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Documento BOE-A-2003-21871

Resolución de 18 de noviembre de 2003, de la Subsecretaría, por la que se hace pública la relación de opositores aprobados en la fase de oposición a pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado por el sistema de promoción interna, convocadas por Orden ECO/1361/2003, de 14 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2003, páginas 42663 a 42664 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-21871

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las

pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de

Estadísticos del Estado por el sistema de promoción interna,

convocadas por Orden ECO/1361/2003, de 14 de mayo de 2003

("Boletín Oficial del Estado" del 30), y de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado, y en la base

séptima de la Orden de convocatoria.

Esta Subsecretaría acuerda hacer pública la relación de

aspirantes aprobados en la fase de oposición por el sistema de

promoción interna por orden de puntuación obtenida que figura en

el Anexo I de la presente Resolución.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado

Reglamento, los aspirantes aprobados disponen de un plazo de veinte

días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta

Resolución en el Boletín Oficial del Estado, para presentar en

la Secretaria General del Instituto Nacional de Estadística (Capitán

Haya, 51) o en el Registro General del Ministerio de Economía

o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o

pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del Titulo de Doctor, Licenciado,

Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o certificación académica que

acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del

mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,

deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que

acredite su homologación.

3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como Anexo II.

4. Certificado médico oficial que acredite no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás

requisitos ya probados documentalmente para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro

Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran

para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten

en su expediente personal.

Asimismo deberán formular opción para la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas Dicha opción deberá ser formulada

igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o

funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el R.D.

456/1986, de 10 de febrero, modificado por R.D. 213/2003, de

21 de febrero.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor

debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del

examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los

requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de

la responsabilidad que hubiesen incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

Por orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará

la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o periodo

de prácticas determinado en la convocatoria.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo

de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios

de carrera mediante resolución motivada por la autoridad

convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo

de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada

y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con

posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la

puntuación obtenida.

Los aspirantes podrán solicitar que se les adjudique destino

en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando con carácter

definitivo o mediante adscripción provisional, en la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes de adjudicación

de destinos, de conformidad con los artículos 26 y 78 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera

desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en

Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a

lo que estas Administraciones convengan al respecto, y en todo

caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos

competentes de estas Administraciones Públicas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación

en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo órgano que lo

dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses ante el Órgano Judicial competente de acuerdo con lo

previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero) y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 18 de noviembre de 2003.-El Subsecretario, Miguel

Crespo Rodríguez.

Ilmos. Sres. Secretario general Técnico, Presidenta del Instituto

Nacional de Estadística y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Relación de aprobados en la fase de oposición Cuerpo Superior

de Estadísticos del Estado

Promoción interna

Apellidos y nombr e: Pastor Fer nández, Nuria.

DNI: 53.686.078. Puntuación total: 65.70.

Apellidos y nombre: Ceballos Hernández, M. Cruz.

DNI: 9.004.186. Puntuación total: 62.60.

ANEXO II

Don/doña .......................................................................,

con domicilio en ................................................, y documento

nacional de identidad número ............................... Declara bajo

juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a

del Cuerpo/Escala ......................................, que no ha sido

separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas

y que no se halla inhabilitado/a para el ejercico de las funciones

públicas.

En ..................... a ...... de ..................... de 200.....

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