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Documento BOE-A-2003-22810

Orden APU/3469/2003, de 26 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, en el turno de "Plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas".

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2003, páginas 44340 a 44347 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-22810

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid de fecha 27 de octubre de 2001, la Comisión

Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones acordó,

en su reunión de 27 de febrero de 2002, la modificación del

anexo I de su Resolución de 2 de diciembre de 1998, por la que

se clasifican de forma definitiva puestos de personal laboral

reservados a funcionarios adscritos a Escalas Interdepartamentales en

el Ministerio de Administraciones Públicas, en lo referente al

puesto ocupado por Dña. Francisca Ramos Otero.

Una vez modificada la citada Resolución procede convocar

pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión

de Organismos Autónomos por el turno de plazas afectadas por

el artículo 15 de la Ley de Medidas, de forma que se posibilite

la participación en las mismas a la persona afectada por la

sentencia referenciada en el párrafo anterior.

De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de

Ministros, de fecha 27 de marzo de 1991, ("Boletín Oficial del

Estado" de 1 de abril), sobre la aplicación de lo establecido en

el artículo 15 (modificado por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre)

y Disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2

de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública

(en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio y

posteriormente por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre) y con el

fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 de la

Ley de Presupuestos Generales para 1991, por el que se establece

un turno denominado "Plazas afectadas por el artículo 15 de la

Ley de Medidas",

Esta Secretaría de Estado, a propuesta de la Dirección General

de la Función Pública y en uso de las competencias que le están

atribuidas por delegación en la disposición primera,

apartado uno, de la Orden de 27 de diciembre de 2002 ("Boletín Oficial

del Estado" de 3 de enero de 2003), acuerda convocar pruebas

selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de

Organismos Autónomos (código 6000) con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas por

el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, por la Ley 42/1994,

de 30 de diciembre y por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre,

par cubrir puestos afectados por el Acuerdo de la Comisión

Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 27 de

febrero de 2002, por el que se modifica el anexo I de la relación

de puestos de personal laboral reservados a funcionarios adscritos

a Escalas Interdepartamentales en el Ministerio de

Administraciones Públicas.

1.1.1 Conforme a lo que se establece en el Acuerdo del

Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, el personal laboral

que supere las pruebas selectivas de acceso, quedará destinado

en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto

se haya reconvertido, y deberá permanecer en el mismo durante

un plazo mínimo de dos años, siéndole de aplicación lo dispuesto

en el artículo 20.1 f) de la Ley de Medidas para la Reforma de

la Función Pública.

1.1.2 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser

acumuladas a otros turnos de acceso, de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 9.8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27

de marzo de 1991.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la referida Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10

de abril), el artículo 37 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre,

de Presupuestos Generales del Estado para 1991, el Acuerdo del

Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial

del Estado" de 1 de abril) y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 El sistema selectivo será el de concurso-oposición con

las valoraciones, pruebas, puntuaciones y méritos que se

especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II.

1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

a partir del 15 de abril de 2004.

La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses,

contados desde la fecha de realización del primer ejercicio.

Una vez finalizado el último ejercicio de la fase de oposición

se hará pública la lista que comprenderá a los aspirantes que

la hayan superado con la valoración de méritos de la fase de

concurso.

1.6 Los aspirantes que superen el concurso-oposición serán

nombrados funcionarios de carrera.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para poder participar en estas pruebas selectivas será

preceptivo tener la condición de personal laboral fijo y ser titular

el 30 de julio de 1988 de un puesto de trabajo clasificado por

la Comisión Ejecutiva de la Interministerial de Retribuciones

(CECIR) como reservado a funcionario y adscrito a la Escala Técnica

de Gestión de Organismos Autónomos.

2.2 Además de lo señalado en la base anterior, para ser

admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes

también deberán reunir los siguientes requisitos:

2.2.1 Ser español.

2.2.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.2.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

2.2.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de

fun

ciones propias de la Escala Técnica de Gestión de Organismos

Autónomos.

2.2.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.2 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "modelo 790"), que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, en el Instituto

Nacional de Administración Pública (calle Atocha, número 106,

de Madrid), en la Dirección General de la Función Pública (calle

María de Molina, número 50, de Madrid), en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas

(calle María de Molina, número 50, de Madrid), así como en las

representaciones diplomáticas o consulares de España en el

extranjero.

3.2 A la solicitud se acompañará, una fotocopia del

documento nacional de identidad, o del correspondiente documento

de identidad o pasaporte y la documentación siguiente:

a) Copia compulsada del contrato suscrito con la

Administración o certificación acreditativa de la relación laboral, expedida

por la Subdirección General de Personal del Departamento, o en

su caso, por las Unidades de Personal de los Organismos

Autónomos.

b) Certificación de la Dirección General de Personal o

Servicios de que dependa el contratado laboral, que acredite que

el puesto del que era titular a 30 de julio de 1988 ha sido clasificado

por la CECIR, como reservado a funcionario y adscrito a la Escala

Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, objeto de esta

convocatoria.

c) Los aspirantes, a efectos de puntuación en la fase de

concurso prevista en el punto 1.1 del anexo I, deberán presentar

certificación expedida por la Subdirección General de Gestión de

Personal en la que acrediten los extremos contenidos en el punto

citado, así como cuanta documentación estimen oportuna para

la mejor valoración de los méritos.

3.3 Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las

siguientes:

En el recuadro correspondiente a "Ministerio" se consignará

"Administraciones Públicas".

En el recuadro correspondiente a "Centro gestor" se consignará

"Subsecretaría.

En el recuadro correspondiente a año de la convocatoria "03".

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Técnica

de Gestión de Organismos Autónomos".

El recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "F".

En el recuadro 18 "Ministerio/Organo/Entidad convocante" se

consignará "Ministerio de Administraciones Públicas".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del "Boletín Oficial

del Estado" en el que haya sido publicada la presente convocatoria.

En el recuadro 20, relativo a "Provincia de examen" los

aspirantes harán constar Madrid.

En el recuadro 23 los aspirantes con minusvalía podrán solicitar

las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización

de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, indicando

en ese caso, en el recuadro 23, el porcentaje de minusvalía que

tengan acreditado.

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o

equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se consignará el área específica,

de las detalladas en el Anexo II de esta convocatoria, por la que

se opta a efectos de la realización de las pruebas de la fase de

oposición.

3.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Administraciones Públicas, o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado"

y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones

Públicas.

3.5 Los derechos de examen serán de 12.51 euros.

El ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la

presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o

cooperativa de crédito de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá

constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos

de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en

la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica,

o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio

reservado a estos efectos.

Estarán exentas del pago de la tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes, anterior a la fecha de

publicación de la presente convocatoria. Será requisito para el

disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a

participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan

de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante

de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará

en los correspondientes Servicios Públicos de Empleo. En cuanto

a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos

se acompañarán a la solicitud.

3.6 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse,

en el plazo expresado en la base 3.4, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber

ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número

0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria. Tesoro Público. Ministerio de Administraciones Públicas.

Derechos de Examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en

cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante

transferencia desde cualquier entidad bancaria.

3.7 La falta de justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las entidades

colaboradoras supondrá la sustitución del trámite de presentación,

en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en

la base 3.4.

3.8 Los errores materiales, de hecho o aritméticos que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

órgano convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

en el plazo máximo de un mes, Resolución declarando aprobada

la lista provisional de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución se relacionarán los aspirantes excluidos

de las pruebas selectivas con indicación de las causas de exclusión,

apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad

o pasaporte. Asimismo, se indicarán los lugares donde se

encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar

y fecha de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución a que se refiere la base 4.1, para subsanar el

defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen

la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos

de la participación en las pruebas selectivas. Contra la exclusión

definitiva del aspirante podrá interponerse potestativamente

recur

so de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano

que la dictó, o directamente, recurso contencioso-administrativo,

en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a

su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de

exámenes en los supuestos de exclusión por causas imputables al

interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas es el

que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en

el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes le sustituyan y la de la mitad, al menos, de sus

miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización de la primera prueba.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en

su caso, de quienes le sustituyan y la de la mitad, al menos, de

sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro del proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas previstas en

aquellos casos en los que resulte necesario para que los aspirantes

con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización

de las pruebas que el resto de los aspirantes. En este sentido,

se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten

en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones posibles en

tiempo y medios para su realización.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de la Función Pública

(calle María de Molina, 50, teléfono 912 73 25 30).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda a cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El órgano de selección que actúe en estas pruebas

selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Real Decreto

462/2002, de 24 de mayo.

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial

del Estado" de 14).

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio de

la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación del anuncio de celebración del primer

ejercicio se realizará en la forma prevista en la base 4.1. La publicación

del anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará por

el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior

y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para

facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos,

de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

6.5 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal

excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren

nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la

identidad de los mismos.

7. Listas de aprobados y certificado de servicios

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas, en el lugar de celebración de la última prueba, así como

en la sede del Tribunal señaladas en la base 5.9, y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,

con indicación de la puntuación obtenida y del número del

documento nacional de identidad o pasaporte.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Secretario de Estado para la Administración

Pública. Dicha lista se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la relación de aspirantes que

hayan superado el concurso-oposición, éstos deberán presentar

en la Dirección General de la Función Pública (calle María de

Molina, 50, 28006 Madrid), o en la forma establecida en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.2.3.

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios necesarios para la obtención del mismo. En el caso de

titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse

fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como Anexo V a esta

convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza

mayor debidamente acreditados, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno

de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser

nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad que hubiesen incurrido

por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera de

la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos mediante

Resolución del Secretario de Estado para la Administración

Públi

ca, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con

indicación del destino adjudicado.

9.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se

efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación

de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal calificador de las

Pruebas Selectivas, conforme a lo previsto en la citada Ley.

Madrid, 26 de noviembre de 2003.-P. D. (O. APU/3363/2002,

de 27 de diciembre), el Secretario de Estado para la Administración

Pública, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.

Ilma. Sra. Subsecretaria del Ministerio de Administraciones

Públicas y Sr. Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Proceso de selección

Ejercicios y valoración

Uno. El procedimiento de selección será el de

concursooposición y constará de las siguientes fases:

1.1 Fase de concurso:

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán

los servicios efectivos prestados en la condición de personal laboral

fijo hasta la fecha de publicación de esta convocatoria y las pruebas

selectivas superadas para acceder a tal condición hasta un máximo

de cuarenta puntos.

Conforme a la base 3.2.c, la certificación de los méritos deberá

ser expedida por el Subdirector General de Personal o Unidad

afín del Departamento, Consejo de Estado o Consejo de Seguridad

Nuclear, correspondiente, según el modelo incluido como

Anexo IV de la convocatoria.

La valoración de estos méritos se realizará de la forma siguiente:

1.1.1 Antigüedad.-La antigüedad será valorada teniendo en

cuenta los servicios prestados en la condición de personal laboral

hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose

a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de

1 punto hasta un máximo de veinte puntos.

1.1.2 Pruebas selectivas superadas.- Por haber superado las

correspondientes pruebas selectivas para adquirir su condición

de personal laboral fijo, veinte puntos.

1.2 Fase de oposición:

La fase de oposición constará de las dos pruebas que a

continuación se indican:

1.2.1 Primer ejercicio: Los aspirantes deberán contestar por

escrito y de forma breve un cuestionario de 20 preguntas de

conocimientos sobre el Grupo de materias comunes del programa,

durante un período máximo de dos horas.

La puntuación máxima de esta prueba será de treinta puntos.

Todas las preguntas de este ejercicio tendrán el mismo valor.

Segundo ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar por

escrito dos temas del programa correspondientes al Grupo de materias

específicas, elegidos por el aspirante entre cuatro extraídos al azar,

durante un período máximo de tres horas.

La puntuación máxima de esta prueba será de treinta puntos.

Desde la conclusión del primer ejercicio hasta el comienzo del

segundo deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas

y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

Ambos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en una

única sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando

los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de

expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.

La puntuación máxima entre ambos ejercicios será de 60

puntos. La obtención de 30 puntos determinará, en todo caso, la

superación de la fase de oposición.

Dos. Calificación de los aspirantes.

La puntuación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.

La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá

aplicar para superar la fase de oposición que tendrá carácter

eliminatorio.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en las pruebas de

la fase de oposición. Si persistiese el empate, éste se dirimirá

a favor del aspirante que hubiese obtenido mayor puntuación en

el segundo ejercicio de la fase de oposición.

ANEXO II

Programa

GRUPODE MATERIAS COMUNES

I. Unión Europea

1. Las Comunidades Europeas. Objetivos y naturaleza

jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. El Tratado de la

Unión Europea.

2. El Consejo y la Comisión de las Comunidades Europeas.

El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de las

Comunidades. Políticas Comunes. El Sistema Monetario Europeo.

3. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho

originario y derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones. El Tratado

de Adhesión de España a la Comunidad Económica Europea.

4. Principios del Tratado de la Unión Europea. Derechos y

libertades básicas.

II. Derecho Constitucional y Administrativo

5. La Constitución Española de 1978: Características. Los

principios constitucionales y los valores superiores.

6. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Los

derechos económicos y sociales en la Constitución española. La

protección de los derechos fundamentales.

7. Los partidos políticos y los Sindicatos en España.

Regulación constitucional y régimen jurídico.

8. La Corona. El Gobierno: Composición, funciones y

potestades en el sistema constitucional español.

9. Las Cortes Generales. Órganos dependientes de las Cortes

Generales.

10. El Poder Judicial en la Constitución. El Tribunal

Constitucional.

11. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. La

Administración Pública y el Derecho Administrativo. Tipología de

las Administraciones Públicas.

12. El Ordenamiento jurídico-administrativo. Fuentes del

Derecho Administrativo. La Ley. Los Tratados Internacionales. El

Reglamento. Relaciones entre la Ley y el Reglamento.

13. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.

Principios generales. Los recursos administrativos: Naturaleza,

extensión y límites de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

14. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Las sanciones administrativas. El procedimiento

sancionador.

15. Los contratos administrativos. Principios fundamentales.

Tipos de contratos.

16. Las formas de actuación administrativa. La actividad

administrativa de fomento, de policía o de limitación y de servicio

público.

III. Economía y Administración Financiera

17. El modelo económico español: evolución más reciente

y política económica actual.

18. Los sectores económicos: el sector primario, el sector

industrial y el sector servicios. El turismo como sector económico.

19. El sector público económico. Dimensión económica y

social. Las empresas públicas.

20. El sistema tributario español.

21. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. Los

gastos públicos: concepto y clasificación.

22. El presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Crisis de

los principios clásicos del presupuesto.

23. Elaboración y aprobación del presupuesto.

24. El control del presupuesto.

25. El sistema de la Seguridad Social y el sistema sanitario

en España.

26. El mercado de trabajo en España. Evolución del empleo.

Población activa, ocupación y paro.

27. Sistema financiero español y política monetaria.

28. Las relaciones financieras entre las Administraciones

Públicas en España.

IV. Recursos Humanos

29. El sistema español de empleo público. Evolución.

Características generales.

30. Régimen jurídico del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. Funcionarios de Carrera y de Empleo.

Personal laboral. Regímenes especiales de funcionarios.

31. La planificación de Recursos Humanos en las

Administraciones Públicas. Los Planes de empleo. La Oferta de Empleo

Público.

32. Selección del personal funcionario.

33. Provisión de puestos de trabajo.

34. La carrera profesional de los funcionarios públicos.

Situaciones administrativas.

35. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

36. El sistema retributivo. Incompatibilidades de los

funcionarios.

37. El régimen de seguridad social de los funcionarios. Clases

pasivas. Ayuda familiar. Mutualismo administrativo: MUFACE.

38. El personal laboral al servicio de la Administración

General del Estado.

39. Los derechos colectivos de los funcionarios. Órganos de

representación, determinación de las condiciones de trabajo y

participación del personal al servicio de las Administraciones

Públicas.

40. La negociación colectiva del personal laboral: Los

convenios colectivos. El contrato de trabajo: Partes y contenido.

GRUPODE MATERIASESPECÍFICAS

I. Derecho Constitucional y Administrativo

1. La Constitución española de 1978: características y

estructura. La Reforma Constitucional.

2. Los principios constitucionales. El Estado social y

democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución

española.

3. Los derechos fundamentales, evolución histórica y

conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

4. Los derechos económicos y sociales en la Constitución

española. El modelo económico en la Constitución de 1978.

5. La protección de los derechos fundamentales. La vía

judicial preferente y sumaria. El "Habeas Corpus". El recurso de

amparo constitucional. Instituciones internacionales de garantía.

6. La participación de los ciudadanos en las Instituciones del

Estado. Democracia directa y democracia representativa en la

Constitución española. Otras formas de participación.

7. Los Partidos políticos y los Sindicatos en España.

Regulación constitucional y régimen jurídico.

8. La Corona. Las Cortes Generales: Congreso de los

Diputados y Senado: composición y funciones.

9. El Gobierno: Composición, funciones y potestades en el

sistema constitucional español. Designación y remoción del

Gobierno y su Presidente.

10. La función parlamentaria de control del Gobierno en

España: modalidades.

11. Órganos dependientes de las Cortes Generales: el

Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas: composición, organización

y funciones. La Administración Consultiva: Especial referencia al

Consejo de Estado.

12. El Poder Judicial en la Constitución. La Organización

judicial en España.

13. El Tribunal Constitucional. Modelos comparados de

Justicia constitucional.

14. Conflictos constitucionales entre órganos del Estado.

Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas.

Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades

Autónomas.

15. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Tipos

históricos y su evolución. La Administración Pública y el Derecho

Administrativo. La Administración, las funciones y los poderes

del Estado.

16. El Ordenamiento jurídico-administrativo. Fuentes del

Derecho Administrativo. La Ley. Los Tratados Internacionales. El

Reglamento. Relaciones entre la Ley y el Reglamento.

17. La personalidad jurídica de las Administraciones

Públicas. La Administración del Estado como persona jurídica.

Tipología de las Administraciones Públicas.

18. La Administración General del Estado. Órganos

superiores de la misma. La Administración periférica del Estado.

Relaciones entre las Administraciones Públicas: mecanismos de

cooperación, coordinación y control.

19. La Administración Institucional. Repercusión de la Ley

de Organización y Funcionamiento de la Administración General

del Estado (LOFAGE).

20. Los órganos de la Administración Pública. Los principios

de organización administrativa. Las relaciones entre

Administración y Justicia y el principio de autotutela.

21. El Reglamento: concepto, naturaleza y clases. El control

de los Reglamentos. Procedimiento para la elaboración de

disposiciones de carácter general.

22. El acto administrativo. Concepto y elementos. Clases. Los

actos presuntos y el silencio administrativo. La eficacia del acto

administrativo.

23. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.

Principios generales. Tipos de procedimientos. Los recursos

administrativos.

24. El administrado. Clases. Capacidad del administrado y

sus circunstancias modificativas. Las situaciones jurídicas del

administrado. La participación del administrado en las funciones

administrativas.

25. Naturaleza, extensión y límites de la Jurisdicción

contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.

Procedimiento general. Recursos de súplica, casación y revisión.

Ejecución de sentencias.

26. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Las sanciones administrativas. El procedimiento

sancionador.

27. La expropiación forzosa: naturaleza y justificación,

sujetos y objetos. Procedimiento general. Peculiaridades del

procedimiento de urgencia. Procedimientos expropiatorios especiales.

28. Los contratos administrativos. Principios fundamentales.

Tipos de contratos.

29. Las propiedades administrativas. El dominio público. Los

bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional. Los

bienes comunales.

30. Formas de actuación administrativa. La actividad

administrativa de Fomento. La actividad administrativa de servicio

público. La actividad de policía o de limitación.

II. Economía y Administración Financiera

1. El modelo económico español en el marco de la economía

mundial: evolución más reciente y líneas generales de la política

económica actual.

2. La Unión Económica y Monetaria. Proceso de convergencia.

3. El sector primario. Evolución. Análisis de las principales

macromagnitudes. Situación actual.

4. El sector industrial. Evolución. Análisis de las principales

macromagnitudes. Situación actual.

5. El sector servicios. Evolución. Análisis de las principales

macromagnitudes. Situación actual. Especial referencia al turismo.

6. El sector público económico. Dimensión económica y

social. Las empresas públicas.

7. El sistema de la Seguridad Social. Dimensión, financiación

y problemas actuales.

8. El sistema sanitario. Financiación. Relaciones con el

sistema de Seguridad Social.

9. El sistema educativo. Financiación. La reforma del sistema

educativo.

10. Estructura social de la España actual. Cambios y

tendencias demográficas. Estratificación y movilidad social.

11. El mercado de trabajo en España. La evolución del

empleo. Población activa, ocupación y paro.

12. Políticas de empleo en España: protección por desempleo

y políticas activas.

13. La renta nacional. Evolución y distribución. La balanza

de pagos. Especial consideración de la balanza comercial.

14. El sistema tributario español: régimen actual.

15. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. Los

impuestos indirectos.

16. Los impuestos directos. Concepto, caracteres y clases.

17. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de

Presupuestos.

18. El Presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Los

principios clásicos del Presupuesto y su crisis.

19. Elaboración y aprobación del presupuesto.

20. Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios

y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones

presupuestarias.

21. El procedimiento de ejecución presupuestaria. Fases.

Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.

22. El Control presupuestario. Concepto. Naturaleza y ámbito

de aplicación. Fases.

23. Los gastos públicos: concepto y clasificación. Efectos

limitativos. Gastos de Personal. Gastos para la compra de bienes y

servicios. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Gastos

de inversión.

24. Las técnicas presupuestarias. Tipos de presupuestos.

25. Procedimiento común de ejecución de gastos públicos:

Autorización. Compromiso del gasto. Reconocimiento de la

obligación. Propuesta de pago.

26. Pagos: concepto y clasificación. Referencia a los distintos

tipos de pagos.

27. El déficit público: causas y efectos. La financiación del

déficit público. La deuda pública. Clases. La gestión de la deuda

pública.

28. El sistema financiero español. Estructura. Evolución

reciente. La política monetaria.

29. Las relaciones financieras entre las Administraciones

Públicas españolas.

30. Las relaciones financieras con la Unión Europea. Los

fondos estructurales. El FSE, el FEDER, el FEOGA: orientación y

garantía. Otros instrumentos financieros comunitarios.

III. Recursos Humanos

1. El sistema español de empleo público. Evolución.

Características actuales.

2. Régimen jurídico del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera y de empleo. Personal

laboral. Regímenes especiales de funcionarios.

3. La gestión del sistema de empleo público en la

Administración General del Estado (I). Órganos superiores de la función

pública: composición y atribuciones.

4. La gestión del sistema de empleo público en la

Administración General del Estado (II). Distribución de competencias en

materia de personal.

5. La planificación de recursos humanos en las

Administraciones Públicas. Los planes de empleo. La Oferta de Empleo

Público.

6. La selección del personal funcionario. Los órganos de

selección. El procedimiento selectivo.

7. La carrera profesional. Las Relaciones de Puestos de

Trabajo.

8. La provisión de puestos de trabajo. El concurso. La libre

designación. Otras formas de provisión de puestos.

9. La promoción profesional. La promoción interna. La

formación. La formación continua en las Administraciones Públicas.

10. Situaciones Administrativas. La jubilación de los

funcionarios públicos.

11. Los derechos de los funcionarios. Ética del servicio público.

12. El sistema retributivo. Incompatibilidades de los

funcionarios.

13. El régimen de seguridad social de los funcionarios. Clases

pasivas. Ayuda familiar. Mutualismo administrativo: MUFACE.

14. Los derechos colectivos de los funcionarios. Órganos de

representación, determinación de las condiciones de trabajo y

participación del personal al servicio de las Administraciones

Públicas.

15. Deberes de los funcionarios. La responsabilidad de los

funcionarios y de los agentes de la Administración.

Responsabilidad penal, civil y disciplinaria. El régimen disciplinario.

16. El empleo público de las Comunidades Autónomas:

ordenación de su Función Pública. El empleo público de las Entidades

Locales: Función Pública Local. Movilidad de funcionarios de las

distintas Administraciones Públicas.

17. El Derecho del Trabajo. Características. Principios

constitucionales. Las fuentes del ordenamiento laboral.

18. El personal laboral al servicio de la Administración

General del Estado.

19. La contratación laboral en la Administración Pública.

Personal laboral fijo y eventual.

20. El contrato de trabajo. Partes. Capacidad para contratar.

Contenido. Forma del contrato.

21. Modalidades del contrato de trabajo.

22. Modificación, suspensión y extinción del contrato de

trabajo.

23. Derechos de los trabajadores. Condiciones de trabajo.

Seguridad e higiene en el trabajo. La Ley de Prevención de Riesgos

Laborales.

24. La negociación colectiva del personal laboral: los

convenios colectivos. La negociación colectiva en la Administración

General del Estado.

25. Los conflictos colectivos. La huelga. El cierre patronal.

26. Participación y régimen de representación del personal

laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.

27. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción social y

administración laboral.

28. La Seguridad Social. Formación y desarrollo de la

Seguridad Social en España. Características. Normas de afiliación y

cotización.

29. El sistema de Seguridad Social. Régimen general y

regímenes especiales.

30. La acción protectora. Concepto. Clases de prestaciones:

asistencia sanitaria, incapacidad temporal, maternidad, invalidez,

jubilación, muerte y supervivencia.

ANEXO III

Tribunal

Tribunal titular

Presidente: D. Julio Gutiérrez Fuentes, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Secretario: D. Luis Rodríguez Peñamil, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Vocales:

D. Fernando Magro Fernández, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación.

D.a Inmaculada Martín-Caro Sánchez, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

D. Carlos Adiego Samper, Cuerpo Superior de Administradores

Civiles del Estado.

Tribunal suplente

Presidente: D. Antonio Casanueva de Luis, Cuerpo Superior

de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: D. Enrique Nuñez Morgades, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos

Vocales:

D. Jesús Pedrosa Lengo, Escala Técnica de Gestión de

Organismos Autónomos.

D. David Martín Vallés, Cuerpo Superior de Sistemas y

Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

D.a Teresa Muñiz Prieto, Cuerpo Superior de Administradores

Civiles del Estado.

ANEXO V

Don ................................................................................,

con domicilio en ....................................................................

...........................................................................................,

y Documento Nacional de Identidad número .............................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Organismos

Autónomos, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas.

En ................... a ........ de ................... de 2003.

(Localidad, fecha y firma)

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