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Documento BOE-A-2003-3603

Resolución de 4 de febrero de 2003, de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se acuerda declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Manuel Bernal Peña.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2003, páginas 7247 a 7248 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-3603

TEXTO ORIGINAL

La Audiencia Provincial de Murcia, Sección Segunda, ha dictado sentencia de fecha 4 de diciembre de 2002, cuyo tenor literal dice: «Que debemos condenar y condenamos, en trámite de conformidad, al acusado don Manuel Bernal Peña, como autor criminalmente responsable de un delito de revelación de secretos, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de dos años y seis meses de prisión, multa de doce meses con cuota diaria de seis euros, doce años de inhabilitación absoluta y abono de las costas procesales. No procede verificar declaración sobre responsabilidad civil».

Con fecha 23 de octubre de 2000 el Instituto Nacional de la Seguridad Social acordó la incoación de expediente disciplinario al citado funcionario, así como por Resolución de fecha 9 de abril de 2001 la Subsecretaría del Departamento acordó la suspensión provisional de funciones en tanto se encontrara sometido a procedimiento judicial y no recayera sentencia firme.

Como quiera que de acuerdo con lo establecido en el art. 37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de febrero de 1964, y el artículo 105.1 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación absoluta, se dispone la pérdida de la condición de funcionario de D. Manuel Bernal Peña, se declara el levantamiento de la suspensión provisional de funciones en que se encontraba el mismo, así como extinguido el procedimiento sancionador, con el archivo de las actuaciones disciplinarias practicadas, con la salvaguarda de las cautelas legales dispuestas en el artículo 19.2 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 33/86, de 10 de enero.

Teniendo en cuenta que el órgano competente para la ejecución de esta sentencia es el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales por estar adscrito el interesado a este Departamento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.6 del Real Decreto 2169/1984, de atribución de competencias en materia de personal,

Esta Subsecretaría acuerda dar cumplimiento a la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, y como consecuencia declarar la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social de don Manuel Bernal Peña con documento nacional de identidad número 22.422.073, con la anotación correspondiente en el Registro Central de Personal y notificación al interesado.

Madrid, 4 de febrero de 2003.–El Subsecretario, José Marí Olano.

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