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Documento BOE-A-2003-5142

Resolución de 12 de febrero de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2003, páginas 9686 a 9688 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-5142

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de febrero de 2003.‒El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, a 27 de diciembre de 2002.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Eduardo Zaplana Hernández-Soro, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 674/2002, de 9 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 164, del 10), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Isaías Pérez Saldaña Consejero de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron, en fecha de 15 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación, 839/1996, de 10 de mayo que establece su estructura orgánica y la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

En la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2002, y en la Ley 14/2001, de 26 de diciembre de 2001 de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 31 de diciembre, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquel para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Andalucía las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Adicional suscrito el 30 de octubre de 2001, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2002, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo Adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Andalucía y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional» el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía incorporan, al Convenio de colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante Anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 2002, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de siete millones ochocientos treinta y cinco mil novecientos noventa y nueve euros con cuarenta y dos céntimos (7.835.999,42 euros), distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, dos millones setecientos ochenta y siete mil novecientos tres euros con cuarenta y tres céntimos (2.787.903,43 euros); concepto 19.04.313L.457, ochocientos sesenta y seis mil doscientos cuarenta y un euros con setenta y cinco céntimos (866.241,75 euros), y concepto 19.04.313L.750, cuatro millones ciento ochenta y un mil ochocientos cincuenta y cuatro euros con veinticuatro céntimos (4.181.854,24 euros).

La Comunidad Autónoma de Andalucía y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de siete millones ochocientos treinta y seis mil quinientos setenta y ocho euros con seis céntimos (7.836.578,06 euros), de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2002, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación de firma (Orden comunicada de 20 de septiembre de 2002), la Secretaria general de Asuntos Sociales, Concepción Dancausa Treviño.‒El Consejero de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía en nombre y representación de la Comunidad Autónoma, Isaías Pérez Saldaña.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian. Financiación 2002 (según Protocolo)
 

C.A./C.L.

Euros

M.T y A.S.

Euros

Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452 Proyectos Mantenimiento
Almería/Zapillo. Unidad Estancias Diurnas/Residencia. 37.720,76 37.720,76
Tijola (Almería). Residencia «Virgen del Socorro». 166.878,00 166.878,00
Cádiz. Residencia «Alvernia». 66.751,20 66.751,20
Setenil de las Bodegas (Cádiz). Residencia «S. Isidro Labrador». 111.252,00 111.252,00
Zahara de la Sierra (Cádiz). Residencia «Carlota Pérez». 111.252,00 111.252,00
Tarifa (Cádiz). Residencia «San José». 44.500,80 44.500,80
Algeciras (Cádiz). Unidad de Estancias Diurnas/Residencia. 26.943,40 26.943,40
Córdoba. Unidad Estancias Diurnas/Residencia «Parque Figueroa». 26.943,55 26.943,55
Montoro (Córdoba). Residencia «Jesús Nazareno». 55.626,00 55.626,00
Lucena (Córdoba). Residencia «S. Juan de Dios». 111.252,00 111.252,00
Puente Genil (Córdoba). Residencia. 111.252,00 111.252,00
Alcaracejos (Córdoba). Residencia «Antonio Mansilla». 144.627,60 144.627,60
Loja (Granada). Residencia «Ntra. Señora de la Misericordia». 178.003,20 178.003,20
Atarfe (Granada). Unidad de Estancias Diurnas. 21.554,72 21.554,72
Escacena del Campo (Huelva). Residencia «Sor Angela de la Cruz». 55.626,00 55.626,00
Huelva. Residencia/Centro de Día «La Orden». 26.943,40 26.943,40
Baeza (Jaén). Residencia «Purísima Concepción». 44.500,80 44.500,80
Andújar (Jaén). Residencia «S. Juan de Dios». 66.751,20 66.751,20
Quesada (Jaén). Residencia . 55.626,00 55.626,00
Villacarrillo (Jaén). Residencia. 66.751,20 66.751,20
Porcuna (Jaén). Residencia/Centro de Día. 55.626,00 55.626,00
Málaga. Residencia «El Buen Samaritano». 222.504,00 222.504,00
Málaga. Residencia «Juan González». 66.751,20 66.751,20
Málaga. Hospital Psiquiátrico «Ntra. Sra. del Sagrado Corazón». 55.626,00 55.626,00
Arriate (Málaga). Residencia «San José de la Montaña». 166.878,00 166.878,00
Archidona (Málaga). Residencia. 111.252,00 111.252,00
Osuna (Sevilla). Residencia. 77.876,40 77.876,40
Herrera (Sevilla). Residencia . 55.626,00 55.626,00
Carrión de los Cespedes (Sevilla). Residencia «José María Rivera de la Paz». 111.252,00 111.252,00
Tocina (Sevilla). Residencia. 222.504,00 222.504,00
Castilblanco de los Arroyos (Sevilla). Residencia «La Estaca». 111.252,00 111.252,00
 Total. 2.787.903,43 2.787.903,43
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457 Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias
Almería. Centro de Día C/Ohanes . 78.798,00 78.798,00
Córdoba. Unidad Estancias Diurnas en Residencia «Parque Figueroa» . 52.532,00 52.532,00
Córdoba. Residencia «Parque Figueroa». 103.056,00 103.056,00
Atarfe (Granada). Unidad de Estancias Diurnas. 36.772,40 36.772,40
Guadix (Granada). Unidad de Estancias Diurnas. 52.532,00 52.532,00
Granada. Unidad de Estancias Diurnas «Buenos Aires». 78.798,00 78.798,00
Estepona (Málaga). Residencia «ISDABE». 257.640,75 257.640,75
Dos Hermanas (Sevilla) Unidad Asistidos Residencia «Montequinto». 206.112,60 206.112,60
 Total. 866.241,75 866.241,75
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.750 Proyectos Inversiones
Albox (Almería). Residencia. 135.227,72 135.227,72
Bacares (Almería). Residencia. 75.126,52 75.126,51
Santa Cruz (Almería). Residencia «Sto. Domingo». 22.507,52 22.507,52
Ohanes (Almería). Residencia. 68.815,10 68.815,11
Benizalón (Almería). Residencia. 13.425,66 13.425,66
Huércal (Almería). Residencia/Centro de Día. 57.645,03 57.645,03
Gador (Almería). Centro de Día. 16.862,93 16.862,93
Vícar. Las Cabañuelas (Almería). Centro de Día. 32.240,10 32.240,09
Padules (Almería). Residencia. 30.050,61 30.050,61
Jimena de la Frontera (Cádiz). Residencia. 65.000,00 65.000,00
Setenil de las Bodegas (Cádiz). Residencia «S. Isidro Labrador». 12.000,00 12.000,00
Puerto Real (Cádiz). Residencia «Vedruna». 20.000,00 20.000,00
Vejer de la Frontera (Cádiz). Residencia Asociación «S. Lázaro». 108.000,00 108.000,00
Olvera (Cádiz). Residencia. 30.000,00 30.000,00
Ubrique (Cádiz). Residencia. 41.647,72 41.647,75
Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). Residencia. 108.000,00 108.000,00
Córdoba. Residencia «Séneca». 300.506,05 300.506,05
Benamejí (Córdoba). Residencia. 180.303,64 180.303,64
Motril (Granada). Residencia «Salud y Vida». 72.121,46 72.121,46
Guadix (Granada). Residencia. 180.303,64 180.303,64
Motril (Granada). Residencia «San Luis». 30.629,54 30.050,62
Montefrío (Granada). Residencia. 60.101,22 60.101,22
El Cerro de Andévalo (Huelva). Residencia. 90.151,82 90.151,82
Moguer (Huelva). Residencia. 90.151,82 90.151,82
Lepe (Huelva). Residencia. 90.151,82 90.151,82
Arroyomolinos de León (Huelva). Residencia. 120.202,72 120.202,72
Beas de Segura (Jaén). Residencia. 48.080,00 48.080,00
Rus (Jaén). Residencia. 15.025,00 15.025,00
Genave (Jaén). Residencia y Centro de Día. 24.040,00 24.040,00
Cazalilla (Jaén). Residencia y Centro de Día. 21.035,00 21.035,00
Castillo de Locubín (Jaén). Residencia/Centro de Día. 60.102,00 60.102,00
Huelma (Jaén). Residencia/Centro de Día. 18.030,00 18.030,00
Jimena (Jaén). Residencia «Torrebermeja». 36.060,00 36.060,00
Santiago-Pontones (Jaén). Residencia/Centro de Día. 63.112,00 63.112,00
Alcaudete (Jaén). Residencia/Centro de Día . 66.118,36 66.118,36
Jabalquinto (Jaén). Residencia. 21.035,00 21.035,00
Vilches (Jaén). Residencia/Centro de Día. 24.040,00 24.040,00
Peal de Becerro (Jaén). Residencia. 66.110,00 66.110,00
Pozo Alcón (Jaén). Residencia. 66.110,00 66.110,00
La Puerta del Segura (Jaén). Residencia. 24.040,00 24.040,00
Málaga.Residencia«Ntra.Sra.delosÁngeles». 180.303,64 180.303,64
Cañete la Real (Málaga). Residencia. 120.202,42 120.202,42
Vélez (Málaga). Residencia. 90.151,82 90.151,82
Los Palacios y Villafranca (Sevilla). Residencia. 198.334,00 198.333,99
El Cuervo (Sevilla). Residencia. 198.334,00 198.333,99
El Ronquillo (Sevilla). Residencia. 240.404,84 240.404,84
Bollullos de la Mitación (Sevilla). Residencia «Montetabor II». 198.334,00 198.333,99
Aznalcázar (Sevilla). Residencia «Ntra. Sra. del Aljarafe». 198.334,00 198.333,99
Guadalcanal(Sevilla).Residencia«Sta.Clara». 153.924,46 153.924,46
 Total. 4.182.432,88 4.181.854,24
 Suma totales. 7.836.578,06 7.835.999,42

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