Visto el expediente de indulto de doña Isabel Buendía Utrilla, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, Sección Séptima, de Alicante, en sentencia de fecha 18 de junio de 2003, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 24 euros, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de mayo de 2004,
Vengo en conmutar a doña Isabel Buendía Utrilla la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 21 de mayo de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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