Por Orden del Ministerio de Economía, de 24 de junio de 2002,
fueron nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo de
Diplomados en Estadística del Estado los aspirantes aprobados en las
correspondientes pruebas selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.3
de la convocatoria de las pruebas selectivas, aprobada por Orden
del Ministerio de Economía, de 24 de septiembre de 2001 ("Boletín
Oficial del Estado" del 28), procede el nombramiento de
funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia
de personal, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de
Economía, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema
general de acceso libre, del Cuerpo de Diplomados en Estadística
del Estado a los aspirantes aprobados que se relacionan en el
anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación
final obtenida, con expresión de los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
pose
sión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición, ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Ad
ministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de
1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 19 de diciembre de 2002.-El Secretario de Estado,
Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Economía y Directora
general de la Función Pública.
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