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Documento BOE-A-2003-23309

Resolución de 15 de diciembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2003, páginas 45214 a 45216 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-23309

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 10 de abril de 2003 fueron nombrados

funcionarios en prácticas, del Cuerpo Superior de Administradores

Civiles del Estado, los aspirantes aprobados en las

correspondientes pruebas selectivas.

Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.5

de la convocatoria de pruebas selectivas, aprobada por Orden

del Ministerio de Administraciones Públicas de 23 de mayo de

2002 (Boletín Oficial del Estado del 30), procede el nombramiento

de funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.

En su virtud esta Secretaría de Estado para la Administración

Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de

Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de

la Administración General del Estado y el artículo 6. 3 del Real

Decreto 2169/84, de 28 de noviembre, de atribución de

competencias en materia de personal, a propuesta de la Dirección

General de la Función Pública resuelve:

Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Superior

de Administradores Civiles del Estado, a los aspirantes aprobados

que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, ordenados de

acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los

destinos que se les adjudican.

Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de

carrera, deberán prestar el juramento o promesa establecido en el Real

Decreto 707/1979, de 5 de abril (BOE del 6) y tomar posesión

de su destino en el plazo de un mes, contado a partir del día

siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín

Oficial del Estado.

Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de

reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a

contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad

con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien

recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,

a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio

de 1998.

Lo que comunico a VV. II.

Madrid, 15 de diciembre de 2003.-El Secretario de Estado,

Julio Gómez-Pomar Rodríguez.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Departamentos Ministeriales

e Ilma. Sra. Directora General de la Función Pública.

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