Por Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de
21 de noviembre de 2001, fueron nombrados funcionarios en
prácticas del Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social
los aspirantes aprobados en las correspondientes pruebas
selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.3
de la convocatoria de las pruebas selectivas, aprobada por Orden
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 7 de septiembre
de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" del 15), procede el
nombramiento de funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia
de personal, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Subinspectores de Empleo y Seguridad Social a los aspirantes
aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución,
ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión
de los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición, ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de
1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 19 de diciembre de 2002.-El Secretario de Estado,
Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y Directora general de la Función Pública.
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