En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta
de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las
necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 6 plazas del
Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos (Código 1419) por
el sistema general de acceso libre.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso
selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del mes de agosto de 2003. La duración máxima de la fase de
oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Ingeniero Técnico Aeronáutico. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión
de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
al Subsecretario del Ministerio de Fomento. La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Fomento, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de
Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de
las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se
encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, Paseo de la
Castellana, n.o 67, Madrid, teléfono 91.597.87.87. Dirección de
Internet http://www.mfom.es/empleopublico
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Fomento, en el plazo de un mes desde su publicación,
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 29 de abril de 2003.-P.D. (Orden 25-9-00, BOE
5-10-00), el Director General de Organización, Procedimiento y
Control, José A. Sánchez Velayos.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Presidente
del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Descripcion del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Oposición.
2. Curso selectivo.
1. Oposición. La fase de oposición constará de tres ejercicios
obligatorios y tendrán carácter eliminatorio.
Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del
aspirante en relación con las materias, que figuran en el Anexo II
de la convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de
una hora y treinta minutos.
La calificación máxima del ejercicio será de 20 puntos, siendo
necesario obtener 10 puntos, para tener acceso al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio.-Este ejercicio de carácter práctico
consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico extraído al
azar por el Tribunal, en presencia de los aspirantes, de entre un
total de tres elaborados por dicho Tribunal, que versarán sobre
las materias del programa correspondientes a los temas 9 a 22,
ambos inclusive del Capítulo Primero y los comprendidos en el
Capítulo Segundo, que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
Cada uno de los supuestos prácticos deberá comprender
diversos apartados o preguntas, siendo necesario que al menos uno
de ellos verse sobre la normativa a aplicar en el correspondiente
supuesto.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez
finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar
el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando
cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del
original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y
copia) en sobre separados, cerrados y suficientemente
identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres,
entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del
original.
Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo
máximo de 15 minutos formulará preguntas sobre el tema
desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.
La calificación máxima del segundo ejercicio será de 40 puntos,
siendo necesario obtener 20 puntos para superar el mismo.
Tercer ejercicio.-Idioma inglés.
Este ejercicio constará de dos partes:
A) Parte escrita: consistirá en la realización de dos
traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre
dos textos redactados en lengua inglesa y española
respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias
contenidas en el Anexo II de esta convocatoria.
La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una
hora.
B) Parte oral: consistirá en mantener una conversación en
idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de quince
minutos.
La calificación máxima del tercer ejercicio será de 10 puntos.
Será necesario obtener en este ejercicio un mínimo de 5 puntos
para superar el mismo.
El Tribunal podrá ser asistido por especialistas en idioma Inglés,
con preferencia de Profesores de la Escuela Oficial de Idiomas.
2. Curso selectivo. Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo, que constará de una parte teórica y otra práctica,
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos
del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en
el Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto (BOE del 30).
El curso se iniciará en el plazo de dos meses desde la finalización
del plazo de presentación de documentación de los aspirantes
aprobados y tendrá una duración máxima de tres meses y medio.
La parte teórica, tendrá una duración máxima de dos meses
y medio y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran
en el Anexo V de esta convocatoria.
La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar
o reorganizar las materias que figuran en el Anexo V, así como
incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras
actividades formativas complementarias, relacionadas con las
actividades propias de los funcionarios del Cuerpo de Ingenieros
Técnicos Aeronáuticos.
La parte práctica tendrá una duración máxima de un mes y
consistirá en la rotación de los funcionarios en prácticas por
distintas Unidades administrativas de la Dirección General de
Aviación Civil. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios
en prácticas tendrán asignados tutores académicos.
En el plazo de 10 días desde la finalización de las prácticas
reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la
Comisión de Valoración prevista en este Anexo un informe de las
actividades desarrolladas, con los comentarios o sugerencias que
crean oportuno formular.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo
los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección
General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en
materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el
Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.
Sistema de calificación
Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición se
calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1 de este Anexo.
Curso selectivo.-La Comisión de Valoración, nombrada por
la Subsecretaría del Departamento, estará integrada, en la parte
teórica, por los coordinadores de los Módulos II y IV; la
Subdirectora General de Recursos Humanos; la Jefe del Área de
Selección y Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte
práctica estará integrada por los tutores de los aspirantes; la
Subdirectora General de Recursos Humanos y la Jefe del Área de
Selección y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la
Subdirectora General de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta
y la Jefe del Área de Selección y Formación de Secretaria.
La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección
General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo,
quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.
La calificación máxima del curso selectivo será de 100 puntos,
correspondiendo a cada una de las dos partes 50 puntos; siendo
necesario obtener 25 puntos en cada una de las partes para superar
las mismas.
Calificación total.-La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,
en el primero y tercero de dicha fase de oposición.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
PROGRAMA
CAPÍTULO PRIMERO
Temas generales
1. El Constitucionalismo. La Constitución como norma
suprema. La evolución histórica del constitucionalismo español. La
Constitución Española de 1978. Principios informadores,
estructura y reforma constitucional.
2. El ordenamiento Jurídico Administrativo: sus fuentes. La
Constitución. Los tratados internacionales. La Ley. El reglamento.
Otras fuentes del derecho administrativo.
3. La organización administrativa estatal. Principios rectores.
Normas reguladoras. Órganos superiores de la Administración
General del Estado.
4. La organización territorial de la Administración General
del Estado. Delegados del Gobierno, Subdelegados del Gobierno.
Otros órganos territoriales.
5. La Unión Europea. Instituciones. Fuentes del derecho
comunitario.
6. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza.
La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
7. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.
Nulidad y anulabilidad. La responsabilidad patrimonial de la
Administración.
8. La Jurisdicción Contencioso Administrativa. Evolución.
Características generales. El recurso contencioso-administrativo.
9. Organizaciones internacionales de aviación civil (OACI,
CEAC, EUROCONTROL, IATA). Convenios internacionales sobre
aviación civil.
10. Aviación civil en la Administración Pública Española.
Organismos rectores de la misma. Estructura y organización.
Legislación aeronáutica.
11. Planificación de aeropuertos. Integración territorial.
Normativa en España, Planes Directores. Intermodalidad.
12. Seguridad operacional. Marco normativo de la OACI.
Compromisos de los Estados. Programa de auditorias de vigilancia
de la seguridad operacional. Documentación relevante.
13. La inspección del Estado en la aviación civil.
14. El espacio aéreo. La circulación aérea. Su control.
Automatización de la circulación aérea. Sistemas de ayudas.
15. Normas Generales de aplicación a: Certificación de
productos aeronáuticos. Certificación de Tipo. Certificados de
aeronavegabilidad. Organizaciones de diseño. Organizaciones de
producción. JAR-21.
16. Propiedad y gestión de los aeropuertos. Modelos
existentes en UE y resto del mundo. Ingresos comerciales / ingresos
aeronáuticos. Aspectos económico-financieros.
17. Consideraciones en materia de seguridad. Prevención de
accidentes. Prevención de actos ilegales.
18. La programación de las obras. Planificación a largo,
medio y corto plazo. El gráfico de Gant. El Planning. Programación
lineal y dinámica. Método Pert. Pert de tiempo y costos. Camino
crítico. Otros métodos y técnicas.
19. Seguridad e higiene en el trabajo. Riesgos y sistemas de
protección contra accidentes en demoliciones, excavaciones,
pozos, terraplenes y obras en aeropuertos. Equipos y protección
personal.
20. Principios de funcionamiento de un ordenador.
Arquitectura. Memorias. Transferencia de datos.
21. Sistemas operativos. Redes y comunicaciones. Bases de
datos.
22. Normas de calidad. Sistemas de calidad. Documentación.
Auditorias de calidad.
CAPÍTULOSEGUNDO
Grupo I. Temas específicos del transporte aéreo
1. Transporte aéreo: Características. El transporte aéreo en
España. Transporte aéreo comercial. Vuelos regulares y no
regulares.
2. Investigación de accidentes de aviación. Normas de
seguridad en el transporte aéreo. Normativa española y Anexo 13 al
Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
3. La aviación general en España: Aviación privada y
deportiva. Aeroclubs. Trabajos aéreos.
4. Licencias al personal. El Anexo 1 al Convenio de Chicago.
Conceptos básicos relativos al Otorgamiento de licencias.
Licencias al personal y sus habilitaciones. Características de las licencias
de personal. Requisitos sicofísicos de carácter general aplicables
al otorgamiento de licencias.
5. Transporte aéreo comercial con aviones. JAR-OPS 1.
Aplicación. General. Certificación y supervisión del operador aéreo.
Procedimientos operacionales. Operaciones todo tiempo.
Performance. Masa y centrado. Instrumentos y equipos. Equipos de
comunicación y navegación. Mantenimiento del avión.
Tripulación. Manuales, libros y registros. Limitaciones de tiempo de vuelo
y actividad y requisitos de descanso. Transporte de mercancías
peligrosas por vía aérea. Seguridad.
6. Aeronavegabilidad. El Anexo 8 al Convenio de Chicago.
Reglamento CEE 3922/91. Códigos de aeronavegabilidad para
la certificación de productos y partes. Nociones generales sobre
los Códigos JAR.
7. La facilitación. Definiciones y aplicación. Entrada y salida.
de aeronaves. Entrada y salida de personas y de su equipaje.
Entrada y salida de mercancías y otros artículos. Tráfico que atraviesa
el territorio de un Estado firmante del Convenio de Chicago.
Aeropuertos internacionales. Instalaciones y servicios para el tráfico.
Aterrizaje fuera de los aeropuertos Internacionales. Otras
disposiciones sobre facilitación.
8. Investigación de Incidentes de aviación. Definiciones y
aplicación: Generalidades. Notificación. Investigación. Informes.
9. El ruido de las aeronaves. El Anexo 16 al Convenio de
Chicago. Normas específicas de aplicación en Europa y España.
10. Protección del medio ambiente. Emisiones de los motores
de las aeronaves. El Anexo 16 al Convenio de Chicago.
11. Transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía
aérea. Definiciones. Campo de aplicación. Clasificación.
Restricción aplicable al transporte de mercancías, peligrosas por vía
aérea. Embalaje. Etiquetas y marcas. Obligaciones del expedidor
y del explotador. Suministro de información. Organización de
programas de capacitación del personal. Cumplimiento. Notificación
de los accidentes e incidentes imputable al transporte de
mercancías peligrosas.
12. Las JAA. Estructura. funcionamiento. Desarrollo de
normas. Estandarización. Certificaciones y aprobaciones.
13. Convenios bilaterales y multilaterales. Acuerdos de Pool,
Código compartido, aeronaves en arrendamiento temporal,
franquicias. El artículo 83 bis del Convenio de Chicago.
14. Concesión de derechos de tráfico, escala técnica y
sobrevuelo, libertades del aire. Tarifas aéreas, marco legal antes y
después del mercado único.
15. Liberalización del transporte aéreo. Medidas
liberalizadoras en el transporte aéreo comunitario y sus normas de
acompañamiento. Política de la Unión Europea en materia de transporte
aéreo.
16. Los sistemas informatizados de reservas de billetes.
17. Economía de una compañía aérea. Costes fijos y variables.
Las tarifas y sus costes. Balance y cuenta de resultados. Diferencia
de planteamiento económico entre compañías chárter y regulares.
18. Medidas de protección a los usuarios del transporte aéreo.
19. Organizaciones de mantenimiento aprobadas.
Certificación de1 mantenimiento. Datos aprobados. Registros y
certificaciones.
20. Garantías de seguridad secundarias. Función auditora.
Seguimiento y control de acciones correctoras. Gestión y reporte
al gerente responsable.
21. Personal certificador. Requisitos de formación y
experiencia. Autorización para certificar. Registro de personal certificador.
22. Normas europeas relativas al otorgamiento de licencias
al personal. Requisitos y condiciones aplicables al otorgamiento
de licencias de acuerdo con las normas JAR-FCL 1 y 3 y las
disposiciones emitidas para su puesta en vigor.
23. Requisitos y condiciones de utilización y calificación de
dispositivos sintéticos de entrenamiento. Normas JAR STD.
24. Autorizaciones para operaciones especiales con
aeronaves. RVSM-NAT, RVSM-EUR, MNPS, RNP 10, BRNAV.
Grupo II. Temas específicos de planificación y proyecto
1. Análisis de la capacidad del aeropuerto. Metodología.
Capacidad y planificación del campo de vuelo y plataforma. Capacidad
y planificación de edificios terminales. Asignación de horarios.
2. Afecciones medioambientales. Ruido y emisión de
contaminantes. Declaración de Impacto Ambiental.
3. Cartas aeronáuticas. Definiciones, aplicación y
disponibilidad. Especificaciones generales. Planos de obstáculos de
aeródromo (OACI tipo A y B). Carta de posición. Carta de
radionavegación. Carta de área terminal. Carta de aproximación por
instrumentos. Carta aeronáutica mundial 1:1.000.000. Carta de
aterrizaje. Planos de aeródromo. Carta de navegación aeronáutica
(OACI escala pequeña). Carta topográfica para aproximaciones
de precisión.
4. Sistemas de radioayudas para el control de ruta y
aproximación. Radiofaros no direccionales y omnidireccionales.
Radiotelemetría. Sistemas de ayuda al aterrizaje. Radares: primario y
secundario. Sistemas de posicionamiento por satélite.
5. Sistemas de comunicaciones tierra-aire. Sistema SELCA.
Tipos de modulación. Bandas de frecuencias de uso aeronáutico.
Servicio de radiodifusión aeronáutica (ATISS y VOLMET).
6. Seguridad aeroportuaria y planes de emergencia.
Requerimientos según OACI.
7. Servicio de información aeronáutica. El NOTAM. Circulares
de información aeronáutica. Información anterior y posterior al
vuelo. Requisitos de telecomunicaciones.
8. Proyecto de aeródromos: Pistas. Generalidades.
Configuración. Criterios relativos a la longitud de pista. Parámetros de
performance de los aviones que inciden en la longitud de pista.
Características físicas de las pistas, márgenes, franjas, áreas de
seguridad de extremo de pista, zonas libres de obstáculos y zonas
de parada. Distancias declaradas. Restricción y eliminación de
obstáculos. Servidumbres aeronáuticas.
9. Proyecto de aeródromos: Calles de rodaje. Calles de salida
rápida. Calles de rodaje en puentes. Superficies de enlace.
Márgenes y franjas de las calles de rodaje. Apartaderos de espera
y otras calles de desviación. Plataformas: Información, trazados
y dimensiones. Segregación del tráfico en el área de movimiento.
10. Proyecto de aeródromos: Pavimentos. Prácticas para
notificar la resistencia de pavimentos de aeródromos. Guía en las
operaciones de sobrecarga. Evaluación de los pavimentos. Prácticas
de los estados para el proyecto y evaluación de los pavimentos.
Métodos para mejorar la textura superficial de las pistas.
Protección de pavimentos asfálticos. Cuestiones estructurales
relativas a las alcantarillas y a los puentes.
11. Proyecto de aeródromos: Ayudas visuales. Características
funcionales de las ayudas visuales terrestres. Señales y balizas
de superficie. Área de señales y paneles de señalización.
Iluminación de las pistas de vuelo y calles de rodaje. Reglajes de
intensidad luminosa. Sistema de luces de entrada a la pista. Luces
de guía para el vuelo en circuito. Sistemas visuales indicadores
de pendiente de aproximación. Sistema de guía y control de los
movimientos en la superficie. Letreros de guía para el rodaje.
Sistema de guía visual para el estacionamiento y atraque. Iluminación
de plataformas con proyectores. Luces de obstáculos.
Frangibilidad.
12. Configuración y diseño de helipuertos. Características
físicas. Restricción y eliminación de obstáculos. Ayudas visuales.
Grupo III. Temas específicos de navegación aérea
1. Estructuración de espacio aéreo y control de la circulación
aérea. Ayudas a la navegación para aeronaves en rutas. Control
de aérea. ACC. Control de aproximación APP. Control de
aeródromos TWR. Servicio de información de vuelo. Servicio de alerta.
2. Sistemas omnidireccionales VOR. Sistemas no
direccionales NDB.
3. Determinación de distancias: DME. Asociación a otros
sistemas. Sistemas DME/P.
4. Sistema de radar. Radar primario, radar secundario.
5. Sistema de aproximación y aterrizaje: ILS. MLS.
6. La información aeronáutica (AIS). Cartografía. Notames.
Información meteorológica.
7. Servicio meteorológico para la navegación aérea
internacional. Definiciones. Disposiciones generales. Sistema mundial de
pronósticos de aérea y oficinas meteorológicas. Observaciones de
informes meteorológicos. Observaciones e informes de aeronave.
Pronósticos. Información SIGMET. Avisos de aeródromo y avisos
de gradiente de viento. Necesidades en materia de comunicaciones
y utilización de las mismas. Red MOTNE.
8. PANS OPS. Operación de aeronaves. Definiciones.
Construcción de procedimientos y criterios de franqueamiento de
obstáculos para los procedimientos de salida y de aproximación por
instrumentos. Construcción del procedimiento y criterio de
franqueamiento de obstáculos para los procedimientos de espera.
Construcción de procedimientos y criterios en materia de
franqueamiento de obstáculos en relación con los los procedimientos
de vuelos por instrumentos de los helicópteros.
9. Operación todo tiempo. La conservación de los niveles de
integridad y continuidad en el servicio. Diseño de los monitores.
Caso de ILS. Determinación de la integridad a partir del cálculo
de la probabilidad de transmisión de radiaciones erróneas no
detectadas. MTBF y MTBO. Ejemplos de configuración ILS para
operación todo tiempo.
10. Sistemas de visualización ATS. Sistemas centralizados y
descentralizados. Organización general de las unidades
autónomas de visualización- tratamiento de los mensajes. Selección de
datos: Mapas, datos SSR y pistas radar. Presentaciones tabulares:
Funciones de edición.
11. Uso de satélites para telecomunicaciones. Satélites
geoestacionarios. Bandas de frecuencias utilizadas. Tipos de antenas
utilizados. Cobertura de satélite. Estaciones terrestres. Principales
problemas técnicos de la recepción por satélite. Ejemplos de
satélites existentes.
Grupo IV. Temas específicos de infraestructura del transporte
aéreo
1. Proyecto y dimensiones del terminal de pasajeros.
Superficies y volúmenes. Proyecto y dimensiones del terminal de carga.
Superficie y volúmenes.
2. Proyecto y dimensiones de otros edificios: Torre de Control.
Edificio contra incendios. Central eléctrica. Centro de emisores,
etcétera.
3. Instalaciones especiales en los edificios terminales de
aeropuertos: Pasarelas telescópicas, facturación y recogida de equipos,
telefonía y megafonía, teleindicadores.
4. Instalaciones eléctricas en aeropuertos. Centros de
transformación y redes de distribución.
5. Servicios de aeropuertos: Salvamento y extinción de
incendios. Nivel de protección que ha de proporcionarse. Características
de los aeropuertos que afectan a los servicios de salvamento y
extinción de incendios. Necesidades en cuanto a medios de
comunicación y de alerta. Vehículos. Ropa protectora y equipo
respiratorio. Servicios médicos de ambulancia. Características de los
agentes extintores. Estación de servicio de extinción de incendios.
Personal.
6. Servicios de Aeropuertos: Salvamento y extinción de
incendios. Organización de los servicios de emergencia. Procedimientos
que deben seguirse durante las operaciones de salvamento y
extinción de incendios de aeronaves. Instrucción. Recubrimiento de
las pistas con espuma como medida de protección en caso de
aterrizaje violento. Prácticas que se siguen en las operaciones
de reabastecimiento de combustible de las aeronaves.
7. Servicios de aeropuertos: Limitación de obstáculos.
Superficies. Alturas. Servidumbres. Proyectos de construcción.
Establecimiento de superficies limitadoras de obstáculos. Supresión y
apantallamiento de obstáculos. Señalamiento y notificación.
Levantamiento de planos de obstáculos. Equipos e Instalaciones
de aeropuertos que puedan constituir obstáculos.
8. Servicios de aeropuertos. Reducción de los peligros
debidos a las aves. Administración y seguridad de las plataformas.
Control de ruido en tierra. Franqueamiento de obstáculos.
Accidentes-incidentes de aeronaves. Retirada de las aeronaves
inutilizadas. Plan de emergencia. Servicios médicos. Salvamento y
extinción de incendios. Seguridad. Control de vehículos.
Incidentes que afectan a personas y propiedades fuera de los límites del
aeropuerto. Seguridad durante exhibiciones de vuelo. Datos acerca
de los aeródromos.
9. Servicios de aeropuertos: Métodos de mantenimiento de
aeropuertos. Mantenimientos de las ayudas visuales.
Mantenimiento de las instalaciones eléctricas del aeropuerto. Mantenimiento
de los pavimentos. Avenamiento o drenaje. Mantenimiento de las
zonas no pavimentadas. Mantenimiento del equipo y de los
vehículos edificios.
ANEXO III
Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Tribunal Titular:
Presidente: D. Manuel Ocaña Losa, Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos.
Vocales: D. Manuel Varela Blanco, Cuerpo de Ingenieros
Técnicos Aeronáuticos.
D. Tomás Martín Domingo, Cuerpo de Profesores Titulares de
Escuelas Universitarias.
D. Francisco Soriano Llano, Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
Secretario: D.a Paloma López Tosar, Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos.
Tribunal Suplente:
Presidente: D. José Antonio Basañez Ortiz, Cuerpo de
Ingenieros Aeronáuticos.
Vocales: D. Javier Martín Martín, Cuerpo de Ingenieros
Técnicos Aeronáuticos.
D. Félix Alonso Alarcón, Cuerpo de Profesores Titulares de
Escuelas Universitarias.
D.a Aurora Moyano Andrés, Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
Secretario: D.a Marta Fernández Fernández, Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Fomento".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"Ingeniero Técnico Aeronáutico".
El importe de la tasa por derechos de examen será de 18,76 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182-2458-10-0200000489, del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Fomento. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V
Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Curso selectivo
Módulo I: Trabajo en equipo.
Módulo II: Administración y Función Pública.
Módulo III: Elaboración de informes.
Módulo IV: Gestión Administrativa y gestión
económica-financiera.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid