A la vista del Acuerdo de la Comisión de Reclamaciones de
esta Universidad, de fecha 30 de septiembre de 2002, sobre la
reclamación presentada por D. José Agüera Murillo, contra la
propuesta de la Comisión nombrada para juzgar el Concurso de la
plaza de Catedrático de Escuela Universitaria, área de
conocimiento "Filosofía-150" convocado por resolución del día 15 de marzo
de 2001 (B.O.E. 5 de abril) y la resolución rectoral de fecha 14
de marzo de 2003, por la que se levanta la suspensión del
nombramiento del candidato impugnado Dr. D. Miguel Pastor Pérez;
De conformidad con lo previsto en la Disposición transitoria
octava, apartado 2, de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades (B.O.E. 24 de diciembre) y de acuerdo con lo que
establece la Ley 11/1983, de 25 de agosto, y el Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real Decreto
1427/1986, de 13 de junio;
Considerando que se han observado los procedimientos y
cumplidos los requisitos establecidos en la legislación vigente,
Este Rectorado ha resuelto nombrar al Dr. D. Miguel Pastor
Pérez Catedrático de Escuela Universitaria de esta Universidad,
del área de conocimiento de "Filosofía", adscrita al Departamento
de Metafísica y Corrientes Actuales de la Filosofía, Ética y Filosofía
Política.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este
mismo órgano en el plazo de un mes, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92 de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados
a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los
arts. 116 de la Ley 4/99, antes citada, y 46.1 y 8.3 de la Ley
29/28 de 13 de julio (B.O.E. de 14 de julio) de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 9 de abril de 2003.-El Rector, Miguel Florencio Lora.
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