Agrícola Villena, Coop. V., de Villena (Alicante), con ámbito de actuación superior al de una Comunidad Autónoma, fue prerreconocida por Resolución del Director general de Agricultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 30 de septiembre de 1997, como agrupación de productores de frutas y hortalizas para la categoría I (frutas y hortalizas), conforme al artículo 14 del Reglamento (CE) número 2200/96 y fue inscrita en la Sección Especial de Reconocimientos Previos del Registro del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, asignándole el número registral 643.
Esta agrupación de productores ha solicitado el reconocimiento según el artículo 11 del Reglamento (CE) 2200/96 y considerando que ha finalizado su plan de reconocimiento y cumple las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
1. Conceder el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas para la categoría I (frutas y hortalizas) a Agrícola Villena, Coop. V., de Villena (Alicante) conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, y la Orden ministerial de 30 de abril de 1997.
2. Que la agrupación de productores agrícola Villena, Coop. V., de Villena (Alicante) sea dada de baja en la Sección Especial de Reconocimientos Previos del Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas, según el artículo 14 y sea inscrita en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 y en la Orden ministerial de 30 de abril de 1997, en la categoría I (frutas y hortalizas) manteniendo el número registral 643.
Madrid, 29 de noviembre de 2002.‒El Director general, Rafael Milán Díez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid