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Documento BOE-A-2003-23641

Resolución de 22 de octubre de 2003, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad a favor de la empresa Giropès, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 25 de diciembre de 2003, páginas 46017 a 46017 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2003-23641

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la empresa Giropès, S.L. (Calle F, parcelas 15-16, polígono industrial Empordà Internacional, 17469 Vilamalla-Girona-España), en solicitud de Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad número E-01.02.SC02 para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Visto el certificado de la Entidad de Certificación y Aseguramiento número 348/ER/06/00, de 10 de septiembre de 2003, referente a la Certificación UNE-EN-ISO 9001:2000, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Visto el informe favorable de LGAI Technological Center, S.A. número 3009356, de 21 de octubre de 2003, referente a la evaluación metrológica del Sistema de Calidad para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Esta Direcció General del Departament de Treball, Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la Ley 3/1985 de 18 de marzo; el Decreto 199/1991 de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; El Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.

Conceder la Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad número E-01.02.SC02 de la entidad Giropès, S.L., para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático de alcance máximo hasta 60.000 kg.

Segundo.

El Certificado de Aprobación del Sistema de Calidad número E-01.02.SC02 se complementa mediante esta Modificación Adicional Primera, con una variación relativa a la introducción de unos nuevos anexos A y B.

Tercero.

Los instrumentos verificados de acuerdo con el Sistema de Calidad deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo C del Certificado de Aprobación del Sistema de Calidad número E-01.02.SC02, y en los anexos A y B del Certificado de Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad número E-01.02.SC02.

Cuarto.

Constará como Jefe del Sistema de Calidad el sr. Jordi Ribalta i Busquets.

Quinto.

Constará como Coordinador de los Aspectos de Metrología Legal el sr. Jordi Ribalta i Busquets.

Sexto.

La documentación descriptiva está identificada con el número 38/03 y está depositada en la Direcció General de Consum i Seguretat Industrial (organismo notificado número 0315).

Séptimo.

Esta autorización será válida siempre que se mantengan las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el Anexo II de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá como máximo la misma validez que el Certificado de la Entidad de Certificación y Aseguramiento de Certificación UNE-EN-ISO 9001:2000 número 348/ER/06/00. Validez máxima hasta el 10 de septiembre de 2006.

Octavo.

Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Direcció General de Consum i Seguretat Industrial, la oportuna prórroga de esta Aprobación del Sistema de Calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.

Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Conseller de Treball, Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat de Catalunya en el plazo de un mes, a contar desde el día después de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.

Barcelona, 22 de octubre de 2003.–El Director General, P.D. (resolución de 7 de octubre de 1996, DOGC 13.11.1996), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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