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Documento BOE-A-2003-4162

Resolución de 19 de febrero de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2003, páginas 8105 a 8115 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-4162

TEXTO ORIGINAL

La Ley 66/1997, de 30 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, dispuso en el artículo 57 la separación de los Cuerpos integrados en su día en el Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas del Estado, creando el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado y el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado, y disponiendo la integración de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas del Estado en los tres nuevos Cuerpos creados, en función de cual fuese la especialidad a la que dichos funcionarios estuviesen adscritos.

No obstante, el epígrafe 5 de dicho artículo 57 dispone que la Agencia Estatal de Administración Tributaria deberá convocar, en un plazo no superior a cuatro años desde la entrada en vigor de la Ley, las pruebas selectivas necesarias para que los funcionarios del Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas del Estado, que hayan sido nombrados funcionarios de carrera en dicho Cuerpo con posterioridad al 1 de agosto de 1990, puedan acceder a un Cuerpo de los creados en esta Ley distinto al de integración. Posteriormente, la Ley 14/2000, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30), modificó las previsiones iniciales de la citada Ley 66/1997 en cuanto al calendario de desarrollo de los procesos de acceso al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, ampliando su plazo hasta el 31 de diciembre de 2002.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57.5 citado en el párrafo anterior, por Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 22 de enero de 2002 («Boletín Oficial del Estado» del día 6 de febrero), se convocó el sexto proceso selectivo para la integración en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador del sexto proceso, procede la integración en el citado Cuerpo.

En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, resuelve:

Primero.

Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Segundo.

Para adquirir la condición de funcionarios de carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

De conformidad con lo establecido en el apartado segundo de la Resolución de 25 de enero de 2002, por la que se convoca el proceso selectivo, los funcionarios que pertenezcan al Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado o al Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado y que sean nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, como consecuencia de la superación del proceso selectivo previsto en dicha Resolución, no modificarán su situación administrativa en el Cuerpo de procedencia y quedarán en la de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Cuarto.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.

Lo que comunico a VV. II.

Madrid, 19 de febrero de 2003.–El Secretario de Estado, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.

Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Directora general de la Función Pública.

ANEXO

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