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Documento BOE-A-2003-6213

Resolución de 28 de febrero de 2003, de la Dirección General de Carreteras, por la que se dispone la publicación del Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Madrid, sobre cambio de titularidad de la Carretera denominada M-110 a favor de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2003, páginas 12078 a 12079 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2003-6213

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid el día 19 de febrero de 2003 un convenio de colaboración sobre el cambio de titularidad de la Carretera de la Comunidad de Madrid, denominada M-110 a favor de la Administración del Estado (Ministerio de Fomento) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho Acuerdo que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 28 de febrero de 2003.‒El Director general, Antonio J. Alonso Burgos.

ANEXO
Acuerdo sobre cambio de titularidad de la carretera de la Comunidad de Madrid denominada M-110 a favor de la Administración del Estado

En Madrid a 19 de febrero de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Francisco Álvarez-Cascos Fernández, Ministro de Fomento, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 13.3 de le Ley 6/97 de 14 de abril, de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado (BOE de 15 de abril y art. 4.1 c) de la Ley 50/97 de 27 de noviembre del Gobierno (BOE de 28 de noviembre), así como las competencias conferidas por el Real Decreto 690/00 de 10 de mayo, en conexión con la Ley 25/88 de 29 de julio, de Carreteras (BOE de 12 de noviembre).

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, Presidente de la Comunidad de Madrid, que actúa en el ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 7.b) de la Ley 1/83 de 13 de diciembre, de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 20 de diciembre) y art. 4.2 de la Ley 8/99 de 4 de abril de Adaptación a la Ley 4/99 (BOCM de 13 de abril).

Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente las representaciones en la que actúan, y al efecto,

EXPONEN

Primero.

El artículo 4.2 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras dispone que la Red de Carreteras del Estado podrá modificarse mediante Real Decreto a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo actual de Fomento, por cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo de las Administraciones Públicas interesadas.

El procedimiento para tramitar dicho cambio de titularidad se regula por el artículo 12 del Reglamento General de Carreteras aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre que exige la incoación y tramitación del correspondiente expediente.

Instruido el expediente, con el acuerdo de las Administraciones Interesadas, se elevará por el Ministro de Fomento al Gobierno para su aprobación por Real Decreto y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado.

Segundo.

El Ministerio de Fomento por Orden FOM/541/2002, de 5 de marzo aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas que regirán en el concurso de la concesión para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje Eje Aeropuerto.

Tercero.

La Comunidad de Madrid ostenta la titularidad de la carretera M-110 que se verá afectada por las obras del nuevo aeropuerto, en una longitud aproximada de 8,5 Km, en el tramo comprendido entre su final, en la M-lll y el extremo norte del Eje Aeropuerto. El Eje Aeropuerto, entre otras funciones, sustituirá a este tramo.

La carretera M-110, entre el extremo norte del referido Eje Aeropuerto y la CN-I será y constituirá la prolongación del Eje Aeropuerto, hasta la citada CN-I.

Cuarto.

Que en el contexto anterior, se considera de interés el cambio de Titularidad de la referida Carretera M-110.

En virtud de lo expuesto, ambas partes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 8 y en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ACUERDAN

A) Prestar su conformidad al cambio de titularidad de la carretera autonómica denominada M-110 en su totalidad.

B) El expediente se elevará al Gobierno para su aprobación por Real Decreto y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado y se someterá, igualmente, a la aprobación de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

C) La entrega de la documentación y expedientes de la carretera que cambia de Titularidad se realizará en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba este Acuerdo, suscribiéndose a tal efecto la correspondiente acta de entrega y recepción.

D) El cambio de titularidad será efectivo a partir del día en que se formalice el acta de entrega de la carretera M-110 prevista en el artículo 12.3 del Reglamento General de Carreteras.

El presente convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa, correspondiendo al Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en su interpretación y cumplimiento, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

No obstante, con anterioridad a dirimir el conflicto en el ámbito jurisdiccional, las partes se comprometen a realizar el requerimiento regulado en el artículo 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Convenio de colaboración, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.‒El Ministro de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos Fernández.‒El Presidente de la Comunidad de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

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