En la cuestión de ilegalidad número 7/2002, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 27 de enero de 2003, del siguiente tenor:
«Madrid, a veintisiete de enero de dos mil tres.
Se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sobre al artículo 1.2 del Real Decreto 960/1990 por el que se procedió a la integración en el Régimen General de la Seguridad Social al personal interino al servicio de la Administración de Justicia en la medida en que no incluye a los Jueces sustitutos que no desempeñan ininterrumpidamente sus funciones durante más de un mes.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el “Boletín Oficial del Estado” en cumplimiento de lo que dispone el artículo 124.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las actuaciones a la Sección Séptima conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el Magistrado Ponente; certifico.»
Presidente: Excelentísimo señor don Ángel Rodríguez García; Magistrados: Excelentísimo señor don Emilio Pujalte Clariana; excelentísimo señor don Ramón Trillo Torres.
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