El Instituto Español de Oceanografía, en adelante IEO, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, es un Organismo Público de Investigación, entre cuyas funciones se encuentra la de desarrollar programas de formación de investigadores como una de las vías para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003).
En este sentido, la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 3 de abril de 2000 convocó 22 becas de formación como personal investigador en el Instituto Español de Oceanografía, estableciendo en su artículo 8 que «la dotación económica de las becas reguladas en la presente Orden será de 120.000 pesetas íntegras mensuales».
Por otra parte la Orden de 19 de junio de 2001 del Ministerio de Ciencia y Tecnología modificaba el artículo 8 de la Orden de 3 de abril de 2000 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación estableciendo que la dotación económica de las becas reguladas en dicha Orden será de 160.000 pesetas brutas mensuales (961,62 euros) con el fin de adaptar las cuantías de las ayudas concedidas por el Instituto Español de Oceanografía a las del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003).
La presente Orden tiene como finalidad realizar la necesaria adaptación de la cuantía de las becas concedidas por el Instituto Español de Oceanografía a la de las becas predoctorales del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003), fijada en 985 euros íntegros al mes, para el año 2003, en el apartado octavo.1 de la Orden CTE/2690/2002, de 28 de octubre, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de concesión de becas predoctorales de formación de personal investigador (Becas FPI), para el año 2003, en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003.
En su virtud, DISPONGO:
Se modifica el apartado 1 del artículo 8 de la Orden de 3 de abril de 2000 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan 22 becas de formación como personal investigador en el Instituto Español de Oceanografía, que queda redactado del siguiente modo:
«1. La dotación económica de las becas reguladas en la presente Orden será de 985 euros brutos mensuales que serán abonados a los respectivos beneficiarios por meses vencidos, estando sometidos a las retenciones establecidas en la normativa vigente del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Esta dotación irá encaminada a compensar los gastos que deben realizar los becarios durante su periodo de formación, y podrá incrementarse por Resolución del Director General del IEO cuando sea necesario para adaptarse a las cuantías de las becas predoctorales del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten.
La cantidad que se abone a los becarios en ningún caso tendrá carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica para los gastos que la beca comporta.»
La dotación de 985 euros brutos mensuales se abonará con efectos de 1 de enero de 2003.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de marzo de 2003.
PIQUÉ I CAMPS
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Política Científica y Tecnológica e Ilmo. Sr. Director general del Instituto Español de Oceanografía.
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