De conformidad con lo establecido en el artículo 131 y la disposición transitoria trigésima sexta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por Ley Orgánica 9/2000, de 22 de diciembre, modificando el artículo 386.1 de la misma norma, y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 9 de julio de 2002,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por edad de don Pedro Antonio Mateos García, Magistrado del Tribunal Supremo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por cumplir la edad legalmente establecida el día 6 de enero de 2003, con los derechos pasivos que le correspondan y cuya jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada.
Dado en Madrid a 5 de diciembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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