La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, dispuso en su artículo 35.1 la creación de la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Por Real Decreto 868/2001, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 24), se reguló la integración en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, y por Orden de 24 de septiembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 28), se aprobó su convocatoria.
Por Orden de la Ministra de Ciencia y Tecnología, de fecha 8 de enero de 2002, se aprobó la lista definitiva de aspirantes, admitidos y excluidos. Contra ella se interpuso recurso contencioso-administrativo por parte de uno de los aspirantes excluidos; recurso que fue resuelto por Sentencia de 17 de septiembre de 2002, dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid, en el recurso número 37/2002, por la que se anula la citada Orden de 8 de enero de 2002 y se ordena incluir en la lista de admitidos al recurrente.
En cumplimiento de esta sentencia, se dicta la Orden de 29 de enero de 2003, por la que se modifica la impugnada, incluyendo al recurrente en la lista de admitidos en el proceso de integración en la Escala de Investigadores Titulares y se convoca de nuevo a la Comisión Calificadora recogida en el anexo I de la Orden de 24 de septiembre de 2001 con el fin de que compruebe y resuelva sobre la concurrencia en el recurrente de los requisitos exigidos en la base 2 de la Orden de 24 de septiembre de 2001.
De acuerdo con el artículo 7.6 del Real Decreto 868/2001, de 20 de julio, y con la base 7 de la convocatoria,
Esta Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica acuerda lo siguiente:
Dejar constancia de que la Comisión Calificadora ha considerado que debe incluirse a don Juan Calderón Rubiales, con documento nacional de identidad número 24.687.116, en la relación de investigadores en funciones, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley 14/2000, el artículo 2.3 del Real Decreto 868/2001 y las bases 2.3 y 3.3 de la Orden de 24 de septiembre de 2001.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, 5 de febrero de 2003.–El Secretario de Estado, Pedro Morenés Eulate.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora de la Función Pública. Ministerio de Administraciones Públicas.
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