El Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, crea en la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y adscrito al Secretario de Estado el Consejo para la Defensa del Contribuyente, para la mejor defensa de los derechos y garantías del ciudadano en sus relaciones con la Administración Tributaria del Estado.
La composición del Consejo se determina en el artículo cuarto de dicho Real Decreto, disponiendo que los Vocales serán nombrados por el Ministro de Economía y Hacienda mediante la correspondiente Orden Ministerial.
En su virtud, siendo procedente modificar la composición del Consejo para la Defensa del Contribuyente, dispongo:
Agradeciéndoles los servicios prestados, dejan de formar parte como Vocales miembros del Consejo para la Defensa del Contribuyente:
Don Miguel Ángel Sánchez Sánchez.
Don Carlos Lamoca Pérez.
Según se dispone en el artículo 4.1.c) 1.º del Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea el Consejo para la Defensa del Contribuyente, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, oído el Director general de Tributos, se nombra Vocal miembro del Consejo para la Defensa del Contribuyente a don José Manuel de Bunes Ibarra.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.b) 1.º del Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea el Consejo para la Defensa del Contribuyente, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, oído el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se nombra Vocal miembro del Consejo para la Defensa del Contribuyente a don Carlos Javier Cervantes Sánchez-Rodrigo.
Lo que le comunico para su conocimiento, el de los demás interesados y demás efectos.
Madrid, 25 de mayo de 2004.
SOLBES MIRA
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