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Por Orden de la Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria de 13 de julio de 2001 («Boletín Oficial de Cantabria» del 24) y su corrección publicada en el «Boletín Oficial de Cantabria» de 8 de noviembre de 2002, se aprueba el expediente selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria correspondiente a Don Frederic Frament, aspirante seleccionado en los procedimientos selectivos de ingreso y accesos al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria convocados por Orden de 17 de abril de 1998, aspirante que tenía concedido aplazamiento legal para la realización de la fase de prácticas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.1 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 30), el artículo 17 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado y el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribuciones de competencias en materia de personal.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Francés, a don Frederic Frament, con Número de Registro de Personal 90051981578 A0590, N.I.E. X2839464-E y fecha de nacimiento 4 de junio de 1960.
El señor Frament se considerará ingresado en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria con efectos de 1 de septiembre de 2000.
Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 10 de febrero de 2003.‒La Ministra, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), la Directora general de Programación Económica y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.
Ilma. Sra. Directora General de Programación Económica, Personal y Servicios.
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