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Documento BOE-A-2003-2401

Resolución de 10 de diciembre de 2002, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, de certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por "Escayolas Casanovas, C. B.": Escayola, tipo E-35.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2003, páginas 4881 a 4882 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2003-2401

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña la solicitud presentada por «Escayolas Casanovas, C. B.», con domicilio social en calle Calaf, 1, municipio de Òdena, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por «Escayolas Casanovas, C. B.», en su instalación industrial ubicada en Òdena, correspondiente a la contraseña de certificación DYE-8003: Escayola, tipo E-35.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios, se solicita, y que el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones, mediante dictamen técnico con clave 22008955-M1, y la Entidad de Inspección y Control ECA, por certificado con clave 08/08/13/0/001354, han hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 105/1998, de 12 de febrero; el Real Decreto 734/1985, de 20 de febrero; el Real Decreto 1312/1986, de 18 de septiembre, y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 26 de abril).

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones y con la Orden del Departamento de Industria y Energía de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos, modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con la contraseña de certificación DYE-8003, con fecha de caducidad el 10 de diciembre de 2003, disponer como fecha límite el 10 de diciembre de 2003 para que el titular de esta resolución presente declaración en la que haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado las que se indican a continuación:

Características comunes a todas las marcas y modelos

Características:

Primera. Descripción: Dimensión.

Segunda. Descripción: Desviación angular.

Tercera. Descripción: Resistencia mecánica/flexión. Unidades: Kg/cm².

Valor de las características para cada marca y modelo

Marca y modelo: Escayola, E-35.

Características:

Primera: Sacos.

Segunda:

Tercera: 69.

Esta certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios, se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y, por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 10 de diciembre de 2002.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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