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Documento BOE-A-2003-22844

Resolución de 12 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se adjudican ayudas para estancias de profesores de universidad e investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y de Organismos Públicos de Investigación en centros extranjeros y españoles, incluido el programa "Salvador de Madariaga", dentro del Programa nacional de ayudas para la movilidad de profesores de universidad e investigadores españoles y extranjeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2003, páginas 44391 a 44391 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-22844

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 7 de agosto de 2003 se denegaron las ayudas

solicitadas por los profesores que figuran en el Anexo. Una vez examinadas

las alegaciones formuladas por los interesados, la Comisión de Selección

ha propuesto la concesión de dichas ayudas.

Por tanto, elevada la correspondiente propuesta por la Comisión de

Selección, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 4,

En uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria,

he resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas para estancias de profesores de

universidad e investigadores españoles y extranjeros, incluido Programa

"Salvador de Madariaga" que se relaciona en el Anexo de esta Resolución,

por un importe total de 90.300,00 euros (Noventa mil trescientos euros).

Segundo.-El gasto resultante será imputado a la aplicación

presupuestaria 18.07.514A.781 de los vigentes Presupuesto Generales del Estado,

con el siguiente desglose económico:

Anualidad 2003: 11.150,00 euros.

Anualidad 2004: 79.150,00 euros.

El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la

aprobación de los correspondientes créditos en los presupuestos generales

del Estado.

Cuarto.-Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al

cumplimiento de lo establecido en el apartado A.8 de la Resolución de 25

de septiembre de 2002, de convocatoria del Programa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición,

al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,

modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Asimismo, podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en

el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por

la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar

desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no

podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 12 de noviembre de 2003.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden

1 de febrero de 2001), el Director General de Universidades, Pedro Chacón

Fuertes.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad de Profesorado

Universitario.

ANEXO

Importe/Ejercicio

Apellidos/nombre Referencia Fecha de inicio Fecha de fin Organismo/destino País Mes Viaje

2003 2004

Castillo Alonso, Juan

José.

PR2003-0329 01-DIC-2003 30-JUN-2004 CNRS. Francia. 2.750 2.400 5.150 16.500

Martín Aceña, Pablo. PR2003-0270 01-FEB-2004 31-MAY-2004 Universite Paris X-Nanterre. Francia. 2.750 11.000

Sillero Repullo,

Antonio.

PR2003-0272 01-ENE-2004 31-JUL-2004 University College London. Reino Unido. 2.750 2.400 21.650

Varona Alabern, Juan

Enrique.

PR2003-0414 01-DIC-2003 31-OCT-2004 Universidad de Berkeley. Estados Unidos. 3.000 3.000 6.000 30.000

Suma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.150 79.150

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