Por Orden TAS/3404/2002, de 27 de diciembre de 2002 («Boletín Oficial del Estado» del 9 de enero de 2003) se convocó concurso de méritos C/105 para la cobertura de vacantes en el Instituto Nacional de Empleo.
Previa la tramitación prevista en el capítulo II del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, habiéndose cumplido cuantos requisitos se establecen en las bases de la convocatoria mencionada sobre plazo de presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de méritos alegados según el baremo establecido y vista la propuesta contenida en las actas de la Comisión de Valoración determinada en las citadas bases,
Este Ministerio, en uso de las facultades que le están conferidas, acuerda:
Resolver la convocatoria, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo adjunto, a los funcionarios que en el mismo se determinan.
Declarar desiertas las plazas siguientes:
| Puesto número | Denominación | Localidad | Provincia | Plazas |
|---|---|---|---|---|
| 18 | Jefe Sección Gestión Tesorería. | SS.CC. | Madrid. | 1 |
| 19 | Jefe Sección N24. | SS.CC. | Madrid. | 1 |
| 47 | Técnico Formación Ocupacional. | SS.CC. | Madrid. | 1 |
| 49 | Técnico Formación Ocupacional. | SS.CC. | Madrid. | 1 |
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o, de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». Si la orden comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella jurisdicción, o, potestativamente, y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
Madrid, 21 de marzo de 2003.‒P. D. (O.M. de 21 de mayo de 1996, BOE del 27 de mayo de 1996), el Subsecretario, José Marí Olano.
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