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Documento BOE-A-2004-10272

Resolución de 15 de abril de 2004, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración firmado entre el INIA y el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, para el Desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación (FINNOVA 2004).

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 2 de junio de 2004, páginas 20343 a 20345 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2004-10272

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), en nombre y representación de este Organismo Autónomo del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre y de otra parte, el Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidente del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, y en presencia de la Excma. Sra. D.ª Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid, han formalizado, con fecha 12 de abril de 2004, un Convenio de colaboración para el «Desarrollo del plan de formación de auxiliares técnicos de investigación FINNOVA-2004», recogido en el Anexo de esta Resolución.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General dispone su publicación en el Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de abril de 2004.–El Director General, P. S. (art. 14.2 RD 1951/2000, de 1 de diciembre, B.O.E de 2 de diciembre de 2000), el Secretario General, Mario Gómez Pérez.

ANEXO
Convenio de Colaboración firmado entre el INIA y el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación (FINNOVA 2004)

REUNIDOS

En Madrid, a 12 de abril de 2004, en la sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, en presencia de la Excma. Sra. Dña. Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan José Güemes Barrios, Consejero de Empleo y Mujer de la Comuniad de Madrid, en su calidad de Presidente del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, en nombre y representación del mismo, en virtud de las competencias delegadas en materia de convenios por Acuerdo de 21 de enero de 2002, del Consejo de Administración del referido Organismo Autónomo.

Y de otra parte, el Ilmo. Sr. D. Adolfo Cazorla Montero, Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con C.I.F. Q-2821013-F, con sede en Madrid, Carretera de la Coruña, Km 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 1676/2000 de 29 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el Artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente para obligarse en el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Servicio Regional de Empleo, creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, tiene como fines, la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad, de todas aquellas actividades de formación para el empleo y de intermediación en el mercado de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid dirigidas a facilitar a los/as trabajadores/as desempleados/as la obtención de un puesto de trabajo digno y adecuado, y a facilitar a los/as empleadores/as la contratación de trabajadores/as con formación y experiencia adecuada a sus necesidades de producción de bienes y servicios, de manera pública y gratuita y en coordinación con otros organismos similares de ámbito regional, nacional o europeo, de tal manera que se garantice la igualdad de oportunidades para el empleo, la libre circulación de trabajadores/as, la unidad del mercado de trabajo y la igualdad de trato, así como la modernización del sistema de atención al/la demandante de empleo y la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que, entre sus funciones se incluye el suscribir convenios y programas con las empresas para la realización de prácticas y contratación del primer empleo, para alumnos/as procedentes de FP (Formación Profesional), Universidades e Institutos Universitarios.

Segundo.

Que, en cumplimiento de las funciones expuestas en el párrafo anterior, se ha convocado el PLAN FINNOVA 2004 por Orden 9035/2003, de 12 de noviembre, de la Consejería de Trabajo, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Puestos de Becas FINNOVA 2004 (BOCM n.º 275).

Tercero.

Que el INIA, Organismo Autónomo del Ministerio de Ciencia y Tecnología, actúa conforme a lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba su Estatuto y posee los medios técnicos suficientes para crear en su seno puestos de prácticas para la formación de auxiliares técnicos vinculados a proyectos de investigación y nuevas tecnologías, contribuyendo al desarrollo de los mismos.

Cuarto.

Que ambas Instituciones complementan sus esfuerzos con el fin de permitir a personas desempleadas la realización de prácticas en el centro de trabajo, que puedan contribuir a su posterior inserción laboral.

En consecuencia, coincidiendo ambas partes en los objetivos aquí expuestos, acuerdan desarrollar el presente Convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto del Convenio.

Es objeto del presente Convenio el establecimiento de un Plan de apoyo a la formación de los/as jóvenes técnicos mediante la adquisición de una serie de habilidades y destrezas de forma práctica en disciplinas innovadoras para mejorar la inserción laboral de los/as mismos/as en Centros de Investigación del INIA.

Segunda. Número y duración de las becas.

El Servicio Regional de Empleo, a través del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos para la Innovación (FINNOVA 2004), ha convocado ocho becas de prácticas para la formación en el ámbito de los proyectos de investigación y nuevas tecnologías, reflejados en el Anexo, atendiendo a la descripción de los perfiles que figuran en el mismo.

La duración de las becas será de 12 meses con dedicación a tiempo completo a comenzar a partir del 1 de enero de 2004.

Tercera. Regulación de la concesión de ayudas y selección de becarios.

La concesión de las becas, las características de las mismas, así como la selección de los becarios/as de entre los solicitantes que reúnan los requisitos mínimos señalados para cada puesto, se sujetará a lo dispuesto en la Orden 9035/2003, de 12 de noviembre, de la Consejería de Trabajo, de tramitación anticipada, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Puestos de Becas FINNOVA 2004(BOCM n.º 275).

Cuarta. Cuantía mensual de la beca.

Los/as candidatos/as finalmente seleccionados/as, percibirán una beca de una cuantía mensual de seiscientos treinta y seis euros (636,00 €).

La condición de becario/a no dará lugar, en ningún caso, a relación jurídica laboral con las partes de este Convenio.

Quinta. Seguimiento de los becarios.

Los/as becarios/as desarrollarán su actividad de prácticas para la formación en el INIA bajo la dirección de un/a tutor/a, que el Instituto designará para cada puesto. El control de seguimiento del aprendizaje y determinación del nivel de rendimiento de los/las participantes corresponderá al/la tutor/a designado/a para la dirección de la actividad del becario/a.

El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid realizará el seguimiento general del Plan mediante los cuadernos de prácticas de los/as becarios/as que los/as tutores/as visarán mensualmente; las escalas de rendimiento que serán cumplimentadas trimestralmente por los/as tutores/as y alumnos/as, así como las escalas de satisfacción de los/as alumnos/as.

Las escalas especificadas en el párrafo anterior deberán remitirse al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid con carácter trimestral.

Las bajas que se vayan produciendo se podrán cubrir, durante el transcurso del 50% del tiempo de duración de la beca desde la fecha de inicio de la misma, con la lista de espera baremada y elaborada en la selección inicial, por un tiempo nunca superior al que reste de la duración total prevista inicialmente.

Sexta. Seguro de accidentes y de asistencia sanitaria.

El INIA suscribirá un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria para la cobertura de los/as becarios/as durante el período de duración de la beca.

Séptima. Aportación económica de las partes.

El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, conforme se establece en la Orden de convocatoria citada, aportará el coste de las becas durante los primeros seis meses de duración de las mismas, por un importe de treinta mil quinientos veintiocho euros (30.528,00 €) con cargo al Programa 960, Partida 48200, del ejercicio 2004, de forma que el INIA tenga con suficiente antelación, los créditos para hacer efectivos los pagos mensuales de las becas.

Por su parte, el INIA aportará el coste restante de las becas que asciende a treinta mil quinientos veintiocho euros (30.528,00 €), así como el coste del seguro de accidentes y asistencia sanitaria de los/as becarios/as durante todo el periodo de duración de las becas, a razón de ventisiete euros y cinco céntimos (27,05 €) por becario/a y mes. El importe total del seguro asciende, por tanto, a dos mil quinientos noventa y seis euros y ochenta céntimos (2.596,80 €).

Estos gastos, por parte del INIA, se imputarán a la aplicación presupuestaria 20.204.542J.780.00 de sus presupuestos y con cargo al ejercicio 2004 en las siguientes proporciones:

Ejercicio 2004 Euros
Beca. 30.528,00
Seguro. 2.596,80
 TOTAL. 33.124,80
Octava. Justificación de las cantidades empleadas.

El INIA justificará al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad Madrid el destino de las cantidades recibidas. Asimismo, remitirá con carácter mensual y durante toda la duración de las becas la certificación acreditativa de la ejecución del programa objeto del presente Convenio, así como de las altas y bajas que se hubiesen producido.

Novena. Comisión de Seguimiento.

A fin de garantizar la eficacia en la coordinación de los aspectos señalados anteriormente, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, y dos representantes del INIA y un/a representante de la Administración General del Estado, designado/a por la Delegación del Gobierno en Madrid, que se reunirá al menos dos veces al año.

Décima. Duración del Convenio.

El presente Convenio de colaboración permanecerá en vigor desde la fecha de su firma hasta la finalización del PLAN FINNOVA 2003-2004 y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2004, al amparo de la Orden 9035/2003, de 12 de noviembre, de la Consejería de Trabajo, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Puestos de Becas FINNOVA 2004 (BOCM n.º 275).

Undécima. Régimen Jurídico.

El presente Convenio tiene naturaleza de los prevenidos en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dicho texto legal, para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse.

Duodécima. Resolución de controversias.

Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del contenido del presente Convenio, serán resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no hubiera acuerdo, las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, reguladora de dicha Jurisdicción, según se dispone en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimotercera. Rescisión.

El presente convenio podrá ser resuelto por acuerdo de ambas partes o por decisión unilateral de una de ellas, motivada por el incumplimiento de sus obligaciones por la otra parte, lo que deberá comunicarse a la otra con un mes de antelación.

Y para que así conste, ambas partes suscriben el presente Convenio en triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre Gil de Biedma.–El Presidente del Consejo de Administración del Servicio Regional de Empleo, Juan José Güemes Barrios.–El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Adolfo Cazorla Montero.

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria

(I.N.I.A.)

Programa de Becas

FINNOVA 2004

Código Descripción del puesto de prácticas Organismo y Departamento Perfil: Títulos de Formación Profesional Reglada Superior Tutor/a
11051 Gestión y organización de recursos naturales y paisajísticos. I.N.I.A. Dpto: Centro de Investigación Forestal.

Gestión y Organización de Recursos y Paisajísticos (F.P.G. SUP.).

Jardinería (F.P.II). Explotación forestal (F.P.II). Aprovechamientos Forestales y Conservación de la naturaleza (F.P. EX.3).

Carmen Hernando Lara.
51052 Caracterización y conservación de una colección de microorganismos de interés alimentario. I.N.I.A. Dpto.: Tecnología de Alimentos. Industria Alimentaria (F.P.G. SUP). Viticultura y Enotecnia (Agraria-F.P.II). Industrias Alimentarias (Química-F.P.EX.3). Margarita Medina Fernández-Regatillo.
81053 Identificación y caracterización de virus, viroides y fitoplasmas parásitos de plantas. I.N.I.A. Dpto.: Protección Vegetal. Análisis y Control (F.P.G. SUP). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P.II). Química de Laboratorio (Química-F.P.II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P.EX.3). Javier Romero Cano.
81054 Análisis químico de productos forestales. I.N.I.A. Dpto: Centro de Investigación Forestal. Análisis y Control (F.P.G. SUP). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P.II). Química de Laboratorio (Química-F.P.II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P.EX.3). M.ª Concepción García Vallejo.
81055 Técnicas de laboratorio en la unidad de producción y criopreservación de ratones transgénicos. I.N.I.A. Dpto.: Reproducción Animal.

Análisis y Control (F.P.G. SUP). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P.II). Química de Laboratorio (Química-F.P.II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P.EX.3).

M.ª Belén Pintado Sanjuanbenito.

 
82056 Emisiones al agua y suelo de los protectores de madera. I.N.I.A. Dpto. Medioambiente. Química ambiental (F.P.G. SUP). Medio Ambiente (Química F.P. EX.3). Ana I. García Valcárcel.
91057 Técnicas en anatomía patológica. I.N.I.A. Dpto.: Centro de Investigación en Sanidad Animal (CISA). Anatomía Patológica y Citología (F.P.G. SUP). Anatomía Patológica (Sanitaria-F.P.II). Anatomía Patológica-Citología (Sanitaria-F.P.EX.3). D. Alejandro Brun.
94058 Técnicas de laboratorio de diagnóstico de enfermedades víricas animales. I.N.I.A. Dpto.: Centro de Investigación en Sanidad Animal (CISA). Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P.II). Esther Blanco.

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