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Documento BOE-A-2003-7668

Resolución de 26 de marzo de 2003, de la Secretaría General de Asuntos Sociales, por la que se da publicidad a sorteos extraordinarios del cupón de la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2003, páginas 14657 a 14658 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-7668

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, por el que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (O.N.C.E.) en materia de Cooperación, Solidaridad y Competitividad para la Estabilidad de futuro de la O.N.C.E., determina entre otras materias, las condiciones generales del régimen de los sorteos del cupón de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, ordenando a su vez, su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.

Por su parte, la nueva redacción dada al artículo 8.3.d) por el Real Decreto 1200/1999, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 358/91, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, expresa que corresponde al Consejo de Protectorado de la ONCE establecer, los criterios y procedimientos adecuados para ejercer el control sobre las materias relativas al cupón y otras modalidades de juego autorizadas a la ONCE.

El Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión del 29 de febrero de 2000 aprobó los Procedimientos y Criterios de Control sobre las materias relativas al cupón y otras modalidades de juego autorizadas a la ONCE.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, así como en los citados Reales Decretos, y en los Procedimientos y Criterios de Control sobre las materias relativas al cupón, y previo acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado en su reunión de 26 de marzo de 2003, que actúa por delegación del citado Consejo, procede dar publicidad a los sorteos extraordinarios del cupón, a celebrar los días 22 de junio y 16 de agosto de 2003.

1.º Sorteo Extraordinario del día 22 de junio de 2003, con un premio especial a un solo cupón de cien mil euros (100.000 €) al año durante veinticinco años consecutivos, más cuatro millones de euros (4.000.000 €) al contado.

1.1 Para el sorteo extraordinario del día 22 de junio de 2003 el precio unitario del cupón es de tres euros (3 €).

1.2 La estructura de premios presenta las siguientes cuantías para las diferentes categorías:

1.2.1 Premio a las cinco cifras y serie: Cien mil euros (100.000 €) al año durante veinticinco años consecutivos, más cuatro millones de euros (4.000.000 €) al contado a un solo cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.2 Premio a las cinco cifras: Treinta mil euros (30.000 €) por cupón a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado con premio a las cinco cifras y serie mencionado en el punto anterior.

1.2.3 Premio a las cuatro últimas cifras: Trescientos euros (300 €) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.4 Premio a las tres últimas cifras: Treinta euros (30 €) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.5 Premio a las dos últimas cifras: Cinco euros (5 €) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.6 Premio a la última cifra (reintegro): Tres euros (3 €) por cupón, a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.

1.3 Ninguno de los premios enunciados en el párrafo anterior son acumulables.

1.4 La proporción global destinada a premios es del 41,91 %.

1.5 El número de series a emitir es de 110 series, lo que supone una emisión de treinta y tres millones de euros (33.000.000 E) constando cada una de ellas de 100.000 cupones, numerados correlativamente desde el 00.000 hasta el 99.999.

1.6 Este sorteo comenzará a comercializarse a partir del día 9 de junio de 2003 y se regulará por el «Reglamento del Sorteo del Cupón de la ONCE, a partir del 1 de enero de 2003», y el Anexo específico referido al Reglamento, aprobado por el Consejo General de la ONCE el 26 de febrero de 2003.

2.º Sorteo Extraordinario del día 16 de agosto de 2003, con un premio especial a un sólo cupón de 14.000.000 de euros.

2.1 Para el sorteo extraordinario del día 16 de agosto de 2003 el precio unitario del cupón es de cinco euros (5 €).

2.2 La estructura de premios presenta las siguientes cuantías y para las diferentes categorías:

2.2.1 Premio a las cinco cifras y serie: Catorce millones de euros (14.000.000 €), a un solo cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.2 Premio a las cinco cifras: Cincuenta mil euros (50.000 €), por cupón a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado con el premio a las cinco cifras y serie, mencionado en el punto anterior.

2.2.3 Premio a las cuatro últimas cifras: Dos mil quinientos euros (2.500 €) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.4 Premio a las tres últimas cifras: Cincuenta euros (50 €) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.5 Premio a las dos últimas cifras: Diez euros (10 €) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.6 Premio a la última cifra (reintegro): Cinco euros (5 €) por cupón, a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.

2.3 Ninguno de los premios enunciados en el párrafo anterior son acumulables.

2.4 La proporción global destinada a premios es del 44,80 %.

2.5 El número de series a emitir es de 150 series, lo que supone una emisión de setenta y cinco millones de euros (75.000.000 €) constando cada una de ellas de 100.000 cupones, numerados correlativamente desde el 00.000 hasta el 99.999.

2.6 Este sorteo comenzará a comercializarse a partir del día 23 de Junio de 2003 y se regulará por el «Reglamento del Sorteo del Cupón de la ONCE, a partir del 1 de enero de 2003», y el Anexo específico al referido Reglamento, aprobado por el Consejo General de la ONCE el 26 de febrero de 2003.

Madrid, 26 de marzo de 2003.‒La Secretaria General, Lucía Figar de Lacalle.

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