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Documento BOE-A-2003-23761

Orden ECD/3617/2003, de 10 de diciembre, por la que a propuesta del Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña, se acepta la renuncia a la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Diego Vallejo Lobo.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 2003, páginas 46331 a 46331 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-23761

TEXTO ORIGINAL

Vista la instancia presentada por don Diego Vallejo Lobo,

funcionario del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con

destino en la Comunidad Autónoma de Cataluña, en la que solicita

le sea aceptada la renuncia a su condición de funcionario de carrera

del citado Cuerpo.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 37.1.a) del texto

articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de

febrero de 1964,

Este Ministerio ha dispuesto aceptar la renuncia formulada por

don Diego Vallejo Lobo, a su condición de funcionario del Cuerpo

de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de

Procesos y Productos en Madera y Mueble, con número de registro

de Personal 3909754768 A0590, y destino en la Escola Industrial

de Sabadell, con pérdida de todos los derechos adquiridos y

causando baja en el citado Cuerpo a partir del 14 de diciembre

de 2003.

Contra esta Orden cabe interponer recurso

contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el

artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción

dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su

publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de

la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano

que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Madrid, 10 de diciembre de 2003.-La Ministra, P.D. (Orden

de 1 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), el

Director general de Programación Económica, Personal y

Servicios, Gregorio Moreno López.

Ilmo. Sr. Director general de Programación Económica, Personal

y Servicios.

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