Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
de 23 de mayo de 2002 fueron nombrados funcionarios en
prácticas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado
Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, los aspirantes aprobados en las
correspondientes pruebas selectivas.
Una vez superado el período de prácticas previsto en la
base 1.3 de la convocatoria de las pruebas selectivas, aprobada por
Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 25
de junio de 2001 (Boletín Oficial del Estado del día 20 de julio),
procede el nombramiento de funcionarios de carrera en la citada
Escala.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril),
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y
el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,
de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema
general de acceso libre, de la Escala de Titulados de Escuelas
Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los aspirantes aprobados
que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, ordenados de
acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los
destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del
Estado.
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 21 de marzo de 2003.-El Secretario de Estado, Julio
Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Agricultura, Pesca
y Alimentación, Administraciones Públicas, Ciencia y
Tecnología y Directora General de la Función Pública.
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