicaciones cuyo objetivo es la promoción e implantación de la sociedad de la información, en un entorno local, incluyendo temas tales como teleadministración, comercio/negocio electrónico, teletrabajo, teleformación, telemedicina, gestión de servicios de uso público, aplicaciones para colectivos con requerimientos especiales, cultura, turismo y ocio, entorno doméstico y móvil, etc. Todo ello basado en redes de telecomunicaciones de alta velocidad.

4. Este Programa a su vez, forma parte, en cuanto a las actuaciones que se realizarán en las Comunidades Autónomas objetivo 1, del Programa Operativo para la Sociedad de la Información, financiado por FEDER de la Unión Europea, que se desarrolla durante el período 2000-2006, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los Fondos Estructurales europeos. Dado que la Comunidad Autónoma Canaria es zona objetivo 1, el retorno será el 50% de la aportación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

5. El Gobierno de Canarias es consciente del reto que supone la incorporación efectiva a la Sociedad de la Información y, en este sentido, ha propiciado el establecimiento de un marco político de consenso para favorecer el desarrollo de una iniciativa estratégica que favorezca la consecución de estos objetivos de una forma rápida y eficaz.

El Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Canarias incluye la realización de un conjunto de actividades de promoción, incentivación, difusión, sensibilización y demostración, de los Sistemas y Servicios Avanzados basados en las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que permitan el acceso a la Sociedad de la Información, por todas las áreas sociales y territoriales.

6. Este convenio ha sido aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 5 de diciembre de 2003 a propuesta del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El gasto derivado del mismo, al ser de carácter plurianual ha obtenido la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, tal y como dispone el artículo 74.4 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

7. El Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías consideran de interés la colaboración entre la Administración del Estado y el Gobierno de Canarias en este tipo de experiencias.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto plasmar las condiciones con arreglo a las cuales se llevará a cabo la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Industria. Comercio y Nuevas Tecnologías, para la realización del Proyecto La Palma Digital en la isla de La Palma, con el fin de promover e impulsar la implantación de la sociedad de la información en dicha isla con los incentivos previstos en este programa de telecomunicaciones. Es fundamental conseguir un efecto de demostración que pueda servir para inducir, propiciar y orientar otras iniciativas en el resto de la Comunidad Canaria y de España, y que los ciudadanos, empresas e instituciones se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la sociedad de la información, mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones.

Los destinatarios de este Proyecto son todos los ciudadanos, empresas e instituciones de la isla de la Palma.

Segunda. Convenios y acuerdos sobre aportaciones al Proyecto.

El Gobierno de Canarias establecerá el correspondiente convenio con el Cabildo de la Isla de La Palma para la ejecución del Proyecto, objeto de este Convenio.

El Gobierno de Canarias realizará las gestiones necesarias para obtener el compromiso de participación de Ayuntamientos de la Isla de La Palma, con alguna aportación económica al Proyecto.

El Gobierno de Canarias realizará las gestiones necesarias para obtener el compromiso de participación de la Caja General de Ahorros de Canarias, y de la empresa de telecomunicaciones Telefónica S.A., para que realicen aportaciones para la ejecución del Proyecto, objeto de este Convenio.

El Gobierno de Canarias enviará una copia de los convenios con el Cabildo de la isla de La Palma, y de los documentos sobre dichos compromisos a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Tercera. Dirección del Proyecto.

El Ente encargado de la Dirección del Proyecto será la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias, a través de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

Dicha Dirección General designará un funcionario de la misma como Director del Proyecto, que emitirá un informe técnico y económico cada dos meses sobre la evolución, perspectivas y grado de cumplimiento de los objetivos del Proyecto.

Para la gestión del Proyecto, esta Consejería podrá contar con los servicios de consultoría y asistencia técnica que considere necesarios, o podrá realizar una encomienda de gestión a la empresa pública «Instituto Tecnológico de Canarias, S.A.», que deberá instrumentalizarse a través del oportuno convenio de colaboración, conforme se requiere por la Disposición Adicional Segunda, apartado 3, de la Ley Territorial 4/2001, de 6 de julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El Instituto Tecnológico de Canarias (ITC) es una empresa pública del Gobierno de Canarias, adscrita a la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, creada por el Gobierno de Canarias mediante Decreto 130/1992 de 30 de julio. Sus actividades se enmarcan dentro de los campos de Investigación, Desarrollo e Innovación, su objetivo principal es fomentar y apoyar el desarrollo tecnológico del archipiélago Canario, y una de sus cuatro líneas estratégicas es el fomento de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.

Los gastos de consultoría, asistencia técnica u otros gastos, correspondientes a la gestión del Proyecto La Palma Digital serán imputables al citado proyecto. No serán imputables al proyecto los gastos de personal, viajes, etc, realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas.

Los gastos de preparación del proyecto realizados entre el 21 de marzo de 2002 (fecha en que fueron entregados el documento base y el convenio tipo del Programa de Ciudades Digitales a los representantes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas), y la fecha de entrada en vigor del convenio, serán imputables al Proyecto. No serán imputables los gastos de personal, viajes, etc, realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas.

Cuarta. Contratos, convenios y otros acuerdos para la ejecución del Proyecto.

El Gobierno de Canarias, el Cabildo de la Isla de la Palma y los Ayuntamientos implicados en el Proyecto, como se indica en la cláusula segunda, podrán establecer los contratos, convenios, acuerdos, etc, necesarios para la ejecución del Proyecto, en la parte financiada por las Administraciones Públicas.

El Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de la Isla de la Palma podrán transferir fondos al Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. con objeto de que éste contrate o establezca convenios o acuerdos para la ejecución del Proyecto.

Los contratos que establezca dicho Instituto, en el ámbito de este Convenio, deberán cumplir los principios de publicidad y concurrencia que rigen la contratación administrativa; que se señalan en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Quinta. Presupuesto del Proyecto y aportaciones de las entidades participantes.

El presupuesto del Proyecto es de seis millones de euros (6.000.000 euros).

Las aportaciones, por años, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, del Gobierno de Canarias, así como las aportaciones que contengan los convenios que suscribirá el Gobierno de Canarias con el Cabildo de La Isla de la Palma, son las siguientes (en miles de euros), para el conjunto de actuaciones descritas en la cláusula sexta:

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 900 720 690 690 3.000
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias. 120 767 760 753 2.400
Cabildo de La Palma 30 192 192 186 600
   Total AA.PP. 1.050 1.679 1.642 1.629 6.000

El Ministerio de Ciencia y Tecnología transferirá al Gobierno de Canarias los fondos con cargo a la partida presupuestaria 20.14.521B.751 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, con cargo a la partida 20.14.542Q.751 para el año 2004 y su equivalente para los siguientes ejercicios.

El Gobierno de Canarias realizará sus aportaciones con cargo a las partidas presupuestarias 15 10 521 A 626.00 Pi/La 03608001 de sus Presupuestos Generales.

El compromiso del conjunto de transferencias y pagos por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología estará condicionado a la justificación de las aportaciones, y de las actividades, gastos y pagos previstos en este Convenio por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, y a la justificación por parte de la misma de las aportaciones y las actividades, gastos y pagos del Cabildo de la Isla de La Palma. Las aportaciones de otras entidades y agentes no supondrán compromiso a los efectos indicados anteriormente, de transferencia y pago por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología realizará un pago inicial a la firma de este Convenio de novecientos mil euros (900.000 A), que corresponde al 30% de su aportación total.

Las aportaciones anuales del Ministerio de Ciencia y Tecnología se harán de acuerdo con los importes indicados para cada actuación en la cláusula sexta. Estas transferencias anuales se gestionarán, en general, a principios de cada año, salvo la transferencia inicial del año 2003.

La Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías enviará cada dos meses a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, los certificados y justificantes de gastos y pagos realizados en los dos últimos meses, correspondientes a las actuaciones financiadas por las Administraciones Públicas; para los gastos y pagos realizados por la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías.

La Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías enviará a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, los certificados y justificantes de gastos y pagos recibidos el último mes, correspondientes a las actuaciones financiadas por las Administraciones Públicas; para los gastos y pagos realizados por el Cabildo de La Palma.

En ambos casos, su suma total anual será la indicada en la cláusula sexta.

En los convenios que establezca el Gobierno de Canarias con el Cabildo de la Isla de la Palma, se incluirá el compromiso de dichos entes de enviar cada dos meses a la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías los certificados de sus gastos y pagos realizados los dos últimos meses.

Entre otras finalidades, con ello se podrá cumplir con lo establecido en la Resolución de marzo de 2002 de la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial (B.O.E. n.o. 77, de 30.3.2002).

En el caso de que las actuaciones con aportación de las Administraciones Públicas se realizaran parcialmente o con un coste total de todas las actuaciones inferior al previsto, las aportaciones económicas totales de cada Administración Pública se reducirán proporcionalmente a las indicadas en este Convenio

Al final del Proyecto se realizará la liquidación sobre las bases anteriores, teniendo en cuenta las modificaciones que apruebe la Comisión Mixta de Control y Seguimiento, incluyendo la reasignación de fondos entre actuaciones o la ejecución de otras actuaciones que complementen las programadas en el presente Convenio.

Sexta. Contenido del Proyecto.

Se consideran incluidas en el Proyecto todas las actuaciones financiadas por todas las entidades públicas y privadas. El conjunto de las actuaciones constituye el Proyecto, objeto de este Convenio.

Las actuaciones se circunscribirán a la isla de La Palma, excepto en aquellos aspectos que por su naturaleza no puedan limitarse a dicha área.

Podrán incluirse como gastos imputables al Proyecto los costes de adquisición de equipos, programas y sistemas electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, así como el material fungible, y los costes de los servicios de telecomunicaciones correspondientes al Proyecto.

No se podrán incluir como gastos imputables al Proyecto los costes de compra o edificación de inmuebles, adecuación, restauración, reformas, etc., el alquiler de los mismos, los costes de mobiliario, enseres e instalaciones (excepto las de telecomunicaciones), ni los gastos generales de mantenimiento y de operación (limpieza, electricidad, etc).

Las actuaciones son las siguientes, con sus aportaciones y pagos anuales.

Actuación n.º 1: Creación de infraestructuras de acceso

1. Descripción:

a) Misión: Promover el despliegue de las infraestructuras de comunicaciones de banda ancha y el soporte técnico necesario para que todos los ciudadanos puedan acceder a la Sociedad de la Información y del conocimiento, mediante la creación de un centro de atención a usuarios y de un centro proveedor de servicios de aplicaciones.

b) Objetivos:

1. Centro de atención a usuarios: se contratará un Call Center que proporcione servicio y apoyo a todas aquellas preguntas y problemas que surgen en el uso de las tecnologías por parte de los ciudadanos desde sus domicilios o empresas, debiendo estar operativo 24 horas los 365 días del año.

2. Centro proveedor de servicios de aplicaciones: de la misma forma que se centraliza la asistencia en un centro, es conveniente disponer de servicios de aplicaciones centralizados. De esta forma se evita el tener personal especializado en cada instalación y por otro lado, es mucho mas fácil de mantener una sola instalación. Por lo tanto se contratarán los servicios de un centro Proveedor de Servicios de Aplicaciones (ASP), que dará soporte a todos los desarrollos y aplicativos que se necesiten para llevar a cabo el proyecto.

c) Acciones y presupuesto (en miles de €):

Acción Presupuesto
Contratación de un centro gestor de valor añadido  
1. Centro de atención a usuarios. 192
2. Centro proveedor de servicios de aplicaciones. 120
  Total. 312

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 30 30 30 30 120
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias. 48 48 48 48 192
   Total. 78 78 78 78 312

El «centro de atención a usuarios» se financiará con la aportación de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, y el «Centro proveedor de servicios de aplicaciones» se financiará con la aportación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
78 78 78 78 312

4. Forma de ejecución: esta actuación se ejecutará por concurso.

Actuación n.º 2: Formación

1. Descripción:

a) Misión:

Elevar los conocimientos y habilidades en tecnologías de la información de la sociedad palmera, con el fin de situarla en la mejor disposición para acceder a la Sociedad de la Información y del conocimiento.

b) Objetivos:

1. Organizar en el 100% de los municipios palmeros actividades formativas relacionadas con las tecnologías de la información.

2. Conseguir un impacto formativo tal que el 80% de los hogares palmeros tengan algún miembro de la unidad familiar con conocimientos informáticos básicos que le permitan acceder a Internet, usar el correo electrónico y algún programa de ofimática.

3. Adaptar la oferta formativa a la disponibilidad de tiempo de los ciudadanos, de tal forma que sea compatible con sus obligaciones laborales y familiares, organizando cursos en diferentes horarios y tanto de forma presencial como por teleformación.

4. Realizar formación avanzada a los profesionales del campo de las comunicaciones e informática en La Palma, con el fin de que den soporte a las necesidades que surgirán con el desarrollo del proyecto y de formación continuada.

5. Formar emprendedores en el área de las tecnologías de la información, fomentando la creación de empresas informáticas y de servicios que den soporte a la Sociedad de la Información, tomando como sustrato el Proyecto La Palma Digit@l.

6. Formar a los profesionales de la Salud y la Administración Pública para que puedan utilizar con garantías las aplicaciones que deriven de los proyectos de La Palma Digit@l.

7. Desarrollo/contratación de una plataforma de teleformación que facilite el acceso, tanto de profesionales como de usuarios, a los diferentes cursos de formación y perfeccionamiento.

c) Actuaciones y presupuesto (en miles @):

Acción Presupuesto
1. Alfabetización digital (*). 230
2. Cursos avanzados para profesionales del sector (**). 12
3. Cursos de emprendedores (***). 11
4. Cursos formación aplicaciones La Palma DigitUl (****). 60
5. Plataforma de teleformación. 91
   Total. 404

(*) Esta formación se realizará de forma coordinada con otros proyectos de formación para el uso de Internet. Contempla la formación de al menos 15.000 alumnos (600 cursos).

(**) Contempla la formación de al menos 200 alumnos.

(***) Pretende formar al menos a 150 emprendedores en el campo de las tecnologías de la información.

(****) Tienen como objetivo formar a 1.000 profesionales que en el ámbito de la salud y la administración pública vayan a utilizar las aplicaciones derivadas de los proyectos de La Palma Digit@l.

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 45 46 91
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias. 31 100 94 88 313
   Total. 76 146 94 88 404

En esta actuación, la aportación del Ministerio de Ciencia y Tecnología estará destinada a la financiación de la «Plataforma de teleformación». La aportación de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías estará destinada a la financiación del resto de acciones que comprenden esta actuación («Alfabetización digital», «Cursos avanzados para profesionales del sector», «Cursos de emprendedores» y «Cursos formación aplicaciones la palma digit@l»).

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
76 146 94 88 404

4. Forma de ejecución: esta actuación se ejecutará por concurso.

Actuación n.º 3: Difusión, sensibilización e incentivación

1. Descripción:

a) Misión:

Difundir las experiencias locales, nacionales e internacionales en relación con las comunicaciones y el proyecto Ciudades Digitales, con el fin de que la sociedad palmera pueda adaptarse a los requisitos de la nueva economía, mediante la gestión de la información y del conocimiento.

b) Objetivos:

1. Organizar actividades de difusión en todos los municipios de la isla, a través de múltiples formatos, con el fin de llegar a los diferentes grupos sociales.

2. Disponer de un logo tipo identificativo del proyecto que deberá estar presente en todas las acciones de difusión y en los diversos materiales de apoyo utilizados en el proyecto.

c) Actuaciones y presupuesto (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Gabinete de comunicación y sala de prensa virtual. 60
2. Cyberguagua. 3
3. Concursos. 12
4. Conferencias y seminarios. 30
5. Galas y festivales. 15
6. Diseño de un logotipo. 3
7. Papelería. 3
8. Material de apoyo. 3
9. Panel gigante. 3
10. Cartelones. 3
11. Microespacios en radio. 3
12. Publireportajes en televisión. 3
13. Charlas a escolares. 3
14. Acción interna, sin publicidad. 3
   Total. 147

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias. 37 37 37 36 147

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte del Gobierno de Canarias (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
37 37 37 36 147

4. Forma de ejecución: concurso.

Actuación n.º 4: Telecentros

1. Descripción:

a) Misión:

Dotar a la población de un local comunitario de acceso a Internet por banda ancha que oferte servicios de formación a través de la red, teletrabajo, administración, salud en la red y cualquier otro tipo de servicio que pueda prestarse utilizando las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

b) Objetivos:

1. Implantar en todos los municipios palmeros locales de acceso a Intenet por banda ancha dotándoles, en función de la población diana, de una sala polivalente o de diversas salas diferenciadas para acceso web, teletrabajo, teleformación, sala de videoconferencias, etc.

2. Identificar y captar a la población diana mediante campañas de difusión y sensibilización, e identificar servicios de interés en los diversos grupos de población.

c) Actuaciones y presupuesto (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Infraestructura básica y de telecomunicaciones. 1.130
2. Personal de gestión. 60
   Total. 1.730

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias. 6 375 375 374 1.130
Cabildo La Palma. 30 192 192 186 600
   Total. 36 567 567 560 1.730

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
36 567 567 560 1.730

4. Forma de ejecución: concurso.

Actuación n.º 5: Teletrabajo

1. Descripción:

a) Misión:

Evitar la emigración de la población palmera más cualificada en busca de trabajo adecuado a su perfil profesional, posibilitándole realizarlo a través de la red sin tener que abandonar su entorno familiar y sociocultural.

b) Objetivos:

1. Descubrir yacimientos de teletrabajo en La Palma y en Canarias, en general.

2. Asesorar a empresas y a trabajadores para la puesta en marcha de experiencias de teletrabajo en Canarias, utilizando profesionales cualificados de la isla de La Palma.

3. Poner a disposición de la sociedad palmera centros comunitarios de conexión a la red mediante banda ancha, telecentros, donde puedan llevarse a cabo labores de teletrabajo, hasta que se generalice el acceso de banda ancha desde el hogar.

4. Crear un observatorio de teletrabajo y compartir experiencias con otros proyectos nacionales y europeos.

c) Actuaciones y presupuesto (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Consultoría de implantación teletrabajo 180
2. Formación y elaboración material autoformación. 60
3. Portal de teletrabajo. 30
   Total. 270

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 105 60 75 30 270

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
105 60 75 30 270

4. Formación de educación: Concurso

Actuación n.º 6: Salud en red

1. Descripción:

a) Misión.

Facilitar a los ciudadanos y profesionales de la salud, información y formación personalizada, y acceso a la historia de salud, de forma permanente, ágil y segura, garantizando la confidencialidad e integridad de la información, independientemente del nivel asistencial y dispositivo electrónico empleado, utilizando las tecnologías de la información y de gestión del conocimiento.

b) Objetivos:

1. Desarrollar contenidos y aplicaciones adaptadas a las necesidades de los diversos tipos de clientes (ciudadanos y profesionales).

2. Desarrollar aplicaciones que permitan al mismo tiempo la libre circulación de los individuos y la continuidad de los cuidados.

3. Fomentar la participación de los ciudadanos, tanto de forma individual como colectiva, en lo relativo a su salud y cuidados.

c) Actuaciones y presupuesto (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Acceso del paciente a la historia clínica (multicanal). 181
2. Creación de un portal sanitario.  
a) Gestor de contenidos. 181
b) Plataforma de contact center. 211
c) Software de gestión de prestaciones. 120
d) Gestión centralizada de reclamaciones. 60
e) Biblioteca virtual de ciencias de la salud.  
i. Desarrollo o adquisición de software. 120
ii. Servicio de gestión de conocimiento. 181
3. Telemedicina 162
   Total. 1.216

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 280 344 305 287 1.216

3. Importe de los pagos que se justifican por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €

2004 2005 2006 2007 Total
280 344 305 287 1.216

4. Forma de ejecución: Concurso.

Actuación n.º 7: Administración electrónica y relaciones con el ciudadano

1. Descripción:

a) Misión.

Satisfacer las necesidades de los ciudadanos en los servicios que se les prestan desde la Administración Local, mediante una Administración más accesible y próxima a los ciudadanos.

b) Objetivos:

1. Crear una cultura organizativa centrada en el ciudadano.

2. Incrementar la eficacia y funcionamiento eficiente de los servicios públicos.

3. Aumentar la información y participación del ciudadano, favoreciendo su acercamiento e implicación en las políticas que le afectan.

c) Actividades y presupuesto (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Portal de acceso a la administración local. 181
a. Sistema de información al ciudadano.  
b. Herramientas de participación ciudadana.  
c. Administración electrónica.  
2. Herramientas informáticas para la gestión. 903
a. Gestión de los distintos sistemas y subsistemas.  
i. Módulo básico.  
ii. Población.  
iii. Territorio.  
   Total. 1.084

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total

Ministerio de Ciencia y

Tecnología.

346 186 226 326 1.084

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
346 186 226 326 1.084

4. Forma de ejecución: concurso.

Actuación n.º 8: Comercio electrónico

1. Descripción:

a) Misión:

Apoyar a la empresa en la integración, dentro de sus actividades habituales, del uso de Internet y del comercio electrónico, realizando asesoramientos personalizados para la implantación de sistemas y tecnologías de la información, con el fin de mejorar la productividad y abrir nuevos mercados.

b) Objetivos:

1. Introducir a las PYMES, preferentemente de los sectores artesanal y turístico en el comercio electrónico, mediante la realización de un diagnóstico de situación tecnológica; formando y sensibilizando a los empresarios en tecnologías de la información; y realizando asesoramiento personalizado de las empresas, para la implantación de la sociedad de la información y, en concreto, del comercio electrónico.

2. Facilitar la adquisición del software, hardware, comunicaciones y acceso a Internet necesarios para la implantación de la sociedad de la información en las PYMES y, en concreto, del comercio electrónico.

c) Actuaciones y presupuesto:

1. Evaluación de la situación tecnológica de la empresa y de los cambios necesarios para adaptarse a las nuevas tecnologías: durante esta fase las áreas que se analizan en el cuestionario son:

a. Infraestructura tecnológica: hardware, software y de comunicaciones de que dispone la empresa.

b. Uso básico de Internet y del Correo Electrónico.

c. Integración de funcionalidades y tecnologías de B2B y B2C con los sistemas informáticos de la empresa.

2. Cursos de formación empresarial de 20 horas de duración, con el objetivo de proporcionar a los empresarios las herramientas clave para su inicio en el uso de Internet.

3 Asesoramiento personalizado para la implantación de planes individuales de actualización tecnológica: tiene como objetivo principal la implantación de planes de actualización tecnológica en empresas. (Fase 1: entrega a la empresa de asesoramiento personalizado sobre cada valor de la empresa en Internet, modelo de negocio recomendado, y dotación tecnológica necesaria; y fase 2: implantación del modelo de negocio recomendado).

4. Promoción, en condiciones especiales, de la adquisición de hardware, software y comunicaciones.

El presupuesto es el siguiente (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Diagnóstico de situación. 15
2. Formación a empresarios. 6
3. Asesoramiento:  
a. Fase 1. 63
b. Fase 2. 100
   Total. 184

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 76 54 54 184

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de l la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
76 54 54 184

4. Forma de ejecución: concurso.

Actuación n.º 9: Turismo en red

1. Descripción:

a) Misión

1. Ayudar en la elección de Canarias, y La Palma en particular, como destino de sus viajes y vacaciones a los millones de personas que optan por Internet como medio de información y contratación, facilitándoles dichas tareas.

2. Facilitar a las empresas turísticas la información, formación y acceso a las tecnologías de comunicaciones que les permitan entrar en el mercado turístico virtual a través de la Red y así aumentar el volumen de clientes y de facturación, creando una red comercial virtual donde las diferentes empresas del sector cooperen para ofrecer un servicio completo y de calidad.

b) Objetivos

1. Introducir a las PYMES del sector turístico en el comercio electrónico, mediante la realización de un diagnóstico de situación tecnológica formando y sensibilizando a los empresarios en tecnologías de la información, realizando asesoramiento personalizado de las empresas y facilitando la adquisición del software, hardware, comunicaciones y acceso a Internet.

2 Crear un Portal de Turismo, referente del sector en la Comunidad Autónoma, en el que cooperen los distintos actores con intereses en el sector (agencias de viajes, cadenas hoteleras, compañías aéreas, centrales de reservas, «rent a car», «touroperadores», ocio, casas rurales, turismo alternativo, bancos, etc).

c) Actuaciones y presupuesto (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Portal de Turismo. 180

2. Aportaciones (en miles de €):

  2004 2005 2006 Total
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias. 60 60 60 180

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2005 2006 2007 Total
60 60 60 180

4. Forma de ejecución: Concurso.

Actuación n.º 10: Oficina de Proyecto

1. Descripción:

a) Misión: Apoyar a la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, de la Consejería Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, en las labores de dirección y gestión del programa La Palma Digit@l.

b) Objetivos:

1. Elaborar los cuadros de mando que permitan el permanente control del desarrollo del proyecto.

2. Elaborar la documentación necesaria para justificar las diferentes fases del proyecto.

3. Realizar el seguimiento de las diferentes fases de desarrollo del proyecto.

c) Actuaciones y presupuesto (en miles €):

Acción Presupuesto
1. Oficina de proyecto. 438

2. Aportaciones (en miles de €):

  2004 2005 2006 Total
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias. 146 146 146 438

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2005 2006 2007 Total
146 146 146 438

4. Forma de ejecución: Concurso.

Actuación n.º 11: Observatorio Sociedad de la Información

1 Descripción:

a) Misión: Valorar el impacto que los proyectos demostrativos de la Sociedad de la Información y el conocimiento tienen sobre la evolución del sector informático y de las comunicaciones y sobre las preferencias de los usuarios, con el fin de extender estas experiencias en la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Objetivos:

1. Desarrollar indicadores sobre el uso de las comunicaciones y la informática entre la población y empresas en general, en la isla de La Palma.

2. Desarrollar indicadores sobre el impacto que el uso de las comunicaciones y la informática por parte de la población y las empresas tiene sobre dicho sector económico.

3. Comparar dichos resultados con los obtenidos en las restantes islas de la Comunidad Autónoma Canaria.

c) Actuaciones y presupuesto (en miles A):

Acción Presupuesto
1. Observatorio Sociedad de la Información. 35

2. Aportaciones (en miles de €):

  2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 18 17 35

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (en miles de €):

2004 2005 2006 2007 Total
18 17 36

4. Forma de ejecución: Concurso.

Cuadro resumen de aportaciones presupuestarias (en miles de euros)

Actuaciones

Presupuesto

total

MCYT Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias Cabildo de la Isla de la Palma
1 312 120 192  
2 404 91 313  
3 147   147  
4 1.730   1.130 600
5 270 270    
6 1.216 1.216    
7 1.084 1.084    
8 184 184    
9 180   180  
10 438   438  
11 35 35    
Total. 6.000 3.000 2.400 600

Las actuaciones especialmente relevantes son las de Salud en la Red, Comercio Electrónico y Teletrabajo en las cuales se hará un especial esfuerzo con objeto de que se alcancen resultados sobresalientes y constituyan una referencia importante para su difusión como demostradores.

Se considera muy importante que las actuaciones tengan el mayor grado posible de innovación, y que las soluciones que se adopten sean competitivas en el mercado internacional.

Las actuaciones correspondientes al sector privado deberán basarse, en general, en planteamientos que en el futuro sean viables, sin aportaciones de las Administraciones Públicas.

Séptima. Información, documentación y revisión de las actividades.

La Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, podrá requerir en determinadas actuaciones del Proyecto y en cualquiera de las fases del mismo (puesta en marcha, definición del pliego de especificaciones, convocatoria de concurso, adjudicaciones, contrataciones, convenios, acuerdos, seguimiento y recepción de obra, etc.) toda la información y documentación elaborada sobre el tema, así como la revisión de las actividades previstas o en ejecución relacionadas con el mismo.

La Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías suministrará la información y documentación indicada, y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de dichas actividades.

En el caso de que la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información emita un informe previo a las actividades relacionadas con una determinada actuación, la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías analizará la viabilidad y conveniencia de proceder de acuerdo con el contenido del informe. Si la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías considerara que no es conveniente proceder según el contenido del informe de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, lo comunicará a dicha Dirección General antes de llevar a cabo estas actividades, con objeto de llegar a un acuerdo sobre dicho tema.

La Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías enviará al Ministerio de Ciencia y Tecnología toda la documentación requerida por la Intervención General del Estado, el Tribunal de Cuentas, el Congreso, el Senado, la Comisión de la Unión Europea, o cualquier otro organismo competente, y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de las actividades relacionadas con la misma.

Cuando se produzca algún hecho de consideración que pueda afectar al cumplimiento del calendario de las aportaciones o a la ejecución prevista del Proyecto, la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías lo comunicará a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para su análisis en la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Estos compromisos se incluirán en el convenio que establezca el Gobierno de Canarias con el Cabildo de la Isla de La Palma.

Octava. Disponibilidad del contenido de este Convenio y de los resultados del Proyecto como demostradores, para su difusión.

El contenido de este Convenio podrá ser utilizado por la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnologías, para otras iniciativas, proyectos y convenios, del Programa de Ciudades Digitales.

La Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías se compromete a poner a disposición de las personas y entidades interesadas, las realizaciones y resultados conseguidos por el Proyecto, dado el objetivo básico de alcanzar la máxima difusión de dichas realizaciones y resultados.

Este compromiso se incluirá en el convenio que establezca el Gobierno de Canarias con el Cabildo de la Isla de La Palma.

Novena. Utilización de los desarrollos de diseño específico en el Proyecto.

Con objeto de incentivar su expansión e implantación, en general, se tratará de que los desarrollos y aplicaciones que se realicen específicamente para este Proyecto puedan ser utilizados sin coste adicional en cualquier otro municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Este compromiso se incluirá en el convenio que establezca el Gobierno de Canarias con el Cabildo de la Isla de La Palma.

Décima. Participación en el foro de ciudades digitales.

Una vez constituido el foro de ciudades digitales para el intercambio de información, conocimientos y experiencias, la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías conjuntamente con el Cabildo de La Palma designarán la representación que consideren conveniente para su participación en dicho foro.

Undécima. Notificación a la Comisión de la Unión Europea.

El Gobierno de Canarias y el Cabildo de la Isla de La Palma tramitarán, en su caso, las notificaciones o autorizaciones que procedan ante la Comisión de la Unión Europea, en cumplimiento de lo previsto en el Tratado de la CE y, en particular, en los artículos 87 y 88 de dicho Tratado. Asimismo, se tendrá en cuenta la normativa comunitaria en materia de acumulación de ayudas y, en general, los reglamentos de los Fondos Estructurales.

Duodécima. Referencia al Ministerio de Ciencia y Tecnología y a la Comisión de la Unión Europea.

El Gobierno de Canarias y el Cabildo de la Isla de La Palma citarán al Ministerio de Ciencia y Tecnología y a la Comisión de la Unión Europea (Programa Operativo para la Sociedad de la Información 2000-2006, financiado por FEDER), como Administraciones que han cofinanciado este Proyecto, en todas las referencias a las actividades y resultados del mismo. Este compromiso se incluirá en el convenio del Gobierno de Canarias con el Cabildo de la Isla de La Palma.

Esto supondrá una referencia a la cofinanciación de la Unión Europea, al contenido de las actuaciones conjuntas y al papel de la Unión Europea en la aplicación de sus fondos.

Decimotercera. Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Con el fin de asegurar un adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del presente Convenio, para su ejecución y financiación, se establece una Comisión Mixta de Control y Seguimiento cuyas funciones serán:

a) Realizar la supervisión y seguimiento de los trabajos y acciones contemplados en el presente Convenio, y su financiación.

b) Interpretar el contenido del presente Convenio y su aplicación.

c) Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento estará compuesta por los siguientes miembros:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, que presidirá la Comisión.

Dos representantes de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Canaria.

Cuatro representantes del Gobierno de Canarias.

Se considera conveniente la asistencia en calidad de invitados, de representantes de otras entidades participantes.

El Secretario de la Comisión Mixta, con voz pero sin voto, será un representante del Gobierno de Canarias.

Una vez firmado el Convenio de colaboración entre el Gobierno de Canarias y el Cabildo de La Palma para la ejecución del Proyecto, conforme a la cláusula segunda, se incorporará a la Comisión Mixta de Control y Seguimiento un representante del Cabildo de La Palma y un representante de los Ayuntamientos implicados, siendo aminorada en la misma proporción la representación del Gobierno de Canarias.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, dos veces al año.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Proyecto que se planteen en su ejecución. En ningún caso estas modificaciones supondrán la variación del importe de la aportación del Ministerio de Ciencia y Tecnología expresada en el presente Convenio.

Decimocuarta. Entrada en vigor y duración.

El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia de cuatro años, con la salvedad incluida en la cláusula tercera sobre gastos de preparación del Proyecto.

En el caso de que se considere conveniente, se valorará, en su momento, la posibilidad de prorrogar el mismo de mutuo acuerdo.

La prórroga se adoptará, en su caso, con una antelación mínima de tres meses sobre la fecha de finalización de la vigencia del Convenio, y por un período máximo de prórroga de dos años. Dicha prórroga deberá ser expresa, y determinará las cuantías que sean necesarias para dar cumplimiento a los objetivos del convenio de colaboración. Para la aprobación de la prórroga se cumplimentarán los mismos trámites formales y procedimentales que se llevan a cabo para la suscripción de este Convenio.

Decimoquinta. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.

El presente Convenio de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1. c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas, tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decimosexta. Causas de resolución y efectos de la misma.

El presente Convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de un mes.

En el supuesto de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento sobre las bases indicadas en la cláusula quinta.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Ministro de Ciencia y Tecnología, Juan Costa Climent.–El Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, Luis A. Soria López.

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