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Documento BOE-A-2003-48

Orden ECO/3335/2002, de 27 de noviembre, de autorización a la entidad "Cajasur Entidad de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima" para operar en el ramo de enfermedad, riesgo de asistencia sanitaria, en todo el territorio nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2003, páginas 70 a 70 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-48

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Cajasur Entidad de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización de ampliación del ámbito territorial para actuar en el ramo de enfermedad, riesgo de asistencia sanitaria.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que «Cajasur Entidad de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6.3 de la Ley 30/1995 y en el artículo 7 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto autorizar a la entidad «Cajasur Entidad de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» para operar en el ramo de enfermedad, riesgo de asistencia sanitaria, en todo el territorio nacional.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de noviembre de 2002.‒El Ministro, P. D. (Orden ECO/2489/2002, de 3 de octubre, «Boletín Oficial del Estado» del 10), el Secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos Jurado.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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