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Documento BOE-A-2003-3768

Resolución de 26 de noviembre de 2002, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda incoar procedimiento de delimitación del entorno de protección del Palacio Episcopal en Astorga (León), declarado bien de interés cultural, con categoría de Monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2003, páginas 7450 a 7450 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2003-3768

TEXTO ORIGINAL

El Palacio Episcopal en Astorga (León), fue declarado Monumento por Decreto de 24 de julio de 1969.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, está considerado bien de interés cultural.

A fin de adecuar la declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.1.b de la citada Ley, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la misma, procede incoar procedimiento para delimitar un entorno que garantice suficientemente la protección de este bien de interés cultural.

Vista la propuesta del Servicio de Protección, esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2002, de 11 de julio, del Patrimonio Cultural de Castilla y León, acuerda:

1.º Incoar procedimiento de delimitación del entorno de protección del Palacio Episcopal en Astorga (León), declarado bien de interés cultural con categoría de Monumento, según la delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.

2.º Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

3.º Hacer saber al Ayuntamiento de Astorga, que según lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, todas las obras que hubiesen de realizarse en el entorno de protección que se pretende delimitar, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.

4.º Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.

Valladolid, 26 de noviembre de 2002.‒La Directora general, Begoña Hernández Muñoz.

ANEXO
Palacio Episcopal de Astorga (León)

Delimitación del entorno de protección:

Norte: Queda limitado por el lienzo de la muralla en el Parque del Melgar, desde el punto A hasta el punto B.

Este: Desde el punto B, una línea imaginaria que se prolonga hacia el sur hasta su encuentro con la calle Santiago, punto C.

Sur: Recoge la fachadas a la calle Santa Marta desde la calle Santiago hasta su encuentro con la calle Portería, punto C.

Oeste: Una línea imaginaria prolongación en dirección norte de la calle Portería hasta su encuentro con el lienzo de la muralla, punto A donde se inicia la delimitación.

Motivación:

La situación del Palacio Episcopal de Astorga, Palacio Gaudí en la ciudad de Astorga (León), dentro de su recinto amurallado romano, junto a la Catedral, dentro del conjunto declarado de la ciudad de Astorga en una zona monumental consolidada, justifica la delimitación de un entorno de protección inmediato, como el ámbito espacial necesario para encauzar jurídica y materialmente la protección del monumento.

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