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Documento BOE-A-2003-6774

Resolución de 24 de febrero de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2003, páginas 12918 a 12922 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-6774

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero a tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 24 de febrero de 2003.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años)

En Madrid, a 8 de Noviembre de 2002.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Señor Don Eduardo Zaplana Hernández-Soro, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 674/2002, de 9 de julio (Boletín Oficial del Estado número 164, de 10 de julio), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, la Excma. Señora Doña Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social nombrada por Decreto del Presidente 14/1999, de 20 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con la autorización conferida por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha de 5-11 de 2002.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.

Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo.

Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Tercero.

Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 758/1996 de 5 de mayo, 839/1996 de 10 de mayo, 1888/1996 de 2 de agosto y 140/1997 de 31 de enero.

Cuarto.

Que la Comunidad Autónoma de Extremadura ostenta competencias en materia de Asistencia Social y Bienestar Social, de acuerdo con el el artículo 7.1.20 de su Estatuto (Ley Orgánica 1/1982, de 25 de febrero) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero y 2191/1984, de 8 de febrero.

Quinto.

Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.

Sexto.

Que la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2002 (B.O.E. del día 31), incluye un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y que la clasificación 19.04.313O.454.00, transferencias corrientes a comunidades autónomas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, tiene una dotación de 21.793.830 euros.

Séptimo.

Que la Comunidad Autónoma de Extremadura garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.

Octavo.

Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (0-3 años).

Noveno.

Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución del crédito acordados con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 1 de marzo de 2002 (B.O.E. de 27 de marzo de 2002). Décimo.–Que la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de los Programas destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia (0-3 años) que se especifican en el anexo de este Convenio.

Segunda.

La Comunidad Autónoma pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.

Tercera.

Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Comunidad Autónoma de Extremadura, se compromete a aportar la cantidad total de dos millones trescientos treinta mil doscientos euros y catorce céntimos (2.330.200,14 E), como participación en la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las Corporaciones Locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Cuarta.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313O.454.00 para el ejercicio de 2002, aporta la cantidad de quinientas noventa y ocho mil cincuenta euros con treinta y dos céntimos (598.050,32 €) como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Quinta.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio o la que reste por transferir en ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el último párrafo del Acuerdo del Consejo de Ministros del día 1 de marzo de 2002 (B.O.E. de 27 de marzo de 2002).

Sexta.

La Comunidad Autónoma deberá:

A) Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.

B) Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.

C) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.

D) Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/88, de 23 de septiembre).

E) Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Séptima.

La Comunidad Autónoma de Extremadura elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que entregará en los 6 meses siguientes y que al menos recoja:

– Fecha de puesta en marcha.

– Información económica.

– Actividades realizadas.

– Recursos utilizados.

– Sectores atendidos.

– Resultados obtenidos.

– Datos estadísticos.

– Dificultades y propuestas.

– Valoración del programa.

En el supuesto de que la Comunidad Autónoma de Extremadura no presente la citada memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente.

Octava.

Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos.

Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las comunidades autónomas firmantes de los Convenios.

El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora General de Acción Social, del Menor y de la Familia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura por la Directora General de Infancia y Familia.

Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora General.

Novena.

En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.

Décima.

Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.

Undécima.

El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él.

Duodécima.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana Hernández-Soro.–La Consejera de Bienestar Social (en nombre y representación, por delegación, de la Comunidad Autónoma), Ana Garrido Chamorro.

ANEXO
Aportación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Corporaciones Locales y Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. Año 2002
A) SERVICIOS DE TITULARIDAD DE CORPORACIONES LOCALES (CERO TRES AÑOS)  
Badajoz  
1) Creación de un Centro de Educación Infantil en El Torviscal.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 3.096,40 €
Aportación M.T.A.S. 2.405,24 €
2) Creación del Centro de Educación Infantil «La Cigüeña» en Gargáligas.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 10.803,88 €
Aportación M.T.A.S. 4.507,59 €
3) Creación del Centro de Educación Infantil «El Calimero» en Los Guadalperales.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 11.104,39 €
Aportación M.T.A.S. 4.207,09 €
4) Creación de un Centro de Educación Infantil en Ruecas  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 3.096,40 €
Aportación M.T.A.S. 2.405,23 €
5) Creación de un Centro de Educación Infantil en Salvaleón  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 8.790,73 €
Aportación M.T.A.S. 3.971,18 €
6) Creación del Centro de Educación Infantil «Cornalvo» en San Pedro de Mérida.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 6.337,36 €
Aportación M.T.A.S. 4.174,63 €
7) Creación de un Centro de Educación Infantil en Torrefresneda.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 5.314,12 €
Aportación M.T.A.S. 4.614,12 €
8) Creación de un Centro de Educación Infantil en Alburquerque.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 44.104,36 €
Aportación M.T.A.S. 6.310,63 €
9) Adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil municipal de Zurbarán.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 5.407,46 €
Aportación M.T.A.S. 3.821,55 €
10) Continuidad de la adecuación a la.LOGSE de la Escuela Infantil «Los Caramelos» de Hernán Cortés (D. Benito), financiada en el 2001  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 3.217,44 €
Aportación M.T.A.S. 2.135,62 €
11) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil de La Parra, financiada en el 2001  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 8.455,62 €
Aportación M.T.A.S. 2.731,28 €
12) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil de Santa Amalia, financiada en el 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 29.683,99 €
Aportación M.T.A.S. 7.212,15 €
13) Continuidad del Centro de Educación Infantil de Vivares (D. Benito), financiado en el 2001  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 7.671,30 €
Aportación M.T.A.S. 2.692,09 €
14) Continuidad del Centro de Educación Infantil de Zalamea de la Serena, financiado en el 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 36.456,86 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
15) Continuidad de la ampliación de número de plazas en la Escuela Infantil «Nueva Ciudad» de Mérida, financiada de 1991 a 1996 ambos inclusive y en 2000 y 2001  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 303.516,11 €
Aportación M.T.A.S. 21.035,43 €
16) Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Medellín, financiada de 1991 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 8.290,75 €
Aportación M.T.A.S. 3.927,62 €
17) Continuidad de la Guardería Infantil Municipal de Don Benito, financiada de 1992 a 1996 y en 2000 y 2001  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 165.676,19 €
Aportación M.T.A.S. 14.123,79 €
18) Continuidad de la Guardería Infantil Municipal de Berlanga, financiada de 1992 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 10.687,50 €
Aportación M.T.A.S. 6.027,50 €
19) Continuidad de la Guardería Infantil de Oliva de la Frontera, financiada de 1992 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 60.480,85 €
Aportación M.T.A.S. 7.813,16 €
20) Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Quintana de la Serena, financiada de 1996 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 40.686,33 €
Aportación M.T.A.S. 9.954,96 €
21) Continuidad de la Escuela Infantil de Campillo de Llerena, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 9.334,55 €
Aportación M.T.A.S. 4.186,45 €
22) Continuidad de la Escuela Infantil de Rena, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 6.485,50 €
Aportación M.T.A.S. 4.081,50 €
23) Continuidad de la Escuela Infantil de Villalba de los Barros, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 26.390,35 €
Aportación M.T.A.S. 6.911,65 €
24) Continuidad de la Escuela Infantil de Badajoz,  
financiada en 2000.y 2001. Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 52.717,88 €
Aportación M.T.A.S. 6.010,12 €
25) Continuidad de la Escuela Infantil «Acuarela» de Navalvillar de Pela, financiada en 2000.y 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 106.293,56 €
Aportación M.T.A.S. 56.916,70 €
26) Continuidad de la Adecuación a la LOGSE del Centro de Educación Infantil de Barcarrota financiado en 2000.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 16.844,67 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
27) Continuidad del Centro de Educación Infantil de La Albuera, financiada de 1997 a 2000 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 22.857,54 €
Aportación M.T.A.S. 5.108,61 €
Cáceres  
28) Creación del Centro de Educación Infantil «Castillo de Mirabel» en Mirabel.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 21.128,38 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
29) Creación del Centro de Educación Infantil «Pais de Fantasía» en Navas del Madroño.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 17.912,88 €
Aportación M.T.A.S. 3.874,06 €
30) Creación del Centro de Educación Infantil «Las Cigüeñas» en Serradilla.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 36.526,31 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
31) Creación del Centro de Educación Infantil «Los Pitufos» en Torrejón El Rubio.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 8.338,41 €
Aportación M.T.A.S. 4.507,59 €
32) Creación de un Centro de Educación Infantil en Trujillo.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 188.158,29 €
Aportación M.T.A.S. 11.841,72 €
33) Creación de un Centro de Educación Infantil en Castañar de Ibor.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 29.149,13 €
Aportación M.T.A.S. 6.911,64 €
34) Creación de un Centro de Educación Infantil en Aldeanueva de La Vera.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 12.110,40 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
35) Continuidad del Centro de Educación Infantil de Baños de Montemayor, financiado en 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 8.659,63 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
36) Continuidad del Centro de Educación Infantil «San Benito» en Cañaveral, financiado en 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 76.749,25 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
37) Continuidad del Centro de Educación Infantil de Casas de Millán, financiado en 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 17.002,54 €
Aportación M.T.A.S. 4.207,09 €
38) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil de Sierra de Fuentes, financiada en 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 28.851,12 €
Aportación M.T.A.S. 7.813,16 €
39) Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil «Los Pitufos» de Caminomorisco,  
financiada de 1991 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 6.231,72 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,00 €
40) Continuidad de la Transformación en permanente de la Guardería Infantil Temporera de Malpartida de Plasencia, financiada de 1991 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 35.197,92 €
Aportación M.T.A.S. 9.315,69 €
41) Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil «Los Chiribejes» de Pinofranqueado, financiada de 1991 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 41.805,89 €
Aportación M.T.A.S. 22.537,96 €
42) Continuidad de la Guardería Infantil de Barrado, financiada de 1992 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 9.986,97 €
Aportación M.T.A.S. 4.507,59 €
43) Continuidad de la Guardería Infantil de Casas de Castañar, financiada de 1992 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 25.348,33 €
Aportación M.T.A.S. 6.611,14 €
44) Continuidad de la Guardería Infantil de Piornal, financiada de 1992 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 29.669,89 €
Aportación M.T.A.S. 13.823,28 €
45) Continuidad de la Guardería Infantil de Vegaviana, financiada de 1992 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 22.908,13 €
Aportación M.T.A.S. 6.611,14 €
46) Continuidad de la Guardería Infantil de Almoharín, financiada de 1997 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 18.150,36 €
Aportación M.T.A.S. 6.911,64 €
47) Continuidad de la transformación en permanente de la Guardería Infantil Temporera de Jerte, financiada de 1997 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 19.201,74 €
Aportación M.T.A.S. 7.848,26 €
48) Continuidad de la Guardería Infantil Temporera de Tornavacas, financiada de 1997 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 35.429,62 €
Aportación M.T.A.S. 4.507,59 €
49) Continuidad de la transformación en permanente de la Guardería Infantil Temporera de El Torno, financiada de 1997 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 11.124,42 €
Aportación M.T.A.S. 3.906,58 €
50) Continuidad de la Guardería Infantil Temporera de Valdastillas, financiada de 1997 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 12.535,55 €
Aportación M.T.A.S. 3.606,08 €
51) Continuidad de la Guardería Infantil Temporera de Cabezuela del Valle, financiada de 1998 a 1999 ambos inclusive y 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 63.335,81 €
Aportación M.T.A.S. 9.916,70 €
52) Continuidad de la Escuela Infantil de Casar de Cáceres, financiada de 1998 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 51.483,01 €
Aportación M.T.A.S. 22.538,64 €
53) Continuidad de la Guardería Infantil Temporera de Rebollar, financiada de 1998 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 4.604,44 €
Aportación M.T.A.S. 3.305,57 €
54) Continuidad de la Escuela Infantil de Campo Lugar, financiada de 1999 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 7.436,89 €
Aportación M.T.A.S. 5.409,11 €
55) Continuidad de la Escuela Infantil «Los Morales”de Casas del Monte, financiada de 1999 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 13.133,96 €
Aportación M.T.A.S. 6.010,12 €
56) Continuidad de la Escuela Infantil de Garganta de Olla, financiada de 1999 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 7.161,50 €
Aportación M.T.A.S. 4.046,09 €
57) Continuidad de la Escuela Infantil de Logrosán, financiada de 1999 a 2001 ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 19.649,08 €
Aportación M.T.A.S. 5.273,88 €
58) Continuidad de la Escuela Infantil de Aldeanueva del Camino, financiada en 2000.y 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 13.767,32 €
Aportación M.T.A.S. 5.108,61 €
59) Continuidad de la Escuela Infantil de Aliseda, financiada en 2000.y 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 9.635,63 €
Aportación M.T.A.S. 4.808,10 €
60) Continuidad del Centro de Eduación Infantil de Cabrero, financiado de 1992 a 2000.ambos inclusive.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 11.825,41 €
Aportación M.T.A.S. 4.507,59 €
61) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil de Navaconcejo, financiada en 2000 y 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 30.692,82 €
Aportación M.T.A.S. 6.611,14 €
62) Continuidad de la Escuela Infantil «San Pedro de Alcántara» de Pedroso de Acín, financiada en 2000.y 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 17.303,04 €
Aportación M.T.A.S. 3.906,58 €
63) Continuidad de la Escuela Infantil «La Data» de Plasencia, financiada en 2000.y 2001.  
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 354.192,43 €
Aportación M.T.A.S. 20.291,00 €
B) «GUARDERÍAS INFANTILES LABORALES» DE TITULARIDAD DE CORPORACIONES LOCALES O ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO  
Badajoz  
1) Guardería Municipal Laboral de Fuente del Arco, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 8.118,42 €
2) Guardería Municipal Laboral de Garlitos, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 9.616,15 €
3) Guardería Municipal Laboral de Guadiana del Caudillo, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 10.563,44 €
4) Guardería Municipal Laboral de Palazuelo, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 8.374,12 €
5) Guardería Municipal Laboral de Puebla de Alcollarín, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 6.105,08 €
6) Guardería Municipal Laboral de Pueblonuevo Guadiana, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 10.769,50 €
7) Guardería Municipal Laboral de Salvatierra de los Barros, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 8.937,25 €
8) Guardería Municipal Laboral de Talarrubias, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 9.659,00 €
9) Guardería Municipal Laboral de Valdelacalzada, financiada de 1999 2001.  
Aportación M.T.A.S. 4.408,10 €
10) Guardería Municipal Laboral de Villar de Rena, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 8.233,87 €
Cáceres  
11) Guardería Municipal Laboral de Casatejada, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 12.551,04 €
12) Guardería Municipal Laboral de Guijo de Galisteo, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 10.217,21 €
13) Guardería Municipal Laboral de Majadas de Tietar, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 12.853,15 €
14) Guardería Municipal Laboral de Peraleda de la Mata, financiada de 1999 a 2001.  
Aportación M.T.A.S. 10.818,22 €
Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales 2.330.200,14 €
Total aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 598.050,32 €

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