Contingut no disponible en valencià
La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece en su artículo 102.8.b), entre otras competencias de la administración marítima, el establecimiento y realización de las pruebas precisas para el reconocimiento de la capacitación para prestar los servicios de practicaje en un puerto o grupo de puertos determinado.
Igualmente el artículo 13.2 del Reglamento General de Practicaje, aprobado por Real Decreto 393/1996 de 1 de marzo (Boletín Oficial del Estado número 66, del 16), dispone que la Dirección General de la Marina Mercante, una vez determinadas las pruebas teóricas y prácticas, aprobará el programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios para el acceso a la actividad de práctico en un puerto u grupo de puertos determinado, y convocará y realizará las pruebas pertinentes para acreditar la capacitación de los aspirantes para prestar los servicios portuarios de practicaje.
Por otro lado, la Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se regula el reconocimiento de capacitación profesional para la prestación de los servicios portuarios de practicaje, desarrollada posteriormente por resolución de 1 de diciembre de 1998, establece la división de las pruebas en dos partes, la primera, sobre legislación nacional, internacional, e idioma, que se organizará y llevará a cabo por la Dirección General de la Marina Mercante, y la segunda, sobre conocimientos específicos del puerto y resolución teórica de maniobras, que tendrá lugar en el puerto que corresponda.
En su virtud, resuelvo:
Convocar a los aspirantes que deseen presentarse y cumplan los requisitos establecidos en la norma para obtener la habilitación para prestar servicio como prácticos en los puertos de Avilés, Vigo, Cádiz, Denia, Barcelona, Las Palmas de Gran Canaria, Puerto Rosario, Santa Cruz de Tenerife e Instalaciones Marítimas de B.P. Oil, en Castellón.
Solicitudes: Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación y mando que se señalan en el artículo 12 del Reglamento General de Practicaje, y solicitar la admisión a las pruebas en instancia dirigida al Director General de la Marina Mercante, en la que se hará mención expresa del puerto o puertos para los que pretenden obtener la habilitación, si tiene aprobada las pruebas en Madrid y en que convocatoria, a la que deberán unirse los siguientes documentos:
1. Aspirantes que superaron la primera parte de las pruebas realizadas en Madrid y que conserven la calificación obtenida de acuerdo con el plazo previsto en el punto duodécimo de la presente Resolución:
1.1 Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque o buques de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez de actividad profesional que precedan inmediatamente a la presente convocatoria.
1.2 Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad colaboradora por importe de 36 € de tasa por cada uno de los puertos a que opten, código 001 derechos de examen (impreso modelo 790, disponible en Capitanías Marítimas, Dirección General de la Marina Mercante o en cualquier otra dependencia administrativa).
2. Resto de aspirantes:
2.1 Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque o buques de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez de actividad profesional que precedan inmediatamente a la presente convocatoria.
2.2 Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina Mercante.
2.3 Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad colaboradora por importe de 36 € de tasa por cada uno de los puertos a que opten, código 001 de derechos de examen (impreso modelo 790, disponible en Capitanías Marítimas o Dirección General de la Marina Mercante o en cualquier otra dependencia Administrativa).
2.4 Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
Presentación de solicitudes: Podrán presentarse en la Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima, o bien en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Al día siguiente, o el primer día hábil tras haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la marina Mercante publicará la lista provisional de los solicitantes admitidos y de los excluidos, señalándose el puerto o puertos a que optan y, en su caso, las causas de la exclusión, así como las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado las tres pruebas de la primera parte en convocatorias anteriores, concediéndose un período de diez días naturales para subsanación de errores existentes, al término de los cuales se publicará la lista definitiva de excluidos. Las citadas listas se publicarán en los tablones de anuncios de la Dirección General de la Marina Mercante y en las Capitanías Marítimas de primera categoría, junto con el lugar, fecha y hora señalados para la realización del primer ejercicio de la primera parte de las pruebas, a realizar en Madrid.
Calificaciones: En un plazo no mayor de siete días desde la celebración del primer ejercicio se publicará en los tablones de anuncios citados en el punto anterior la lista de aprobados, así como la fecha, hora y lugar señalados para la celebración del segundo ejercicio; estableciéndose iguales plazos y condiciones para la celebración del tercer ejercicio y publicación de resultados globales correspondientes a esta primera parte.
Órgano de evaluación para la primera parte de las pruebas: El Órgano de evaluación de las tres pruebas que integran esta primera parte se compondrá como sigue:
Titulares:
Presidente: D. Manuel Nogueira Romero.
Vocal: D. Javier Villanueva Santaulari.
Vocal: D. Alfonso Muñoz Fernández.
Vocal: D. Rafael Cabal Álvarez.
Secretario: D. Francisco Ramos Corona.
Suplentes:
Presidente: D. Pablo Martínez Real.
Vocal: D. Manuel Foyaca García-Robes.
Vocal: D. Rafael Ponce Calvo.
Vocal: D. Emilio Martín Bauzá.
Secretario: D. Luis Sánchez Sarrión.
En la publicación de los resultados del tercer ejercicio el tribunal emplazará a los candidatos que puedan presentarse a la segunda parte de las pruebas para que presenten, en un plazo no superior a diez días, las certificaciones, de superación de pruebas físicas, y reconocimiento médico inicial, descritas en los puntos octavo y segundo respectivamente, de la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de 29 de julio de 1998.
Finalizado el plazo de aportación de certificaciones que se menciona en el punto anterior, la Dirección General de la Marina Mercante publicará, en los mismos lugares que se indica en el punto tercero, la lista de los aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de celebración de la segunda parte de las pruebas.
Órganos de evaluación de la segunda parte de las pruebas:
Avilés
Titulares:
Presidente: D. Licinio Alonso de la Torre García.
Vocal: D. Antonio Navarro Bidegain.
Vocal: D. Manuel Sande Martínez.
Vocal: D. Jesús Señeriz López.
Secretario: D. Francisco Suárez-Llanos Galán.
Suplentes:
Presidente: D. Félix Granda Rodríguez.
Vocal: Dña. Cristina López Arias.
Vocal: D. Jorge Menéndez García.
Vocal: D. Joaquín Rayo Fernández.
Secretario: D. José Luis Santamaría Conejo.
Vigo
Titulares:
Presidente: D. Juan J. Escolar Calzón.
Vocal: D. Luis Lara Rubido.
Vocal: D. José Luis Acuña Mosquera.
Vocal: D. José Ángel González Guisande.
Secretario: D. Manuel Foyaca García-Robes.
Suplentes:
Presidente: D. J. Bernardo Rodríguez González.
Vocal: Dña. Mar Chao López.
Vocal: D. Jesús Lemos Giráldez.
Vocal: D. Manuel D. Martínez Sasia.
Secretario: D. Fernando Martín Pellicer.
Cádiz
Titulares:
Presidente: D. Pedro Frutos García.
Vocal: D. Albino Pardo Rodríguez.
Vocal: D. Enrique Vizcarrondo Llamas.
Vocal: D. Rafael Ponce Calvo.
Secretario: D. Francisco Ramos Corona.
Suplentes:
Presidente: D. Serafín Muñoz Alba.
Vocal: D. Agustín Romero Gago.
Vocal: D. Francisco Bilbeny Costa.
Vocal: D. Luis Domínguez San Miguel.
Secretario: D. Juan Antonio Cruz Rodríguez.
Denia
Titulares:
Presidente: D. Domingo López Zamoul.
Vocal: D. Juan Salvador Reig Garrigues.
Vocal: D. Esteban Medina Alonso.
Vocal: D. Antonio E. Elías Rodríguez.
Secretario: D. Jorge Zaragozá Ramos.
Suplentes:
Presidente: D. Manuel Hernández Lillo.
Vocal: D. Agustín Lloret Soler.
Vocal: D. Miguel Blanco Iglesias.
Vocal: D. Félix Moro Fernández.
Secretario: D. Esteban Longares Benito.
Barcelona
Titulares:
Presidente: D. Juan Aguilar y Ponce de León.
Vocal: D. Antonio Pérez Almoguera.
Vocal: D. José Romero López.
Vocal: D. Rafael Cabal Álvarez.
Secretario: D. Francisco Ramos Corona.
Suplentes:
Presidente: D. Antonio Benedicto Rodrigo.
Vocal: D. Vicenç Palau Teixido.
Vocal: D. José Pascual Varó.
Vocal: D. Rafael García Menéndez.
Secretario: D. José María Rovira Martí.
Las Palmas de Gran Canaria
Titulares:
Presidente: D. Pedro Mederos Martín.
Vocal: D. Juan González Pinto.
Vocal: D. Alfonso Muñoz Fernández.
Vocal: D. Pedro E. Loyola Pérez.
Secretario: D. José Francisco Hernández Gutiérrez.
Suplentes:
Presidente: D. Juan Medero González.
Vocal: D. Manuel Figueroa García.
Vocal: D. Antonio Naranjo Cabreras.
Vocal: D. Gregorio Darías Álvarez.
Secretario: D. Antonio Padrón Santiago.
Puerto Rosario
Titulares:
Presidente: D. Pedro Mederos Martín.
Vocal: D. Valentín Ruíz Alamo.
Vocal: D. José A. Gómez Pedraja.
Vocal: D. José I. López Hernández.
Secretario: D. Francisco Sánchez Fariñas.
Suplentes:
Presidente: D. Juan Medero González.
Vocal: D. Manuel Figueroa García.
Vocal: D. Miguel García Gómez.
Vocal: D. Juan R. Villalba Expósito.
Secretario: D. Antonio Padrón Santiago.
Santa Cruz de Tenerife
Titulares:
Presidente: D. Lorenzo Fernández López.
Vocal: D. José Enrique Méndez Fumero.
Vocal: D. Enrique Lorenzo Padilla.
Vocal: D. Dionisio Simón Meneses.
Secretario: D. Francisco Suárez-Llanos Galán.
Suplentes:
Presidente: D. Daniel Urquijo Preciado.
Vocal: D. Alberto Galván Rodríguez.
Vocal: D. Fernando Hernández García.
Vocal: D. Jesús Lorenzo Camacho.
Secretario: D. Manuel Blanco Durantez.
BP Castellón
Titulares:
Presidente: D. Juan Andrés Lecertúa Goñi.
Vocal: D. Francisco Javier Alegre Pascual.
Vocal: D. José Fiusa Almagro.
Vocal: D. Juan García Torremocha.
Secretario: D. Laureano Fernández Barcia.
Suplentes:
Presidente: D. José País Piñero.
Vocal: D. José García Ramón.
Vocal: D. Juan José Balboa Macho.
Vocal: D. José Francisco Herrero Gutiérrez.
Secretario: D. Javier Peris Segarra.
Segunda parte de las pruebas: La fecha y lugar de celebración de los ejercicios será la que se indique en el apartado octavo, salvo que por fuerza mayor, el Presidente del Órgano establezca otra fechas que deberán tener la misma publicidad. Antes de la celebración de los ejercicios se comunicará por parte del Órgano las condiciones de realización y la fecha tope de publicación de resultados, repitiéndose el mismo proceso para el segundo ejercicio.
Certificaciones, período de prácticas y habilitación: En un plazo no mayor de diez días desde la celebración del segundo ejercicio, el tribunal publicará las listas con los resultados obtenidos por cada uno de los aspirantes, y la remitirá ala Dirección General de la Marina Mercante, que emitirá la certificación prevista en el artículo 14 del Reglamento General de Practicaje, señalará el período de prácticas correspondiente a cada caso, teniendo en cuenta lo que al respecto señala el artículo 16. 4, y estará en lo que a habilitación y nombramiento dispone el mencionado Reglamento.
Los aspirantes que hayan superado la primera parte de las pruebas, así como aquellos que la superaron en anteriores convocatorias, conservarán la calificación obtenida en las mismas durante cinco años a contar desde la fecha de publicación del tercer ejercicio de las pruebas celebradas en Madrid.
La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 5 de marzo de 2003.‒El Director General, José Luis López-Sors González.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid