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Documento BOE-A-2003-3920

Real Decreto 182/2003, de 14 de febrero, por el que se revoca la declaración en situación de excedencia voluntaria por interés particular en la carrera fiscal de don David Beltrán Catalá y se declara en situación de servicios especiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2003, páginas 7725 a 7725 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2003-3920

TEXTO ORIGINAL

El 31 de agosto de 2001 don David Beltrán Catalá cesa en

su puesto de Consejero de Asuntos Jurídicos de la Oficina

Económica y Comercial en la Embajada de España ante los Estados

Unidos de América, con sede en Washington, y se incorpora al

Banco Interamericano de Desarrollo en calidad de "especialista

principal de modernización del Estado".

Como consecuencia de este cambio de destino se plantea la

cuestión de la situación administrativa en la carrera fiscal de don

David Beltrán Catalá, hasta ese momento en situación de servicios

especiales. La imposibilidad de deducir de la documentación

aportada por el interesado la inclusión de su nuevo puesto de trabajo

en los supuestos que justifican el acceso a la situación de servicios

especiales (artículo 351 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial) llevó a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General

del Estado a proponer el 12 de abril de 2002 el paso automático

de don David Beltrán Catalá a la situación de excedencia

voluntaria, por interés particular, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 355 de la Ley Orgánica 6/1985.

Consecuentemente, mediante Real Decreto 484/2002, de 31

de mayo, se declaró a don David Beltrán Catalá en situación de

excedencia voluntaria, por interés particular, en la carrera fiscal,

como consecuencia de su incorporación al Banco Interamericano

de Desarrollo en calidad de "especialista principal de

modernización del Estado".

En junio de 2002 don David Beltrán Catalá aporta nueva

documentación acreditativa de su condición de funcionario al servicio

de un organismo internacional, que es considerada suficiente por

el Fiscal General del Estado, en su oficio de 28 de junio de 2002,

y por la Abogacía del Estado del Ministerio de Justicia, en su

informe de 23 de enero de 2003, para acceder a la petición del

interesado de obtener el reconocimiento de la situación de

servicios especiales en la carrera fiscal, en aplicación del artículo 351.b)

de la Ley Orgánica 6/1985.

De acuerdo con el informe de la Abogacía del Estado, el

reconocimiento de la situación de servicios especiales exigirá la previa

revocación de la declaración de excedencia voluntaria, por interés

particular, realizada mediante Real Decreto 484/2002, conforme

a lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 351.b) de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en aplicación de

lo previsto en el artículo 47 y en la disposición adicional de la

Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto

Orgánico del Ministerio Fiscal, habiendo acreditado el interesado

la concurrencia de los requisitos exigibles, y previa

deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de febrero

de 2003,

Vengo en revocar la declaración en situación de excedencia

voluntaria, por interés particular, en la carrera fiscal de don David

Beltrán Catalá, Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Superior de

Justicia del País Vasco, y declararle en situación de servicios

especiales, con efectos desde la fecha de su toma de posesión en el

Banco Interamericano de Desarrollo, con sede en Washington,

por un período de tres años.

Dado en Madrid, a 14 de febrero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ

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